Imagen unificada para los taxis de Granada, Pulianas y Cenes
Municipal
Avances en la ordenanza del taxi
En breve entrará en funcionamiento en Granada el Área de Prestación Conjunta de taxis entre los municipios de Granada, Pulianas y Cenes, un servicio que se lleva años esperando y que está sólo a la espera del anuncio final. Y mientras llega (se estima que este otoño), se adaptan las normativas para que la prestación sea unificada y el servicio de transporte en taxi se adapte también a las nuevas exigencias, como el pago con tarjeta o medios telemáticos, entre otras cuestiones.
Así, el Ayuntamiento de Granada ha aprobado ya inicialmente la nueva ordenanza del taxi, que se aprobará definitivamente para septiembre u octubre una vez finalice el periodo de alegaciones y los trámites finales. Una ordenanza que adapta la normativa precisamente a esa área de prestación conjunta que permitirá que taxis de Granada puedan coger viajeros en Pulianas y Cenes y al contrario, que taxis de estos dos municipios presten servicio en la capital.
Y para eso, para identificar estos taxis, uno de los cambios que implicará será la unificación de imagen de los vehículos.
En la normativa, a la que ha tenido acceso este periódico, se incluye color, franja e identificación de los vehículos. Y será la siguiente imagen corporativa: “Los vehículos destinados al servicio del taxi será de color blanco y llevarán en las puertas delanteras, vista desde fuera y en diagonal desde el ángulo superior delantero hacia el ángulo inferior contrario, pasando por el centro de la puerta, una franja de color verde (definido por el Pantone 3415), de 8 centímetros de ancho. En el centro del espacio superior a la franja verde, deberán llevar también, en este orden de arriba abajo y con alineación centrada: 1º la expresión Área de Prestación Conjunta de Granada, 2º el escudo de la Junta de Andalucía, 3º la palabra TAXI, 4º el número de la licencia correspondiente y 5º la letra identificativa correspondiente”.
El concejal de Movilidad del Ayuntamiento de Granada, César Díaz, ha explicado a Granada Hoy que la ordenanza se aprobó inicialmente y que hay hasta el 28 de agosto para alegaciones, por lo que dijo que hay consenso con las dos asociaciones del taxi de Granada, la Gremial del Taxi y Genil en la mayoría de las cuestiones y que siguen trabajando para que “seamos capaces de aprobarla por unanimidad” como se ha hecho en otras ordenanzas.
Según Díaz, la nueva ordenanza de transporte de viajeros en taxi se adapta a cuestiones actuales y que no estaban recogidas en la misma así como a sentencias del TSJA, de ahí que se incluya por primera vez que pueden ser titulares de licencias las personas jurídicas.
“Otra novedad será la obligatoriedad de la impresión del ticket” que indique el trayecto y el inicio y el final del recorrido. En este caso, por ejemplo, los taxis de la Gremial ya lo presentaban a los clientes porque tenían la impresora necesaria pero los de Genil no la tienen, por lo que están negociando incluir en la ordenanza una moratoria para que estos taxis puedan ir incorporándola según se vayan renovando y verificando el taxímetro con la nueva tecnología.
Así, se establece un periodo de seis meses (salvo que se apruebe la moratoria) para que todos los autotaxis del municipio de Granada y del Área de Prestación Conjunta deban llevar un dispositivo que permita a los usuarios el pago del servicio con tarjeta de crédito o cualquier otro medio de pago telemático.
En cuanto al cambio si se paga en metálico, se facilitará hasta la cantidad de 20 euros. Si no se facilita el pago con tarjeta y el cliente tiene que abandonar el vehículo para obtener moneda fraccionaria inferior a dicho importe, el taxista procederá a apagar el taxímetro mientras espera.
Otro de los supuestos que se recogen es cuando al taxista se le olvida encender el taxímetro. Según la nueva ordenanza, si iniciado el servicio se olvida de encenderlo, será “de su exclusivo cargo el importe devengado hasta el momento de advertir la omisión, cualquiera que fuere el recorrido efectuado, aún en el supuesto de que la carrera hubiere llegado a su fin con exclusión del importe de la bajada de bandera, a menos que el pasajero, libremente, esté dispuesto a abonar la cantidad que, de común acuerdo, convengan”.
La ordenanza también regula la recogida de viajeros en paradas y sobre todo en zonas sin parada. Se aclara que el orden de preferencia para coger clientes fuera de parada es : personas que se encuentran en la acera del sentido de circulación; enfermos, personas con movilidad reducida y ancianos; personas acompañadas de niños y mujeres embarazadas. En paradas la preferencia es por orden de llegada.
También que se puedan solicitar los vehículos por aplicación y por teléfono, cosa que no se recoge en la actual.
Respecto al Área de Prestación Conjunta (APC), con la que ya hay acuerdo con Pulianas y Cenes, se constituye por “tiempo indefinido” mientras se mantengan las condiciones haya voluntad de las partes. Por ahora se hará con estos tres municipios pero se establece la posibilidad de que otros municipios puedan solicitar también formar parte del APC de Granada, por lo que el ámbito territorial se extendería a los términos municipales de los nuevos miembros.
Para la revisión de los vehículos, el área puede solicitar a los municipios que la compone la colaboración de los agentes de Policía Municipal o técnicos.
Un aspecto importante es que “las autorizaciones para realizar servicios en las áreas territoriales de prestación conjunta sustituirán a las licencias municipales, teniendo a todos los efectos análoga consideración a éstas y serán otorgadas por la entidad competente para el establecimiento del área” o por la que designen. En este sentido, se establece que las licencias otorgadas por los municipios integrantes del APC se consideran como licencias homologadas y por tanto válidas para prestar servicios dentro de su ámbito territorial. Las mismas habilitarán a sus titulares para prestar servicios urbanos e interurbanos con origen en cualquiera de los municipios integrados.
Otra novedad de la ordenanza, que cobra más sentido en la actualidad con la pandemia, es que “en caso de calamidad pública o emergencia grave, el personal afecto al servicio de autotaxi, así como los vehículos adscritos al mismo, quedarán a disposición de las autoridades municipales y, en su caso, al Área de Prestación Conjunta, a fin de coadyuvar a la prestación del servicio público de transportes, sin perjuicio de percibir la correspondiente retribución y, en su caso, la indemnización procedente”. Si no se cumple esta obligación sería una falta muy grave por parte del conductor y del titular.
La norma incorpora que los conductores de taxi “no podrán negarse a prestar servicio a deficientes visuales que vayan acompañados de un perro guía, siempre que el animal vaya situado en la parte trasera del vehículo, a los pies de su dueño, y cumpla las demás condiciones exigidas”. En todo caso, los deficientes visuales gozarán de la preferencia establecida para los enfermos, personas con movilidad reducida y ancianos.
Temas relacionados
2 Comentarios