Cárcel por lanzar una patada a un guardia civil tras liarla en un súper
Aunque la Audiencia le rebaja la pena a 6 meses, rechaza dejar el atentado en una falta

Ocurrió dentro de un supermercado Mercadona de Pinos Puente el 23 de mayo del año pasado. Dos hombres tiraron objetos de las estanterías, increparon a la dependienta de la zona de Perfumería y golpearon a un empleado que fue a avisar al vigilante de seguridad, así como a otro que trató de mediar en la situación. Una vez que la Guardia Civil llegó al establecimiento, uno de ellos le lanzó una patada que constituye, según ha ratificado la Audiencia, un delito de atentado.
En una sentencia dictada el 30 de diciembre, a la que ha tenido acceso este diario, la Sección Segunda del tribunal provincial descarta así la pretensión del autor de la patada de que los hechos sean considerados una simple falta de respeto a agentes de la autoridad o un delito de resistencia no grave. No obstante, le reduce la pena que le impuso el Juzgado de lo Penal 3 de la capital -que enjuició los hechos- al aplicar, de forma retroactiva, los nuevos castigos que establece ahora para el delito de atentado el Código Penal, reformado el año pasado. Así, en lugar de un año de prisión, que fue la condena acordada inicialmente por la agresión al guardia civil, le impone seis meses de encierro. En cualquier caso, al margen de esta modificación, que se realiza por ser las penas ahora fijadas más beneficiosas para el procesado, el tribunal deja claro que se trató de "un acto de acometimiento gratuito, inesperado y no incitado por el agente, por lo demás en paralelismo con la violenta conducta precedente de los acusados en el interior del supermercado".
Así, la Audiencia revoca solo en este punto el fallo del juzgado, que condenó además al autor de la patada por otras dos faltas (una de daños y otra de lesiones) a pagar multas que suman 270 euros. El otro acusado fue castigado como autor de dos faltas de lesiones y otra de daños. En su caso, tendrá que abonar 450 euros. En cuanto a las indemnizaciones, el que propinó la patada habrá de pagar al guardia civil 380 euros, ya que le ocasionó "una contusión/esguince de muñeca derecha". Su compañero en el altercado tendrá que abonar 200 euros a uno de los empleados. También se les condena a pagar los daños en los artículos que tiraron.
Los hechos se remontan al 23 de mayo de 2015. El juzgado consideró probado que el altercado se originó sobre las 16:06 horas, cuando ambos acusados, "en actuación conjunta y con ánimo de causar menoscabo", llegaron a tirar objetos de las estanterías del súper, "causando en los mismos desperfectos que han sido pericialmente valorados en 31,79 euros". En cuanto a las lesiones que ocasionaron a los empleados, a uno de ellos le provocaron una contusión abdominal, mientras que el otro resultó con contusiones en el abdomen, dedos, codos y brazos.
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