Uber reclama su "carácter de servicio público" para circular por el centro

La compañía estima que la propia ordenanza municipal considera "vehículo autorizado" a los que tienen esta concesión, por lo que "no es legal" que les prohiban circular por la calles restringidas

Un taxi de Granada, con su placa de Servicio Público, circula por Reyes Católicos, vía restringida al tráfico desde las 7:30 horas.
Un taxi de Granada, con su placa de Servicio Público, circula por Reyes Católicos, vía restringida al tráfico desde las 7:30 horas. / Carlos Gil
J. J. Medina

13 de octubre 2018 - 02:38

Granada/Uber sigue sin tener fecha de entrada en funcionamiento en Granada. Las trabas que se están encontrando los conductores de la compañía para operar en la capital y poder circular por las calles restringidas al tráfico en el centro de la ciudad están retrasando su aterrizaje. Una serie de dificultades que están abocando la situación a acabar en los tribunales. El asesor jurídico de la compañía, José Andrés Díaz, explicó ayer a esta redacción que el Ayuntamiento no puede vetar la entrada de los VTC de Uber en el corazón de la ciudad porque estaría "retorciendo" su propia normativa para denegar el acceso de estos vehículos.

En concreto, el letrado ahondó en el concepto de servicio público que tienen concedidas las licencias de vehículos de alquiler con conductor, que son las que usan Uber y Cabify como intermediarias a través de su aplicación. Los coches con los que trabajan ambas compañías cuentan con autorizaciones administrativas, en este caso andaluza, que les permiten tener la consideración de servicio público. "La ley de transportes establece que todos lo vehículos de transporte discrecional de viajeros es un servicio público", explicó el asesor jurídico de Uber, para quien la normativa granadina permite entonces que estos coches puedan circular por el centro de la ciudad.

La empresa quiere que el Ayuntamiento se reúna con las asociaciones del sector

La ordenanza reguladora de las zonas de acceso restringido y carriles de circulación especialmente protegidos de Granada, cuya última modificación data de julio de 2016, establece que el objetivo de las prohibiciones para conducir por calles como Gran Vía, Reyes Católicos o Recogidas es "garantizar una mejor calidad ambiental". Además, la norma incluye una mención explícita a la conservación del "patrimonio histórico-artístico de la ciudad" y "la prestación de los servicios públicos".

Según esta normativa, cuentan con autorización para circular por estas calles vehículos de residentes, propietarios de viviendas y cocheras y sus arrendatarios, personas con movilidad reducida, residentes con atención familiar por dependencia y establecimientos hoteleros, entre otros como vehículos oficiales o de empresas suministradoras.

De esta forma, la empresa considera que "la normativa granadina ya permite que cualquier servicio público se considere vehículo autorizado". Pero es en el apartado 6 y 8 donde surgen las dudas y las interpretaciones.

En el primero de ellos, destinado a accesos puntuales a zonas restringidas, aparece la única referencia explícita a las VTC: "Se podrá conceder una autorización especial dependiendo del hecho en cuestión a vehículos de alquiler con conductor que presten servicios en la ciudad de Granada", reza en el punto E. Sin embargo, la compañía aduce que una licencia VTC cuenta "como servicio público", lo que llevaría al artículo 8 de la normativa, que es al que se aferra Uber. En este se dice que no necesitarán acogerse a un procedimiento de concesión de autorización para circular por el centro a vehículos destinados a taxi.

"No es legal que no nos dejen circular porque la ordenanza reguladora de las zonas restringidas para el servicio público permite al taxi no pedir autorización. El servicio VTC está obligado a tener un distintivo autonómico en el parabrisas delantero, con lo que estamos identificados, y si quisiéramos bastaría con poner la placa SP en el frontal del vehículo de acuerdo a la normativa de tráfico y seguridad vial", explicó José Andrés Díaz.

El letrado sentenció que "están retorciendo la normativa para hacer interpretaciones leoninas y no dejar pasar. Una cosa es que no deje pasar a un coche particular y otra que un servicio público, con autorización administrativa de la Junta de Andalucía, no le dejes pasar por proteger el servicio del taxi, cuando el ciudadano es quien decide en qué se gasta su dinero". Asimismo, afirmó que siguen a la espera de mantener una reunión con el Ayuntamiento de Granada. Como arma tienen los precedentes, como el del Juzgado de lo Contencioso número 10 de Madrid, que revocó la limitación que puso el Consistorio a las VTC para circular por la Gran Vía madrileña el año pasado.

Dudas sobre la aplicación de multas en la norma

El asesor jurídico de Uber también tiene dudas de la normativa sancionadora del Ayuntamiento de la capital sobre la aplicación de multas. "La restricción de vías le corresponde al Estado y el Ayuntamiento aplica la normativa estatal", explicó José Andrés Díaz, para quien "la ordenanza de las áreas restrictivas de Granada no establece la aplicación de la normativa sancionadora del Estado". Según el abogado, el Consistorio "se inventa un procedimiento administrativo sancionador totalmente distinto" al estatal, lo que "vulnera la normativa de tráfico y seguridad vial en el procedimiento sancionador de Granada". "Es competencia del Estado aplicada por los Ayuntamientos", recalcó.

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