El Tribunal Supremo pospone al martes el pleno sobre el impuesto de las hipotecas
impuesto de las hipotecas
Los 28 magistrados se han reunido este lunes durante ocho horas.
Madrid/El pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo reanudará el martes su reunión sobre el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) de las hipotecas, interrumpida tras ocho horas de deliberación.
Con una pausa para el almuerzo, los 28 magistrados reunidos -de los 31 que forman el pleno, uno se ha ausentado por encontrarse de viaje, otro por presidir la Junta Electoral Central y un tercero, tras alegar motivos personales- retomarán el martes a las 10:00 el análisis de la reciente sentencia que hacía recaer en las entidades financieras el pago del impuesto, pero no especificaba su alcance.
Es decir, si exime de forma definitiva al cliente a partir de la fecha en la que dicte su postura final, o si éste puede reclamar a Hacienda los impuestos devengados en los últimos cuatro años (plazo de prescripción a efectos fiscales).
En este sentido, el ministro de Fomento y secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, ha avanzado que el Gobierno estudiará articular "algún tipo de ayuda" a las autonomías para que no les afecte a su situación financiera.
En un tercer escenario, los hipotecados podrían solicitar a los bancos por vía judicial, siempre y cuando hubieran suscrito un préstamo hipotecario entre enero de 2003 y septiembre de 2014.
Impacto para los bancos
Si finalmente establece que se puede reclamar el impuesto abonado durante los últimos cuatro años, técnicos de Hacienda cifran en 3.631 millones de euros el importe abonado al fisco por 1,5 millones de contribuyentes en ese período.
Pero si la retroactividad se ampliara, sostiene Gestha, otros 13,4 millones de hipotecados -los que firmaron sus contratos entre enero de 2003 y septiembre de 2014- podrían reclamar otros 25.657 millones de euros.
En todo caso, si se confirma que es la banca la que deberá asumir el impuesto a partir de ahora, la agencia de medición de riesgos Moody's ha calculado que ello le supondrá al sector un desembolso de unos 640 millones al año.
Una sentencia polémica
Sólo un día después del fallo conocido el pasado 18 de octubre, el presidente de la sala, Luis María Díez Picazo, anunciaba que dado el "giro radical" en la jurisprudencia y la "enorme repercusión económica y social" se convocaba el pleno de hoy, para aclarar los cabos sueltos.
La repercusión suscitada por la decisión del 18 de octubre, a la que se sumaron otras dos sentencias pendientes de notificar que también cargaban a la banca el pago del impuesto y la prontitud con la que el presidente de la Sala intentó matizar el fallo, obligaron al presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, a disculparse.
En la inauguración de una jornada de puertas abiertas en la institución, Lesmes pidió perdón "a los ciudadanos que se hubieran sentido perjudicados" por la "deficiente gestión" de la sentencia, y negó haber recibido presiones o llamadas de los bancos.
Desplome de los bancos en bolsa
La noticia provocó un desplome de la cotización bursátil de los bancos cotizados, que en conjunto perdieron ese día más de 5.000 millones de euros; el sector se apresuró a recordar que jamás ha cobrado cantidad alguna en concepto de AJD y a reclamar a los poderes públicos "mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles para el mercado hipotecario".
Las entidades financieras no se esperaban la noticia, ya que en febrero de este año el propio Tribunal Supremo dictaminó que quien debía hacer frente a esta tasa era el cliente y no las entidades con las que se suscribe el préstamo.
Las asociaciones de consumidores, por su parte, valoraron la decisión de que sea el banco el que se haga cargo del impuesto y criticaron con dureza después el aparente cambio de postura de los magistrados.
De momento, el alto tribunal ha suspendido también sus deliberaciones sobre distintos recursos presentados sobre el impuesto, a la espera de que los 28 jueces decidan si conlleva una total retroactividad o su efecto se limita a los últimos cuatro ejercicios.
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