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El Tribunal Supremo condenará a los líderes del 'procès' por sedición y malversación
Sentencia del 'procès'
El tribunal decide de forma unánime rechazar el delito de rebelión que defendió la Fiscalía y que implicaría mayores penas para los acusados
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condenará por delitos de sedición y malversación a los nueve líderes independentistas en prisión que fueron juzgados por el procés independentista en Cataluña, rechazando las penas por rebelión solicitadas por la Fiscalía, según ha publicado RTVE.
La histórica sentencia se da a conocer previsiblemente este lunes 14 de octubre traas cuatro meses de deliberaciones.
De este modo, los siete magistrados de forma unánime según las mismas informaciones optan por la calificación jurídica que defendió la Abogacía del Estado. La sedición es un delito contra el orden público que no requiere el uso instrumental de la violencia para conseguir sus fines y está castigado con penas notablemente inferiores a la rebelión.
La sentencia, sin embargo, aún no cuenta con la firma de los siete magistrados que han juzgado este asunto, un trámite que estaba previsto para el próximo lunes. Hasta ese momento cualquiera de los magistrados puede anunciar la presentación de un voto particular, han señalado fuentes jurídicas
La Abogacía del Estado solicitó 12 años de cárcel para el ex vicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras; 11 para el resto de ex consejeros en prisión, -Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa -; 10 para la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, y 8 para líderes sociales Jordi Sánchez (ANC) y Jordi Cuixart (Ómnium Cultural).
Según las mismas informaciones, los tres ex consejeros en libertad Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila, sobre los que pesaban acusaciones de malversación y desobediencia serán absueltos de el primero de estos delitos, que es el que conlleva penas de prisión, por lo que únicamente serán condenados a inhabilitación y multa por la segunda de las conductas.
La sedición se regula en el artículo 544 del Código Penal, se aplica a quienes se alcen "pública y tumultuariamente" para impedir "por la fuerza o fuera de las vías legales" el cumplimiento de las leyes o el ejercicio de las funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público.
Este artículo del Código Penal, recogido en el capítulo de delitos contra el orden público, castiga con penas de prisión de ocho a 10 años a quienes hayan "inducido, sostenido o dirigido" la sedición y con la de 10 a 15 años de prisión a las personas "constituidas en autoridad".
Al asumir esta postura, la Abogacía del Estado pidió penas rebajadas casi a la mitad con respecto a las instadas en su día por el Ministerio Público, que llegaban a los 25 años de cárcel en el caso de Junqueras.
El juicio por el proceso independentista en Cataluña quedó visto para sentencia el pasado mes de junio, cuatro meses y 52 sesiones después de su arranque el 12 de febrero de este mismo año. Desde entonces el tribunal ha estado deliberando y este último fin de semana los magistrados realizan una última lectura del texto, que confían en firmar el próximo lunes.
Durante los cuatro meses de juicio, los siete magistrados del alto tribunal que han juzgado esta causa escucharon, además de a doce acusados, 422 testigos -entre políticos, miembros de fuerzas policiales, visitantes internacionales, votantes y otros miembros de la sociedad civil- y una docena de peritos. También han visionado cerca de 200 vídeos de lo ocurrido el 20 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y el 1 de octubre de 2017 -fecha del referéndum ilegal-, antes de escuchar los informes finales de todas las partes personadas.
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