HispaColex logra indemnizaciones superiores al millón de euros para las empresas granadinas afectadas por el "cártel de los camiones"

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Actualmente se están tramitando miles de procedimientos en todo el territorio nacional

Marian Cruz Gámez, Socia- abogada y economista
Marian Cruz Gámez, Socia- abogada y economista

En julio de 2016 la Comisión Europea dictó Decisión provisional en el Asunto AT 39824 – Camiones, por la que se sancionaba duramente a conocidos fabricantes de camiones -MAN, Daimler, Iveco, Volvo/Renault y DAF- al quedar acreditado que dichos fabricantes habían llegado a acuerdos ilícitos durante 14 años sobre fijación de precios, incremento de precios brutos de estos vehículos en el mercado y sobre el calendario y la repercusión de los costes para la introducción de tecnologías de emisiones.

En abril de 2017, la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea hacía pública esta Decisión, tras la cual, los abogados especializados en el derecho mercantil-internacional de HispaColex iniciaron el procedimiento de reclamación de daños causados a los adquirentes de camiones que les encomendaron su defensa y que, en el referido período de tiempo, habían comprado a los fabricantes sancionados camiones medios -con un peso de entre 6 y 16 toneladas- o pesados –de más de 16 toneladas-.

Con la referida Decisión, quedó acreditado el hecho de que las marcas fabricantes de camiones MAN, Daimler, DAF, Volvo/Renault e Iveco, llevaron a cabo un comportamiento antitrust susceptible de provocar un daño en forma de sobrecoste o sobreprecio que sería abonado por empresas de diversa índole y autónomos al adquirir camiones durante el periodo comprendido entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011, fecha en que comenzaron las inspecciones, salvo en el caso de MAN cuya participación finalizó el 20 de septiembre de 2010 cuando presentó solicitud de dispensa.

HispaColex reclama los daños sufridos por miles de compradores de camiones y también de coches afectados por el pacto de precios de los fabricantes de dichos vehículos.

Situación actual

La práctica totalidad de los jueces españoles vienen dando la razón a los compradores de camiones, condenando así a los fabricantes a devolver un porcentaje que va desde el 5% hasta el 27% sobre el precio de compra del camión, más los intereses desde la compra del mismo y en algunos casos, incluso, con condena en costas.

Actualmente se están tramitando miles de procedimientos en todo el territorio nacional, habiéndose obtenido sentencias estimatorias en el 100% de los asuntos iniciados por HispaColex, tanto en primera como en segunda instancia.

Sin embargo, las llamativas variaciones en los porcentajes de sobrecoste concedido en aplicación de la estimación judicial del daño ante un mismo cártel, generan una gran incertidumbre en los perjudicados, que en función del lugar en el que adquirieron sus camiones y, por tanto, del tribunal territorialmente competente para conocer sus demandas, obtendrían un pronunciamiento más o menos favorable a sus intereses, quedando a la espera de que el Tribunal Supremo resuelva los recursos de casación que actualmente han sido admitidos.

Cualquier empresa que disponga de uno o varios camiones afectados por el cártel aún puede iniciar su reclamación para recuperar el sobrecoste que pagó en la compra de dichos vehículos.

El caso de Scania

Por su parte SCANIA, una vez conocido el fallo en su contra del Tribunal General de la Unión Europea y que es la de mayor importe económico entre los distintos fabricantes que participaron en el cártel, en abril de 2022 recurrió la sentencia con la intención de evitar, además de la multa millonaria, la multitud de reclamaciones de daños que se iniciarán por todos los afectados como ya ha ocurrido con el resto de fabricantes.

De modo que, si el recurso es finalmente desestimatorio, la sanción impuesta a SCANIA conllevará el inicio de miles de reclamaciones frente a este fabricante para reclamar el sobrecoste abonado por la compra de camiones SCANIA y no solo frente a sus camiones, sino que permitirá abrir una nueva vía de reclamación, la de la responsabilidad solidaria impropia, como consecuencia de la actuación conjunta y anticompetitiva de los fabricantes en toda Europa durante el período que duró el cártel, al poder iniciar frente a SCANIA las reclamaciones prescritas frente al resto de empresas fabricantes de camiones sancionadas.

¿Es usted uno de los compradores afectados?

Desde HispaColex animan a todas las empresas y autónomos que adquirieron un camión (MAN, Daimler, DAF, Volvo/Renault, Iveco y Scania) durante el periodo de la infracción, a que inicien su reclamación, para lo cual es imprescindible contar con un informe pericial preciso con el cálculo objetivo del daño que permita proporcionar al tribunal una cuantificación real y razonable del perjuicio, informe que preparan de forma individualizada sus expertos con el fin de demostrar al tribunal que el fabricante demandado causó el daño y su cuantificación.

Para el inicio de su reclamación puede ponerse en contacto con HispaColex Bufete Jurídico enviando un correo cartelcamiones@hispacolex.com y facilitando la factura de compra del vehículo o en su caso el contrato de leasing y certificado de cancelación del mismo, el permiso de circulación y la ficha técnica.

En el caso de no disponer de estos dos últimos documentos, se podrá solicitar un informe completo del camión a la Dirección General de Tráfico. Con esta documentación y el informe pericial que los expertos de HispaColex prepararán de forma individualizada para sus camiones, se puede reclamar a los fabricantes sancionados el sobreprecio pagado por su camión.

Los tribunales están condenando a los fabricantes a devolver a los perjudicados un porcentaje que oscila entre el 5% y el 27% sobre el precio de compra del camión, más los intereses desde la compra del mismo.

Cártel de Coches

Junto a este “Cartel de los Camiones”, en los últimos años se han “desenmascarado” numerosos cárteles. En concreto, respecto a vehículos, nuestro Tribunal Supremo ha confirmado las resoluciones de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia referentes a la conducta anticompetitiva llevada a cabo por los fabricantes de automóviles.

En este asunto, el comportamiento antitrust de los participantes está vinculado a tres áreas comerciales según ha podido concluir la Comisión: la venta de vehículos automóviles nuevos y usados, recambios y accesorios; la prestación de los servicios de posventa y el marketing.

De modo que, mediante el intercambio de información comercialmente sensible y estratégica de los fabricantes se provocó una elevación del precio abonado por los clientes.

Ya se están tramitando las primeras reclamaciones del cártel de coches, para las cuales es fundamental, como en el caso de los camiones, contar con un informe pericial exhaustivo y fundado que permita cuantificar lo que habría sucedido en un escenario en el que no se hubiera falseado la competencia y, en consecuencia, el sobreprecio abonado por particulares y empresas en la compra de sus automóviles.

Para cualquier duda o para el inicio de su reclamación puede ponerse en contacto con HispaColex Bufete Jurídico y se estudiará su caso sin ningún tipo de compromiso, bien solicitando cita en el teléfono 958-200335 o enviando un correo a la dirección cartelcoches@hispacolex.com

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