La Costa de Granada recibe el visto bueno del Gobierno para la instalación de un parque eólico marino
Costa
En España las zonas en las que podrán impulsarse proyectos suman 5.000 kilómetros cuadrados, el 0,46% de las aguas nacionales
Granada/La zona oriental de la Costa de Granada podrá albergar próximamente un parque eólico marino para la producción de electricidad libre de emisiones de carbono y contribuir al objetivo del Gobierno central de producir entre uno y tres gigavatios de energía eólica para 2030. Una noticia que llega después de que el Consejo de Ministros de luz verde al primer Plan de Ordenamiento del Espacio Marítimo (POEM) que permitirá, entre otras cuestiones, delimitar las zonas en las que podrá desarrollarse eólica marina, que, en su conjunto, suman 5.000 kilómetros cuadrados, el 0,46% de las aguas nacionales, y que en el caso del litoral granadino abarcaría una franja entre Carchuna-Calahonda y Albuñol.
En concreto, se ha delimitado un área para albergar estas instalaciones eólicas, que todo apunta a que no serán visibles desde la orilla de la playa, ya que según el proyecto impulsado por la empresa IberWind Blue, que recibe el nombre de Nao Victoria y prevé 55 aerogeneradores para desarrollar hasta 990MW de potencia, la distancia a la costa varía de los 25 a 40 kilómetros y la instalación estará sustentada sobre plataformas flotantes ancladas al lecho marino. Aunque serán las propias compañías las que tienen que iniciar ahora los distintos estudios para valorar si realmente se trata de un proyecto rentable.
De hecho, no es la primera vez que la Costa granadina es el centro de interés para montar una instalación de estas características. Ya en 2009 el Gobierno encargó la elaboración de un informe para conocer los pormenores de la franja litoral y en el que ya se aseguraba que estaba capacitado para albergar un parque eólico si se tenían en cuenta una serie de limitaciones, como mantenerlos fuera de los límites de los espacios naturales protegidos.
Con el visto bueno de esta nueva herramienta se busca garantizar que la actividad humana se desarrolla respetando los ecosistemas y la explotación sostenible de los recursos, reduciendo conflictos y potenciando coexistencias y sinergias entre actividades, y se habilitan o limitan los usos por zonas teniendo en cuenta la protección de zonas protegidas, servidumbre vinculadas a la seguridad del transporte marítimo o defensa nacional.
De esta forma, se abre la posibilidad de construir parques eólicos en dos zonas entre el Estrecho y Alborán, desde cabo de Espartel y una línea imaginaria por el cabo de Gata, así como Ceuta, Melilla, Chafarinas, Perejil, Peñones de Vélez de la Gomera y Alhucemas e isla de Alborán. Se permitirá en un ámbito territorial que abarca 1.222 kilómetros cuadrados.
El POEM indica dos zonas, una en la costa occidental de Málaga y cercana al Campo de Gibraltar y otra en el mar de Alborán, cerca de la costa granadina.
En la primera de estas zonas se enmarca el proyecto impulsado por la empresa IberWind Blue, que recibe el nombre de Nao Victoria y prevé 55 aerogeneradores para desarrollar hasta 990MW de potencia. En su redacción inicial se situaba frente las costas del Campo de Gibraltar y de Málaga
Lo que no saldrá adelante será un proyecto en la costa del Cabo de Gata, concretamente en el mar de Ágata y promovido por BlueFloat Energy y Sener, ya que el POEM conocido este martes no contempla zona alguna allí para la eólica marina. Al hilo, los promotores de dichas compañías lamentan que la decisión está "fundamentada en la minimización de la potencial afección" sobre la pesca de arrastre por encima de otras "consideraciones de carácter ambiental y socio-económicas" que, según entienden ambas empresas, supondrá para la provincia de Almería un "perjuicio para el desarrollo económico, social y energético" frente a Granada o Málaga.
Los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo son una de las cinco líneas transversales de la Política
Marítima Integrada de la Unión Europea que dan respuesta a las obligaciones derivadas de la Directiva 2014/89/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo. En España esta Directiva se ha incorporado como un desarrollo reglamentario de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino -Real Decreto 363/2017, de 8 de abril, por el que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo-. De esta forma, el desarrollo de los sectores marítimos tiene que hacerse de modo que no se comprometa el buen estado ambiental de las aguas.
Se trata de una herramienta estratégica transversal que analiza y organiza las actividades humanas, garantiza la protección de los ecosistemas, hábitats y especies sensibles y vulnerables, incluidos los protegidos por normativa autonómica, nacional o supranacional, que ha necesitado la participación de las distintas comunidades autónomas costeras, departamentos ministeriales, representantes de todos los sectores implicados y sociedad civil, para su realización.
Los POEM están contemplados en la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar, y están vinculados a la reforma C7. R4 del PRTR dedicada al Marco para la innovación y desarrollo tecnológico de las energías renovables. El despliegue de la eólica marina es imprescindible si se pretende alcanzar los objetivos fijados a nivel de país en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima.
Son un instrumento clave para lograr los objetivos de la Hoja de Ruta de la energía eólica marina, y alcanzar 1GW-3GW de potencia instalada en 2030, sin comprometer el buen estado de los mares.
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