Todas las tiendas de Granada podrán abrir domingos y sin limitación de horario comercial desde el año que viene
Municipal
La Junta ha propuesto ampliar la Zona de Gran Afluencia Turística a toda la ciudad entre abril y octubre y durante dieciséis festivos al año
El Ayuntamiento de la capital y los comerciantes claman contra la imposición de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Granada/La polémica está servida. La Junta de Andalucía ampliará a toda la ciudad de Granada la declaración de Zona de Gran Afluencia Turística, que supondrá que todos los comercios del municipio tengan libertad en su horario comercial, por lo que podrán abrir en domingos y festivos si así lo estiman. La medida entrará en vigor a partir de abril de 2023 y abarcará los meses de la temporada alta hasta octubre, además de dieciséis días festivos que se decidirán a final de este año. Esta es la única concesión a la petición del Ayuntamiento de Granada, que pidió mantener acotada esta zona al entorno de la Alhambra y el Generalife, además del Albaicín, en una medida pensada para favorecer al pequeño comercio frente a las grandes marcas y superficies comerciales, que son las más beneficiadas por la medida. La vigencia, según un documento de la propia delegación de Empleo al que ha tenido esta redacción, tendrá "una vigencia indefinida mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la declaración".
Esta decisión ha sido tomada hoy por el Consejo Andaluz de Comercio a propuesta de la Dirección General de Comercio, un órgano adscrito a la Consejería de Empleo, Empresas y Trabajo de la Junta de Andalucía, y será comunicada de forma oficial al Ayuntamiento de Granada en los próximos días, aunque este ya se ha manifestado en voz del concejal de Turismo y Comercio, Eduardo Castillo, que ha exigido a la Junta rectificar su decisión.
En un informe de la Delegación Territorial de Empleo de Granada remitido al Ayuntamiento de la capital el pasado día 16 de noviembre, y al que ha tenido acceso Granada Hoy, la Junta "no considera justificada" la limitación territorial que solicitaba el Consistorio granadino, que proponía un ámbito territorial Zona de Gran Afluencia Turística limitado al perímetro del Patrimonio de la Humanidad de la Unesco (Alhambra, Generalife y Albaicín). Sin embargo, sí se ha tenido en cuenta la propuesta municipal por los periodos solicitados de los meses de abril, mayo, agosto, septiembre y octubre, y con una vigencia indefinida.
En este informe, Empleo concluye que con respecto al número de alojamientos turísticos existentes en la totalidad del municipio de Granada y una comparativa del porcentaje que se encuentra en la zona a declarar, se comprueba que de los 205 hoteles, 52 se encuentran en la zona a declarar suponiendo un 25,37% de porcentaje. Con respecto a los 101 alojamientos turísticos, 46 se encuentran en la zona a declarar resultando un porcentaje del 45,54%. En total, solamente el 32,03% de establecimientos se encuentran en la zona solicitada y el 67,97% en zonas que se excluyen del municipio, explica la Junta.
Al analizar el número de plazas de alojamiento, el porcentaje disminuye en relación con lo anterior, un 13,67% en el límite establecido con respecto al municipio completo en hoteles y un 35,25% en el caso de los alojamientos turísticos. En total, solamente el 17,21% de plazas de alojamiento se encuentran en la zona solicitada y el 82,79% en zonas que se excluyen del municipio, añade la Junta.
Otros motivos explicados son inmuebles BIC y museos que quedan excluidos con la limitación espacial de la Zona de Gran Afluencia Turística. Los bienes inmuebles BIC del municipio completo son 121, de los que 37 se encuentran en la zona solicitada suponiendo un porcentaje de 30,57% y un 69,43% en zonas que se excluyen. Los museos totales del municipio son 25 de los que 15 se encuentran en la zona Patrimonio Mundial. Este dato supone un 60%, excluyéndose el 40%, expone el documento.
La Junta desvela que el Ayuntamiento no ha aportado datos sobre ubicación y número de establecimientos comerciales y grandes superficies minoristas de la zona a declarar. Hace pocas fechas, el Consistorio anunció que llevaría a cabo un inventario para conocer el profundidad cuántos comercios y negocios existen en la ciudad, sobre todo en el casco histórico.
"La solicitud que realizó el Ayuntamiento de Granada contiene una limitación temporal de los meses de abril, mayo, agosto, septiembre y octubre. Dicha limitación corresponde a los meses de mayor número de pernoctaciones, y obtenidas de la media de los años 2017, 2018 y 2019, según establece la disposición adicional única del Real Decreto Ley 1/2022, de 18 de enero. Los datos se han obtenido del Instituto Nacional de Estadística y se corresponden con los meses que superan la media, por lo tanto dicha limitación temporal se considera acreditada", añade la delegación en su escrito. En cuanto a la limitación territorial propuesta por el Ayuntamiento, tampoco queda documentada ni justificada la exclusión de otras zonas del municipio distintas de las propuestas.
Por lo tanto, insiste la Junta, se ha aprobado que el ámbito territorial sea el término municipal completo, durante los meses de abril, mayo, agosto, septiembre y octubre, con una vigencia indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la declaración.
La declaración de Zona de Gran Afluencia Turística "no es una cuestión de ámbito regional, sino estatal", explica la Junta en su documento. Explícitamente alude a la Ley Básica Estatal, Artículo 2 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, modificado por el Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo, que establece que, a efectos de horarios comerciales, los establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados radicados en una ZGAT tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura al público, en los periodos del año aprobados en la declaración de zona de gran afluencia turística.
"La misma Ley recoge en el Artículo 13 de Decreto 2/2014 que, en los municipios con más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior o que cuenten con puertos en los que operen cruceros turísticos que haya recibido en el año inmediato anterior más de 400.000 pasajeros, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística", añaden.
Es decir, los municipios que cumplen estos requisitos objetivos son considerados como ZGAT, si bien el ayuntamiento puede solicitar la restricción de las zonas y también de los meses en los que se puede aplicar esta libertad horaria comercial. "De no solicitar esta declaración el propio municipio, la Junta de Andalucía ha de actuar de oficio, pues según la ley estatal, se declararía todo el municipio la libertad horaria para los todos comercios durante todo el año", explican desde Empleo y Empresa.
"Subrayo que la declaración de ZGAT es una cuestión estatal, y que desde la Junta de Andalucía, apoyamos y defendemos el modelo comercial andaluz, donde conviven diferentes formatos y canales, y también garantiza y vela por los derechos de los consumidores", afirma el delegado de Empleo en Granada, Javier Martín.
El responsable político "lamentaría" que se quiera "manipular a la opinión pública, responsabilizando a la Junta de actuaciones que van en contra de los intereses del sector comercial, pues lo que hace es aplicar una ley de ámbito estatal, apoyando a los ayuntamientos para que pueda restringirse dicha libertad horaria a los meses en los que objetivamente hay más afluencia turística", finaliza el documento.
Apelamos a que se actúe responsablemente, pues la norma es de obligado cumplimiento, como así avalan sentencias del TS de Justicia, que se han pronunciado cuando ha habido una interpretación que no coincide con lo establecido en la ley, como en el caso de Cádiz.
Desde la Junta de Andalucía seguiremos trabajando de la mano del sector comercial, atendiendo a sus demandas y mediando en lo posible para que estas actuaciones repercutan favorablemente en el consumo y, por tanto, en beneficio de las empresa y autónomos, contribuyendo así a su desarrollo económico y a la creación de empleo.
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