Sólo el rejoneador ‘pagará’ por el esperpento del toro y la excavadora

Investigación

El expediente abierto por la Junta exculpa a la presidenta del festejo, al maquinista y al delegado de la autoridad · El informe reprocha que la corrida no se suspendiera para matar al novillo de un disparo

Sólo el rejoneador ‘pagará’ por el esperpento del toro y la excavadora
Sólo el rejoneador ‘pagará’ por el esperpento del toro y la excavadora
Francisco Torres

03 de octubre 2008 - 00:00

La Junta de Andalucía entiende que el rejoneador José Antonio Navarro Esclapez, conocido artísticamente como ‘Navarro Orenes’, cometió una “infracción administrativa grave”, cuando se negó a lidiar un novillo manso el pasado 3 de mayo en la plaza de toros de Píñar. Tras la negativa del jinete, una excavadora salió al ruedo para intentar devolver al animal a toriles.

El expediente informativo abierto por la Junta de Andalucía tras la publicación de la esperpéntica situación en Granada Hoy y granadahoy.com no propone sanción alguna tanto para la presidenta del festejo, María Dolores Álvarez Hurtado –concejala de Cultura de Píñar–, como para el delegado de la autoridad, aunque el informe les realiza distintos reproches. Tampoco se considera que el conductor de la excavadora fuera culpable de la situación, ya que cuando salió con la máquina a la plaza para intentar desalojar al novillo “seguía expresas instrucciones de la autoridad”.

Ahora será la Inspección la encargada de redactar un expediente sancionador que establecerá una posible sanción económica definitiva al rejoneador quien, según el informe, no contestó a los distintos requerimientos del Gobierno andaluz para expresar las causas por las que se negó a lidiar al toro.

No obstante, en distintas partes del documento se alude a un posible problema de visión del astado (‘burriciego’ en la jerga taurina) para justificar la negativa tanto de los toreros como de los rejoneadores a negarse a matar al toro, con cuya vida finalmente acabó Nicolás López Herrera ‘El Nico’, uno de los novilleros a los que, según el expediente, no correspondía su lidia y muerte.

No obstante, a lo largo del expediente, elaborado por la jefatura de servicio de Juego y Espectáculos Públicos, dependiente de la consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, se reprocha también a la presidenta del espectáculo que no diera orden de suspender el festejo y desalojar la plaza portátil para que la Guardia Civil pudiera matar al novillo de un disparo con el arma reglamentaria.

Aunque el redactor del expediente tiene en cuenta que, de tomar esta decisión, “era necesario ponderar la previsible alteración del orden público”, dado que el público estaba notablemente alterado por lo que ocurría sobre el albero, asegura que aunque es “discutible la opción que adoptó, (...) la presidenta no es sujeto al que se pueda imponer sanción administrativa (...) ni tampoco su actuación puede tener cabida en ninguna tipificación” legal.

En cuanto a ‘El Nico’, que finalmente mató al toro a estoque, el expediente refleja que intervenía como director de lidia de la novillada y que en su actuación “no es imputable ninguna infracción administrativa”.

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