Sebastián Pérez mantiene la presidencia del PP: el congreso no se repetirá
Tribunales
La Audiencia revoca la sentencia que anuló todos los trámites previos y el propio congreso
Alega que el denunciante, Juan García Montero, perdió su condición de militante tras darse de baja voluntariamente y que por tanto no tiene "legitimación" para mantener la demanda
Sebastián Pérez seguirá siendo presidente del PP de Granada por los siguientes dos años. La Audiencia de Granada ha revocado la sentencia que anuló todos los trámites previos así como el congreso de 2017 en el que salió reelegido Pérez por infracción de la Ley de Partidos Políticos y del propio reglamento de organización del PP granadino. Irregularidades denunciadas por el entonces concejal popular Juan García Montero, que aspiraba al cargo de presidente en dicho congreso.
La Audiencia estima ahora el recurso que puso el PP a la sentencia del 1 de septiembre de 2018 que anulaba el proceso interno de los populares granadinos. Y es curioso el motivo de la revocación. La Audiencia no analiza la irregularidad en el proceso que se determinó en la primera sentencia. No da la razón a uno o a otro sobre lo que ocurrió en el congreso. El motivo de dejarla sin efecto ha sido la salida de García Montero del PP para formar un partido propio con el que concurrió a las últimas elecciones municipales. Por perder esa condición de militante, se considera que no hay legitimación ya que el objeto era denunciar el proceso, demostrar las irregularidades y optar a la presidencia.
Así, por esa vuelta de tuerca política que llevó a García Montero a abandonar el PP por claras diferencias con la dirección del partido, se mantiene el resultado del congreso y por tanto Pérez mantiene la presidencia pese a la primera sentencia que anulaba el congreso y obligaba a volver a la situación previa.
El fallo de la Audiencia, al que ha tenido acceso a este periódico, estima el recurso de apelación interpuesto por el PP de Granada contra la sentencia de 2018 del juzgado de primera instancia 7 de Granada, revoca la misma, declara la inexistencia del objeto del proceso, desestimando la demanda, sin imposición de las costas y con devolución a la parte apelante del depóstito constituido para recurrir. Contra la sentencia se pueden interponer recursos extraordinarios de casación o infracción procesal.
Tras conocerse el fallo, Pérez tuvo un mensaje de agradecimiento en sus redes sociales: “Gracias a mis bases, a mi familia y a todos los que confiaron en nuestra honestidad y honradez. La verdad y el trabajo siempre triunfan. Ahoras alimos a hacer a Pablo Casado presidente de España. En PP Granada #SeguimosGanando”, dijo ayer. Para hoy se espera una comparecencia de prensa en la que valorará el fallo.
Todo se remonta a la denuncia que Juan García Montero puso contra el PP de Granada en su condición de afiliado al PP desde 1990 y militante “de pleno derecho de dicho partido” por presuntas irregularidades en el congreso provincial de 2017 que tenía que decidir la presidencia del PP de Granada, a la que optaban García Montero y Pérez, y que ganó finalmente el segundo.
El 1 de septiembre de 2018 el Juzgado de Primera Instancia 7 de Granada dictó sentencia estimando íntegramente la demanda de García Montero y declarando “la nulidad del acuerdo de convocatoria de la Junta Directiva Provincial de 28 de marzo de 2017”. Así, dejó sin efecto “la convocatoria del XIV Congreso Provincial, así como todo el proceso congresual celebrado posteriormente, por infracción de los artículos 7.4 de la Ley de Partidos Políticos y el 18.3 del Reglamento de Organización del PP de Granada, acordando retrotraer el Congerso Provincial a su inicio, debiendo convocarse de nuevo a la Junta Directiva Provincial”.
Contra esta sentencia el PP interpuso recurso de apelación y el 25 de marzo de este año solicitó que “se resuelva el pleito por carencia sobrevenida de objeto y falta de legitimación activa del demandante”, que había “solicitado y obtenido” la baja como militante del partido. El motivo de la baja que alega el PP en el recurso fue el de constituir “un nuevo partido político denominado Centrados en Granada, con el que concurrió a las elecciones municipales” de mayo.
Así, consideran que en la demanda inicial se refería la legitimación activa del demandante al hecho de ser afiliado al PP, siendo ese “el argumento la procedencia de la nulidad que solicitaba del acuerdo adoptado, que justifica en los perjuicios que se le irrogaban en su calidad de miembro del PP”. Por eso, el partido entiende que “la baja del ahora apelado en el partido supone una renuncia a sus derechos”.
La sentencia de la Audiencia analiza el principio de perpetuación de la jurisdicción, argumentado por la parte contraria, considerando que la legitimación se ha de tener en el momento inicial de la presentación de la demanda y se ha de mantener a lo largo de todo el iter procedimental hasta su finalización ya que la legitimación es una consecuencia del interés legítimo que tiene aquel que es titular de la relación jurídica o del objeto litigioso.
Así, tras haber dejado García Montero el PP para concurrir a las elecciones por un nuevo partido que él mismo fundó, la sentencia reconoce que “ciertamente no ostenta legitimación en la actualidad, lo que genera falta de interés en el recurso, que comporta la estimación del recurso”.
Este fallo de la Audiencia se esperaba desde julio. García Montero ya rehusó pedir la ejecución de sentencia del juzgado a la espera de que el PP afrontara el ciclo de elecciones autonómicas, generales y provinciales.
En el primer asalto de las primarias, Sebastián Pérez dejó fuera a García Montero al conseguir el 69,5% de los votos de la militancia, por lo que llegó como único candidato al Congreso Provincial que se celebró un mes después. Sin embargo, Juan García Montero no tardó en anunciar que impugnaría el resultado al entender que se produjeron graves irregularidades en el proceso congresual, ya que la mayoría de los afiliados que participaron en la votación no habrían estado al corriente del pago de las cuotas.
Según se indicó, entre los distintos aspectos incumplidos estaba la negativa por parte del Comité designado por el actual presidente provincial a formalizar el permiso para acreditar interventores de mesa por parte de la candidatura de García Montero, así como impedir el derecho a comprobar el censo final de electores en el momento de la votación y de manera increíble la presencia de estos interventores durante el recuento de papeletas, impidiendo la transparencia del proceso.
Durante el juicio, varios cargos del PP reconocieron ante el juez que no se revisó que los afiliados estuvieran al corriente de pago de las cuotas para votar en el congreso.
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