DANA
Estos son los puntos de ayuda para recoger alimentos, ropa y material para Valencia en Granada

El TSJA dicta un acto favorable al Ayuntamiento de Almuñécar en el que declara la imposibilidad de estabilizar la ladera de Cármenes del Mar

Destacan que el auto es de una “importancia crucial para el municipio”, ya que viene a reconocer “la imposibilidad de acometer estos trabajos, que tendrían un coste incalculable para las arcas municipales”

Cármenes del Mar, la historia de una 'catástrofe'

Vecinos de La Herradura denuncian grietas en sus casas por el paso de maquinaria pesada por Cármenes del Mar

Varios carteles avisan en la zona el riesgo de desprendimiento y el pavimiento en mal estado / Alba Feixas
A.F.

21 de junio 2024 - 18:46

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado la imposibilidad de ejecutar una sentencia en la que obligaba al Ayuntamiento de Almuñécar a acometer las obras de estabilización de la ladera en la que se ubica Cármenes del Mar, la urbanización de La Herradura en la que sus vecinos llevan años peleando por encontrar una solución a este enclave que se vendió entre 2001 y 2005, y en el que han visto desde entonces como la ladera sobre la que se encuentran ha sufrido diferentes corrimientos de tierra que han provocado el derrumbe de algunas de las casas, la clausura por riesgo de otras tantas y desperfectos graves en una amplia mayoría de las viviendas.

En el auto, el alto tribunal ha declarado la "imposibilidad técnica parcial" de ejecutar la sentencia dictada anteriormente también por el TSJA y en la que condenaba al Ayuntamiento de Almuñécar a, con ejecución subsidiaria, encargarse de la conservación y estabilización de la ladera de la urbanización.

La letrada, socia y responsable del área de Derecho Administrativo de RocaJunyent-Gaona, Palacios y Rozados Abogados, que ha representado al Ayuntamiento de Almuñécar, Carmen Domínguez, ha explicado que el auto reconoce que el Consistorio no puede acometer los trabajos encargados, que tendrían un "coste incalculable" por la situación geotécnica de la ladera, algo que "podría poner en riesgo la prestación de los servicios municipales en la localidad".

Además, establece que la sentencia también es inejecutable debido a que no existen garantías técnicas de que los trabajos den un resultado óptimo y que la maquinaria que hay que utilizar para tal fin compromete la propia estabilización de la ladera.

Domínguez ha señalado que este auto, contra el que cabe recurso de reposición de la sentencia, “es muy importante en lo que se refiere a la jurisdicción contenciosa-administrativa, ya que establece de forma clara la excepción de cumplir una sentencia cuando ésta sea material o legalmente imposible de ejecutar”.

La urbanización se sitúa en una gran parcela limítrofe al Paraje Natural de Cerro Gordo que fue adquirida por una empresa en 1988, para construir algo más de 400 viviendas en distintas fases. Una gran parte de los propietarios adquirieron los inmuebles sobre plano por precios que rondaron los 100.000 euros. La zona es propensa a sufrir deslizamientos, el Ayuntamiento no recepcionó en su momento las obras del proyecto de urbanización general, de hecho, en una primera instancia y tras aparecer los primeros desperfectos, por 2005, algunos vecinos alegaron que podrían deberse por "defectos constructivos". En la actualidad, la situación de la zona ha empeorado y los vecinos siguen sin ver una solución cercana que pasaría por la estabilización de la ladera para garantizar la seguridad y que el problema no se siga extendiendo hasta urbanizaciones cercanas.

Tras múltiples pleitos, el Tribunal Supremo desestimó el recurso extraordinario presentado por los responsables de la construcción, y ratificó la sentencia que los condenaba a subsanar los daños sufridos en las viviendas. El juzgado de Primera Instancia 12 de Granada ya condenó a los responsables de las obras por las deficiencias de la urbanización y acordó como medida cautelar acometer unas obras de emergencia, aunque las promotoras se declararon insolventes y dejaron en un limbo jurídico a los afectados, que solicitaron la mediación de la Junta y del Defensor del Pueblo Andaluz. En 2016, el Parlamento andaluz decretó la situación de emergencia en la zona y ordenó ejecutar las actuaciones "necesarias e imprescindibles para evitar la situación de deslizamiento y riesgo" de las viviendas.

El Supremo ratificó en 2019 una sentencia condenatoria de la Audiencia de Granada de 2017 y que refrendaba una dictada tres años antes.

A principio de 2024, múltiples vecinos de la urbanización denunciaron públicamente la aparición de nuevas grietas en sus casas, aunque esta vez por culpa del constante paso de camiones y de maquinaria pesada para el vial alternativo que se estaba construyendo en dicha urbanización. Asegurando que el vial por donde transitaban dichos vehículos pesados estaba en unas condiciones muy precarias e inestables desde hace años, por lo que consideraban que el paso de dichos camiones estaba perjudicando aún más la situación lamentable de la calzada y de las casas adyacentes.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último