Visto y Oído
Broncano
Municipal
El 20 de abril de este año el Superintendente Jefe del Cuerpo de Policía Local de Granada emitió un informe sobre la “Puesta en Funcionamiento de videocámaras móviles para el Control, Regulación, Vigilancia y Disciplina del Tráfico”, en el que destaca que dentro del proceso de transformación digital del Cuerpo, disponen de videocámaras y otros medios de captación y reproducción, todos ellos móviles, que pueden ser usados para el control del tráfico.
Estos medios son: Dron o Aeronave Pilotada por Control Remoto, técnicamente definidos como RPAS, con imágenes que pueden ser transmitidas en tiempo real y que permiten un conocimiento de la infracción siempre que permita la identificación del vehículo; Vehículos provistos de ALPR, un sistema de reconocimiento automático de matrículas y cámaras para obtener fotografías de la situación del tráfico, con funcionalidad de gestión de denuncias a la que se adjuntan las evidencia necesarias para obtener conocimiento de la infracción puesto que permite la identificación del vehículo; Radares o sistema de vigilancia del tráfico fotográfico portátil, con cámara digital que es capaz de registrar las infracciones de exceso de velocidad de cualquier tipo de vehículo y en cualquier dirección; Cámaras personales de dotación policial, activadas en la regulación del tráfico por los propios agentes en los cruces y resto de vías públicas urbanas que puedan entrañar peligro; y otros medios de medios de captación reproducción de imágenes cedidos por otras administraciones públicas, como la Jefatura Provincial de Tráfico”.
El responsable policial señala la necesidad de establecer la puesta en funcionamiento de estas videocámaras según la normativa reglamentaria sobre utilización de videocámaras, sobre todo en lo relativo a la protección de datos y el derecho a la imagen.
Así, se pondrán en funcionamiento estas nuevas cámaras (algunas ya se han utilizado) para “garantizar la seguridad vial y fluidez de la circulación de vehículos, peatones y animales” así como para “prevenir la comisión de delitos e infracciones relacionadas con seguridad vial”, incluido el control de accesos a zonas restringidas.
Sólo se actuará en las vías urbanas de titularidad del Ayuntamiento de Granada y se aplicarán medidas para garantizar la preservación de la disponibilidad, confidencialidad e integridad de las grabaciones o registros obtenidos, que serán cifrados o encriptados en los dispositivos que lo permitan. Si no se puede cifrar, el funcionario policial que haya realizado la captación de la imagen será el responsable de su custodia hasta que esta sea alojada en los servidores de titularidad municipal. La custodia y conservación de imágenes corresponde al Cuerpo de Policía Local y es responsable del tratamiento el Ayuntamiento de Granada a través de la empresa adjudicataria con la que celebre contrato, en su caso. De no existir contrato al respecto, será responsable y encargado del tratamiento la Policía Local.
Las reclamaciones serán tramitadas por el responsable municipal de Protección de Datos. Los datos serán suprimidos en el plazo máximo de un mes desde su captación.
La competencia para dictar la resolución que ordene la instalación y uso de estos dispositivos corresponde al alcalde de Granada, aunque está delegada en el concejal del área, César Díaz, que firmó el 5 de mayo un decreto para “autorizar la puesta en funcionamiento y uso de las videocámaras y medios de captación y reproducción de imágenes pertenecientes al Cuerpo de Policía Local o cedidos por otras administraciones públicas, todos ellos móviles, para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico, en las vías urbanas de titularidad municipal” según se recoge en el informe policial. La vigencia de la presente resolución será indefinida en tanto no varíen las circunstancias que la motivaron.
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