Carpetazo al caso Ágreda

El juez Ruiz Martínez concluye que no hubo delito en la cesión onerosa del inmueble del Albaicín a la oenegé AIDE. Establece que la operación "se atempera a la normativa vigente".

El inmueble, objeto de la investigación, es un palacete del siglo XVI en el Albaicín.
El inmueble, objeto de la investigación, es un palacete del siglo XVI en el Albaicín.
Y. Huertas Granada

22 de octubre 2016 - 01:00

La operación urbanística que culminó en la cesión, finalmente frustrada, de la Casa Ágreda del Albaicín a AIDE (Federación de Agencias Internacionales para el Desarrollo) no escondió ningún delito. Así se desprende del auto que ha dictado el juez de Instrucción 9 de Granada, José Luis Ruiz Martínez, para decretar finalmente el sobreseimiento provisional y archivo de la causa.

En la resolución, fechada el pasado jueves y a la que ha tenido acceso este diario, el magistrado concluye que, al margen de "eventuales disfunciones o irregularidades de naturaleza meramente administrativa", el procedimiento seguido para la cesión "onerosa" de Casa Ágreda "se atempera a la normativa vigente".

En la causa estaban siendo investigados el exalcalde de la ciudad, José Torres Hurtado (PP), y la exconcejala de Urbanismo Isabel Nieto, aparte de dos altos cargos de ese área y un representante de la oenegé, que tiene su sede en París. Todos ellos habían defendido la legalidad de la cesión, que dejó sin efecto el nuevo regidor de Granada, Francisco Cuenca (PSOE) nada más aterrizar en la Alcaldía.

Tres eran los posibles delitos que se investigaban en este caso, que llegó a los juzgados tras una denuncia de la Fiscalía de Granada: prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias. Pero ninguno de los ilícitos ha sido contemplado en las conductas de los implicados.

En opinión del magistrado, la "fórmula contractual" que el Ayuntamiento de Granada eligió para ceder el palacete, del siglo XVI y que está ubicado en la cuesta de Santa Inés de la capital, pudo ser "discutible como otras, pero en ningún caso per se acreedora de ilicitud de índole alguna".

Dicha fórmula (derecho de superficie con derecho a compra por un período de 40 años) se conformó como una alternativa más en la cesión del inmueble, "justificada -aclara el auto- en la imperiosa necesidad de asegurar la rehabilitación del edificio merced a unas obras con un coste ciertamente elevado, que en caso de no llevarse a punto en plazo, entrañarían el retorno del inmueble al Patrimonio Local".

También se refiere el magistrado al viaje que realizaron a Rabat, en noviembre de 2015, dos concejales populares con motivo de la I Semana Hispano-Marroquí de Amistad y Cooperación, para destacar que "no observa indicio alguno de ilicitud" en la participación en aquella cita. A su juicio, acudieron "en seno de los vínculos de hermandad y buena vecindad que inspiran las relaciones entre los reinos de España y alauita". Fueron concretamente, Fernando Egea y Francisco Ledesma, entonces concejales de Asuntos Sociales y de Economía y Hacienda, respectivamente, los participantes, y no ninguno de los investigados.

El magistrado recuerda en sus razonamientos el aforismo clásico de que "el que puede lo más puede los menos", para indicar que "le hubiese sido factible a los otra hora regidores del Consistorio capitalino la adjudicación directa y gratuita del inmueble, sin necesidad de acudir a un concurso público, a una organización no lucrativa y con fines de interés social". Por eso, en su opinión, "no parece que se haya quebrado el interés legítimo de los ciudadanos granadinos al destinar a un fin de interés social el edificio merced a la recepción de una significativa cantidad para las arcas públicas", aparte, como agrega, de lograr también la rehabilitación de un inmueble singular "del que se albergaba un cierto temor de que se viniese abajo y que periódicamente demandase la realización de obras -de mero mantenimiento- para impedir el derrumbe del mismo".

De este modo, el juez no considera necesario practicar las diligencias complementarias que había pedido el abogado del Grupo Municipal Vamos Granada, personado como acusación popular en la causa, en la que también estaba personado como parte acusadora el empresario Ramón Arenas.

El juez justifica que fuese el departamento que dirigía Isabel Nieto -Urbanismo- el que se hiciera cargo de este asunto "en atención a la absoluta orfandad de recursos humanos" de la Concejalía de Patrimonio. Asimismo, establece que la mesa de contratación que intervino en este caso "en ningún caso fue una mesa constituida ad hoc" o incardinable en las normas que regulan los contratos.

En cuanto a la valoración nueva que se hizo del palacete frente a las anteriores (el inmueble finalmente fue tasado en 1,6 millones y la opción de compra se supeditó a la ejecución de obras de rehabilitación por 5 millones), el magistrado resalta que "resultaba necesario requerir una valoración nueva y actualizada del inmueble" .

La Casa Ágreda está catalogada en el Plan Albaicín y los trámites para que sea declarado BIC por la Junta se han iniciado después de su adjudicación. Se trata de una mansión propiedad municipal de casi 3.400 metros cuadrados construida sobre un solar de algo más de 1.661 metros cuadrados. No ha vuelto a albergar actividad desde que en 2007 las hermanas de la Divina Infantita lo abandonaron.

AIDE, como recuerda el auto, giró una visita al inmueble en 2014 y remitió una carta al alcalde ofreciéndose a rehabilitarlo a cambio de su uso. Esta oenegé agrupa asociaciones internacionales de ayuda humanitaria y al desarrollo "con una vocación social, cultural, filantrópica, de carácter apolítico e implantación en numerosos países". Su proyecto era ubicar allí un centro cultural y social. Fue un "mandatario verbal" de la AIDE quien, "conocedor de la aparente y secular falta de uso/destino, deterioro y abandono" del inmueble, intervino en todos los trámites, pero sin ostentar "representación legal de signo alguno", mientras que el exalcalde fue quien delegó y encomendó a la exedil de Urbanismo la tramitación de la cesión.

El grupo municipal de Vamos Granada, personado como acusación, anunció ayer mismo que recurrirá el archivo de la causa al entender que el juez ha actuado "precipitadamente" y "sin haber recibido declaración de tres de los denunciados por la Fiscalía y sin haber oído a un solo testigo".

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