La Audiencia descarta las medidas cautelares pedidas por Juana Rivas
Custodia de los menores
La sala reitera que no procede adoptar las medidas solicitadas al carecer de jurisdicción sobre los hechos
La Sala de Vacaciones de la Audiencia de Granada ha desestimado el recurso de apelación presentado por la representación legal de Juana Rivas contra el auto del Juzgado de Instrucción 3 de Granada y ha descartado tomar las medidas cautelares solicitadas por la denunciante para proteger a sus hijos.
El auto de la sala, fechado ayer lunes y al que ha tenido acceso Efe, ha resuelto el recurso de apelación presentado contra el emitido por el juzgado instructor que declaró la no competencia de jurisdicción española, en el orden penal, sobre la nueva denuncia presentada por Rivas contra su exmarido, el italiano Francesco Arcuri.
La Audiencia ha reiterado además que, por ende, no procede adoptar las medidas cautelares solicitadas por esta vecina de Maracena al carecer de jurisdicción sobre los hechos denunciados, que presuntamente tuvieron lugar en Italia.
La fundamentación del auto recuerda que la propia Juana Rivas admite en su denuncia la "falta de jurisdicción" española en la investigación y persecución penal de los supuestos delitos de maltrato físico y psicológico y amenazas sobre sus dos hijos menores por los que ha denunciado a Arcuri.
El auto añade, como ya apuntó el Juzgado de Instrucción, que las medidas cautelares de protección contempladas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal son un instrumento del proceso penal para proteger a las víctimas del delito perseguido, "lo que no autoriza a entender que pueda adoptarlas un órgano judicial español carente de jurisdicción y por tanto sin autoridad".
La Audiencia de Granada ha reafirmado la no competencia en la causa de la justicia española en un auto contra el que no cabe recurso y en el que ha apuntado que Rivas debe estar "a lo que pueda decidir la autoridad italiana a quien corresponde conocer de la denuncia".
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