El Supremo ratifica la condena a García Chamorro por un delito de injurias
La diputada del PP fue denunciada por el exgerente de Visogsa, José Luis Hernández
Tendrá que pagar una multa de 1.080 euros
Granada/La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de queja interpuesto por Luisa García Chamorro contra el auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial con imposición a costas de la recurrente. De esta forma, según el escrito al que ha tenido acceso Granada Hoy, se confirma la condena a la diputada provincial del PP y exalcaldesa de Motril al pago de una multa por un delito de injurias graves con publicidad contra el exgerente de la empresa provincial de vivienda (Visogsa), el socialista José Luis Hernández, al que acusó de ser "un gerente de farándula, pandereta y despilfarro" y de cometer "desmanes" durante su gestión en esta entidad pública. En la sentencia de la Audiencia, que se dio a conocer el pasado mes de junio, el tribunal estima parcialmente el recurso del exgerente contra la decisión del Juzgado de lo Penal 5 de Granada de absolver, en noviembre del año pasado, a García Chamorro y revoca esa sentencia, condenándola al pago de una multa de 1.080 euros y a la publicación de esta nueva resolución en varios medios de comunicación.
García Chamorro fue denunciada por Hernández por unas declaraciones que se remontan al 16 de noviembre de 2011, cuando siendo ella vicepresidenta primera de la Diputación y consejera delegada de Visogsa ofreció una rueda de prensa sobre unos supuestos gastos del exgerente. Afirmó que éste disponía de una tarjeta Visa Oro, "al margen de su contrato blindado y de un sueldo anual de 60.000 euros", con la que pagó viajes, comidas y hoteles de lujo, además de cargar facturas al concesionario Mazda, cuando la empresa pública no tenía vehículos de esa marca.
El Juzgado absolvió a García Chamorro, que actualmente también es portavoz del PP en el Ayuntamiento de Motril, de los delitos de injurias y calumnias por entender que sus comentarios, que enmarcó en la confrontación entre partidos, no suponían nada "extraordinario" en un contexto de "podredumbre política" en el que son "una constante" conductas como "la descalificación gratuita, el sectarismo o los simples insultos". No obstante, la Audiencia no estuvo de acuerdo con este razonamiento y consideró que hay comentarios que "no han sido acreditados" y exceden la crítica política.
El 4 de octubre la representación de Luisa García Chamorro presentó un escrito en el Registro General del Tribunal Supremo personándose como parte recurrente y formalizando este recurso de queja alegando que "ha de estarse a la fecha de incoación en la Audiencia Provincial del Procedimiento que se pretende recurrir". El Ministerio Fiscal por escrito de 14 de noviembre dictaminó que "la Audiencia actuó con corrección al denegar la preparación del recurso de casación y que, en consecuencia, el recurso de queja no puede ser atendido por faltar las condiciones necesarias para considerar en casación este tipo de resolución.
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