Procesan al exalcalde de Otura por prevaricación en la gestión urbanística de la construcción de un supermercado
Tribunales
El juzgado ha decidido la apertura de procedimiento abreviado contra Ignacio Fernández-Sanz y otros cuatro ediles, a la espera de apertura de juicio o de sobreseimiento de la causa
La Audiencia de Granada descarta que el exalcalde de Otura prevaricara en el pago de diversas facturas
Granada/El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Santa Fe, en el Área Metropolitana de Granada, ha procesado al exalcalde de la localidad de Otura, Ignacio Fernández-Sanz (PP), y a otros cuatro ediles por un posible delito de prevaricación relacionado con la gestión urbanística para la construcción de un conocido supermercado.
El juzgado, según recoge un reciente auto al que ha tenido acceso EFE y contra el que cabe recurso, ha decidido la apertura de procedimiento abreviado contra los referidos responsables municipales y da traslado a la Fiscalía y acusaciones personadas para que pidan la apertura de juicio o el sobreseimiento de la causa.
Según el juzgado, de las diligencias practicadas hasta ahora se desprende "indiciariamente" que en septiembre de 2009, el entonces alcalde de Otura Ignacio Fernández-Sanz y otros cuatro concejales de la Junta de Gobierno Local votaron a favor de un acuerdo por el que se aprobaba un proyecto de reparcelación de un sector de las Normas Subsidiarias de esta localidad del área metropolitana granadina.
El auto recoge que los investigados habrían autorizado, "a sabiendas de su injusticia", el comienzo de las obras de movimiento de tierras con anterioridad a la fecha aprobación, el 7 de mayo de 2009, con una licencia que se otorgó con informe técnico desfavorable y con ausencia del preceptivo informe jurídico.
Asimismo, se otorgó con anterioridad a la aprobación definitiva del proyecto -el 4 de junio de 2009- la colocación de postes para una línea aérea eléctrica que permitiera el suministro eléctrico provisional necesario para ejecutar las obras de construcción del supermercado.
De acuerdo a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, dicho suministro debía contratarse con la licencia de obras, que no existía "al no estar aprobado definitivamente el proyecto de urbanización". En consecuencia, el Sector S-8 no contó con un proyecto de urbanización válido al tiempo de otorgar la licencia de obras del supermercado, explica el auto.
También indica que, del mismo modo, se otorgó licencia de ocupación con ausencia del preceptivo informe jurídico y sin contar las obras de urbanización con recepción por parte de Ayuntamiento.
Asimismo, los investigados aprobaron el convenio urbanístico en virtud del cual se exoneraba a los propietarios del pago del 3,551% del coste de construcción de la "Depuradora y Colector de la Vega", así como del deber de constituir la entidad de conservación de las obras de urbanización.
En contraprestación a estas dos concesiones, sigue el auto, los propietarios del Sector S-8 se comprometían a abonar al Ayuntamiento la cantidad de 360.607 euros. A pesar de ello, el citado convenido exoneraba a los propietarios de dos obligaciones impuestas por las leyes de obligado cumplimiento, por lo que sería inválido y, por ende, ilegal.
También te puede interesar
Lo último
Contenido ofrecido por Los Manueles