El caso Colina Roja, un archivo esperado que podría llegar al Supremo

Alhambra

Una vez que la Audiencia ordenó parar la investigación, el juez tendrá que archivar o continuar hacia la preparación de un juicio con el material que hay

La acusación de la Junta asume que es inviable avanzar sin que los investigados hayan declarado

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El caso Colina Roja de la Alhambra, desactivado por la Audiencia. / Álex Cámara

El caso Colina Roja, en el que se investiga una supuesta red de adjudicación fraudulenta de contratos en la Alhambra, podría ser archivado en los próximos días por el juez instructor, que posiblemente no tenga otro remedio que hacerlo al haberse excedido los plazos legales de la investigación sin haber tramitado la prórroga. Pero las acusaciones, que buscarían la forma de reactivar el asunto, podrían recurrir hasta el Tribunal Supremo para que tenga la última palabra sobre el cierre de un caso tan importante como éste debido a una cuestión de procedimiento.

A finales de octubre pasado, la Audiencia Provincial de Granada admitió el recurso de la exdirectora del Patronato de la Alhambra, María del Mar Villafranca (una de los principales investigados del caso) y ordenó poner fin a esta investigación, sin contar además con las diligencias del último año (en el que la Policía había hecho extensos informes). El tribunal consideró que el juez instructor había excedido el plazo legal de seis meses y había ordenado la habitual prórroga de las causas complejas (imprescindible para continuar investigando) dos meses después del límite temporal.

Ante esta decisión del órgano superior, el juez Antonio Moreno, titular del Juzgado de Instrucción número 4 de la capital y responsable de esta investigación sobre las supuestas contrataciones a dedo en la Alhambra, pidió a las partes que alegaran lo que consideraran oportuno sobre el futuro inmediato de la causa judicial. Es decir, sobre las dos posibles opciones a partir de este momento, que son el sobreseimiento (archivo) o la transformación en procedimiento abreviado (el inicio de una nueva fase preparatoria para un posible juicio).

A falta del importante pronunciamiento de la Fiscalía, la acusación particular que representa la Junta de Andalucía ya ha admitido en su escrito que la ley "impide que se dicte auto de transformación en procedimiento abreviado", ya que hasta la fecha no se ha cumplido un trámite imprescindible para acusar a una persona de un delito en un juicio, que es su declaración judicial en la etapa de instrucción sobre los posibles hechos delictivos investigados. Ninguno de los investigados ha sido citado a declarar.

Otra de las partes, el Partido Popular, ha anunciado que se tendrá que adherir a la posición de la Fiscalía por su condición de acusación popular. Aún así, sostiene que uno de los autos y los documentos que figuran en el sumario son "prueba de cargo más que suficiente para a transformación de este procedimiento".

Las limitaciones que impone el frenazo a la investigación (además de haber dejado fuera todas las averiguaciones del último año) hacen pensar, como expone el letrado de la Junta, que la causa en la que llegó a haber 28 investigados no podrá seguir adelante en estas condiciones.

Pero eso no significa que el asunto quede enterrado de forma automática. Al contrario, las acusaciones tienen varias opciones y una de ellas sería el recurso contra ese posible auto de archivo. Aunque en un primer momento la alegación iría de nuevo a la Audiencia Provincial, si este órgano persiste en su postura, la Fiscalía podría acudir al Tribunal Supremo.

Si el caso es sobreseído, cualquier nuevo indicio que surja puede ser motivo para la reapertura

De otro lado, un posible sobreseimiento provisional del juez en estos momentos podría dejar el caso a expensas de la aparición de nuevos indicios delictivos. Si esto ocurriera, la Fiscalía podría instar automáticamente a la reapertura de la investigación y en ese momento, si el juez lo estima conveniente, el sumario podría quedar desempolvado.

Todo este embrollo de procedimiento que ha provocado el frenazo del caso Colina Roja se debe a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se aprobó en 2015 con la mayoría absoluta del PP. En ella se limitaron a 6 meses los plazos para investigar judicialmente una causa. Los casos que se declaran complejos se pueden ampliar a 18 (prorrogables hasta 36), pero hay un trámite imprescindible: lo tiene que acordar el juez instructor, a petición del fiscal, antes de que venza el plazo. Y esto es lo que, según la Audiencia de Granada, no si hizo correctamente en el caso de la Alhambra.

Esta reforma ha generado mucha polémica y malestar entre asociaciones de jueces y fiscales, que piden al Gobierno su derogación. La última controversia al respecto ha surgido con el ex presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, que acaba de ser absuelto por la Audiencia murciana en uno de los casos de corrupción en los que estaba implicado, precisamente por el mismo motivo, que el fiscal no pidió dentro del plazo legal la declaración de causa compleja y la prórroga de la instrucción.

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