El Hotel Alhambra Palace pide al Gobierno una indemnización de más de 400.000 euros tras el cierre por el Estado de Alarma
Tribunales
Granada/Dos empresas del sector de la hostelería y la restauración han defendido este jueves ante el Tribunal Supremo sus argumentos para reclamar una indemnización al Estado por los perjuicios que dicen haber sufrido como consecuencia del Estado de Alarma que se decretó para hacer frente a la pandemia del Covid-19.
Una de ellas ha sido el Hotel Alhambra Palace de Granada, que ha llevado su caso al Supremo para reclamar una indemnización de 417.316,70 euros. La demanda de los granadinos es una de las siete elegidas por el tribunal para fijar un criterio común sobre estas reclamaciones patrimoniales al Estado. Se han recibido casi mil recursos de locales, bares, restaurantes y hoteles por los perjuicios que les ocasionaron las restricciones impuestas a causa de la pandemia de Coronavirus
Tanto el Alhambra Palace como el Grupo Lateral (una cadena de restaurantes) han esgrimido, entre otras cuestiones, la falta de previsión del Gobierno que, a su juicio, pudo haber adoptado medidas menos restrictivas antes del 14 de marzo; y también han recordado que el Tribunal Constitucional dejó abierta la puerta para las reclamaciones patrimoniales.
Los magistrados de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han escuchado a las defensas de estas dos compañías y de la Abogacía del Estado en las primeras vistas que se celebran para fijar su criterio sobre estas reclamaciones patrimoniales. Fuentes jurídicas han precisado que está previsto que escuche al menos a otras nueve empresas antes de adoptar una decisión. El próximo 5 de octubre será la próxima vista.
La defensa del hotel granadino
La letrada del hotel Alhambra Palace, Vanessa Fernández ha asegurado que, "al contrario de lo que alega la Abogacía del Estado", el Ejecutivo conocía desde enero de 2020 la situación sanitaria por el Covid-19 por las alertas de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
En este sentido, ha insistido en que la Administración pudo haber tomado medidas antes del 14 de marzo, cuando se dictó el estado de alarma. "No se puede hablar de una situación imprevisible", ha recalcado al tiempo que ha sostenido que el Gobierno tuvo la posibilidad de haber adoptado "medidas de carácter previo" para palear la crisis sanitaria y no lo hizo.
Al hilo, ha defendido que el Estado "sabía" que debía indemnizar a las empresas por las consecuencias que el estado de alarma tuvo en su economía y que "por eso aprobó las ayudas". "¿Por qué dieron esas ayudas si no estaban obligados? Si las pérdidas fueron más allá de las ayudas, (las empresas) deben ser resarcidas", ha dicho.
Por su parte, la Abogacía del Estado se ha mostrado en contra de los argumentos del hotel granadino. En su intervención, ha afeado al establecimiento hotelero que reclamase una indemnización por haber estado cerrados hasta el 1 de junio cuando el Gobierno aprobó la reapertura de la hostelería a partir del 11 de mayo.
Además, ha defendido que se trató de una causa mayor y que "se tomaron las medidas que se consideraron adecuadas con la información que se tenía". "No se puede exigir que con lo que se ha sabido dos años después se juzgue qué medidas deberían de haberse tomado", ha señalado.
Así las cosas, ha incidido en que "no tiene sentido que cuanto mayor sea la emergencia más derecho a la indemnización haya". "La regla general debería de ser al revés", ha dicho.
Al margen, el representante de los servicios jurídicos ha desestimado también el planteamiento de que el Ejecutivo aprobó ayudas como respuesta a su deber de indemnizar a los hosteleros.
Lesmes y el "escollo" del Constitucional
En el marco de la primera vista, el magistrado Carlos Lesmes, Presidente de Consejo General del Poder Judicial, ha tomado la palabra para preguntar a la letrada del Hotel Alhambra Palace sobre el mencionado artículo 3.2 del estado de alarma, así como sobre las "razones para soslayar lo que ha mantenido el Tribunal Constitucional" y las razones por las que entiende que sufrió un "sacrificio especial".
El magistrado también ha hecho referencia a la sentencia del Constitucional que declaró inconstitucional el estado de alarma para recordar que en ella se defendía que la medidas adoptadas fueron proporcionadas y que había deber jurídico de soportarlas. "Hay que salvar este escollo", ha apuntado.
El 14 de julio de 2021 el Tribunal Constitucional declaró "inconstitucional" el confinamiento decretado por el Gobierno en el primer estado de alarma, y dejó la puerta abierta a este tipo de reclamaciones. El establecimiento granadino fue uno de los miles a nivel nacional que denunció, y ahora dicha denuncia ha sido elegida junto a otras siete demandas por la Sala Tercera del Tribunal Supremo "para establecer la pauta general sobre estas reclamaciones patrimoniales" al Estado.
Fuentes jurídicas consultadas han explicado que, aunque de momento los casos en el TS rozan el millar, se espera que lleguen muchos más porque solo en la mesa del Consejo de Ministros hay unas 9.000 reclamaciones administrativas que podrían dar el salto a la vía judicial. De ahí la necesidad de fijar criterio.
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