Anulan la bolsa de horas que alteraba el cuadrante de los policías de Guadix

El sindicato SI-PAN la recurrió porque estaba afectando a la conciliación de la vida familiar de los agentes

Un coche del cuerpo policial, en una calle del municipio.
Y. Huertas Granada

06 de diciembre 2015 - 01:00

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de la capital ha dejado sin efecto una bolsa de 90 horas de trabajo, de obligado cumplimiento y a disposición de la Jefatura de la Policía Local de Guadix, que fue incluida en el cuadrante laboral de los agentes hace un año y que, según el Sindicato Independiente de Policía de Andalucía (SI-PAN), les afectaba a la hora de conciliar su vida laboral con la familiar.

Según consta en la sentencia, dictada el 24 de noviembre y a la que ha tenido acceso este diario, esas 90 horas en cuestión eran para prestar inicialmente "con carácter voluntario y, en caso de no disposición de voluntarios, con carácter rotatorio en función de las necesidades del servicio", incluyendo en ese cómputo "la asistencia a juicios y coberturas de bajas por enfermedad".

La resolución, que es firme como resalta el abogado del SI-PAN, Domingo Domingo, considera que el cuadrante acordado para la plantilla policial accitana, que fue propuesto a finales del año pasado y recurrido por el sindicato, "genera inseguridad jurídica", al no ser "en modo alguno claro" respecto a la naturaleza de las 90 horas que se imponen de manera obligatoria como bolsa.

La ley establece que la jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración Local será en cómputo anual la misma que se fije para el personal civil al servicio de la Administración General del Estado, que son en total 1.664 horas. El cuadrante que se diseñó para los policías locales de Guadix es de 1.635 horas, a las que si se suman las 90 incluidas en la bolsa de la discordia "exceden del máximo legalmente previsto de 1.664 horas".

Por ello, el fallo concluye que "esas 90 horas no están incluidas en la jornada laboral, como sostiene la Administración, debiendo tener en consecuencia, un tratamiento distinto al unilateralmente establecido por la Administración".

De este modo, el juez estima el recurso interpuesto por el sindicato, dejando sin efecto el punto relativo a la bolsa de las 90 horas que se estableció en la resolución del Ayuntamiento de Guadix, la cual tiene fecha 18 de diciembre de 2014.

En declaraciones a este diario, el letrado del SI-PAN mostró su satisfacción con el fallo, "porque hemos conseguido que se pueda conciliar la vida familiar de los policías con el trabajo al retirarse esa bolsa de horas que era al arbitrio de la Jefatura de la Policía Local de Guadix". Asimismo, subrayó, que gracias a esta resolución, contra la que no cabe recurso de apelación, los agentes "sabrán su horario desde un principio, como cualquier otro trabajador".

Por su parte, el concejal de Personal y portavoz del equipo de Gobierno de Guadix, Manolo Gómez Vidal, valoró positivamente el fallo, porque "incorpora elementos positivos" y "se toma como una guía de acción".

"Ahora se valorará con los servicios técnicos y jurídicos, y se continuarán las reuniones con los colectivos sindicales y los profesionales de la Policía Local de Guadix", indicó el portavoz. Asimismo, comentó que se ha establecido una guía para todo el mandato, "y esta sentencia va dar luz sobre los aspectos de negociación, puesto que la intención es abordar todos los temas que afectan a la Policía Local, tanto en cuestiones de negociación colectiva, como de mejora de medios, instalaciones... Porque lo que importa es ofrecer el mejor servicio a la ciudadanía".

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