Facua denuncia a Granada Sound por cláusulas abusivas a los asistentes

Polémica

La asociación de consumidores asegura que el festival trata de prohibir el acceso con comida de fuera e imponer pagos mediante el sistema 'cashless'

Piden al Ayuntamiento que abra expediente sancionador a la promotora, para garantizar que se cumpla la normativa vigente

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Imagen de archivo de la última edición del festival.
Imagen de archivo de la última edición del festival. / Antonio L. Juárez / Photographerssports
M. N.

03 de agosto 2023 - 12:46

Granada/Facua ha denunciado a Estrella de Granada AIE, la promotora del festival Granada Sound, que se celebrará a mediados de septiembre, por prohibir el acceso con comida y bebida, imponer pagos con pulsera cashless, quedarse con parte del dinero que sobre y cobrar 20 euros si no se personaliza la entrada pasado un plazo.

Según explica en un comunicado, Facua ha constatado que las entradas son nominativas y la promotora pretende repercutir un coste de 20 euros a los usuarios si en un plazo de 20 días no la personalizan de forma gratuita. De esta forma, "Estrella de Granada AIE trata de imponer al consumidor un sobrecoste en el precio de la entrada si expira el plazo que de manera arbitraria y deliberada han determinado", explica la asociación.

Facua advierte que, dado el carácter nominativo de las entradas, es indiferente el momento en el que el usuario realice la personalizació, dado que este hecho no causa perjuicio alguno a la promotora, que debe garantizar que sólo la entrada esté debidamente personalizada al momento de acceder al festival, por lo que el referido coste constituye un cobro por un servicio no prestado.

Entre otras cláusulas improcedentes, la asociación ha detectado que en el festival pretenden imponer como método de pago la adquisición y recarga de una pulsera cashless, según aparece en la misma página web del evento.

Luego, la promotora restringe a seis días el plazo para obtener la devolución de las cantidades no consumidas, fija un mínimo de tres euros que deben tener acumulado para aceptar el reembolso del dinero, y tratan también en última instancia de cobrar a los asistentes por recuperar el dinero que no hayan gastado.

En un comunicado, la asociación de consumidores explica que ha solicitado al Ayuntamiento de la capital que, como autoridad competente, lleve a cabo "las actividades inspectoras que correspondan para determinar las posibles infracciones e incumplimientos que la empresa promotora del festival Granada Sound anuncia", y que proceda a abrir expediente sancionador para garantizar que se cumpla la normativa vigente y salvaguardar los derechos de los consumidores en este evento.

La asociación lamenta que ya ha denunciado en años anteriores las mismas situaciones en el Granada Sound Festival y la falta de diligencia de las autoridades competentes hace que la promotora de este evento reincida año tras año en sus abusos.

Acceso con comidas y bebidas del exterior

Facua explica también en el comunicado que "la promotora del Granada Sound va más allá y trata también de prohibir el acceso de los asistentes al recinto con comidas y bebidas del exterior, tal y como anuncia en las condiciones generales en su web", tratando así de forzar a los consumidores a adquirirlas a un precio sensiblemente más alto en el interior del recinto.

Al respecto, la asociación ha subrayado que a los consumidores les asiste el derecho a acceder a las instalaciones con comida y bebida adquiridas en el exterior, dado que la actividad principal del evento denunciado no es la hostelería, sino el desarrollo de un espectáculo musical, por lo que la prohibición de consumir comida y bebidas adquiridas fuera del recinto no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada.

La asociación exige al Ayuntamiento que actúe anticipándose para garantizar que en el festival no se comentan infracciones ni se atente contra los derechos de los consumidores, al tiempo que hace un llamamiento para que los asistentes que puedan verse afectados por estas limitaciones en el derecho de admisión al Granada Sound acudan a Facua para obtener información y valorar las acciones que puedan emprenderse para garantizar el cumplimiento de la normativa andaluza y estatal vigente en la materia.

Imposiciones sin base legal

Con respecto a la imposición de un plazo de sólo seis días para solicitar la devolución del dinero sobrante de las pulseras, resulta completamente abusiva atendiendo a lo dispuesto en el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, detalla Facua en su comunicado, y añade que "resulta obvio que se trata de una práctica no consentida expresamente, que atenta a la buena fe de los asistentes al festival, al imponerse un plazo excesivamente breve en perjuicio del consumidor, y que supone un flagrante desequilibrio contractual, toda vez que si el consumidor no actúa en el indicado plazo el empresario obtendría un enriquecimiento injusto al apropiarse de una cantidad íntegra de un servicio que finalmente no se presta".

La imposición de este plazo conllevaría que el empresario se apropiara de las cantidades abonadas si el consumidor no lo solicita en el breve plazo que esta ha impuesto. El apartado segundo del artículo 1.964 del Código Civil, el cual establece un plazo de cinco años para aquellas acciones que deriven de una relación contractual. Teniendo en cuenta ello, cualquier plazo impuesto por la promotora del festival ha de compararse con el plazo legal de 60 meses (cinco años).

Precedente sancionadores

Por esta misma razón, este miércoles se conocía que el Ayuntamiento de Sevilla ha abierto un expediente sancionador al Festival Musical Interestelar AIE, por impedir a los usuarios el acceso con comida y bebida del exterior, tras la denuncia presentada por la asociación de consumidores Facua.

La Dirección General de Consumo y Mercados del Consistorio hispalense ha alegado que, "no siendo establecimientos de hostelería o de ocio y esparcimiento", la empresa "no puede establecer las condiciones de admisión" objeto de la denuncia. Este fue el argumento que expuso Facua en su denuncia y que ha sido ratificado, lo que sienta un precedente que podría utilizar el Ayuntamiento de Granada.

Facua ha exigido al Ayuntamiento que se anticipe para garantizar que no se comentan infracciones o se atente contra los derechos de los consumidores. "Al igual que un concierto, un cine, un teatro o un parque de atracciones, un festival no puede ser considerado como establecimiento de hostelería aunque dentro del recinto se desarrolle la actividad hostelera de forma accesoria a la principal", alegó en su denuncia en Sevilla la asociación.

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