Cinco años de cárcel y bronca del juez para Juana Rivas

Sentencia para Juana Rivas

El magistrado cree que la madre de Maracena usó la "excusa" de los malos tratos para obtener la custodia de sus hijos

Severos reproches por el "escarnio" a Arcuri

Juana Rivas fue juzgada el pasado 18 de julio, mismo día en el que el juez fechó su sentencia.
Juana Rivas fue juzgada el pasado 18 de julio, mismo día en el que el juez fechó su sentencia. / G. H.
Lola Quero

28 de julio 2018 - 02:32

El juez Manuel Piñar no cree a Juana Rivas. Esta mujer, que durante el verano del año pasado parecía haberse convertido en bandera de la lucha contra los malos tratos en España, acaba de ser condenada a 5 años de prisión por dos delitos de sustracción de menores. También pierde la patria potestad de sus hijos durante 6 años. El magistrado ha dictado una dura sentencia en la que, además, reprende a la acusada por "arengar a una multitud irreflexiva y visceral" para hacerla "cómplice" de su causa.

Esta madre de la localidad granadina de Maracena dejó la residencia familiar de Italia en 2016 y vino a España con los dos menores a pasar unas vacaciones de un mes, periodo que fue alargando hasta que decidió quedarse definitivamente. Siempre argumentó, incluso haciendo uso de su última palabra en el juicio, que alejó a los niños de su padre y se resistió a entregárselos cuando la justicia se lo ordenó para protegerlos de la supuesta violencia familiar que padecían. Pero el magistrado Piñar desmonta ahora esa versión, la acusa de actuar con "renuente cinismo" y la reprende por las "graves afrentas al honor de Francesco", su expareja.

El magistrado del Juzgado de lo Penal 1 de Granada dictó su sentencia de 13 folios el mismo día de la celebración del juicio, el 18 de agosto pasado. En ella argumenta que esas denuncias de Juana Rivas por malos tratos supuestamente recibidos del italiano Francesco Arcuri, no son más que una "excusa" urdida por la acusada para quedarse con los dos niños en España.

"Los hechos muestran que ella decide separarse en el verano de 2016 y por sí misma o porque alguien la asesora, se percata de que hay un escollo importante con la guarda y custodia de los dos niños y para obtenerla a su favor decide explotar el argumento del maltrato", expone el juez en una sentencia demoledora para la acusada. Frente a la postura de la magistrada que llevó la instrucción del caso (que trató de orillar la cuestión de la violencia doméstica, por considerarlo algo ajeno al asunto de la desobediencia de Juana Rivas a la justicia), este magistrado sí ha entrado en el fondo de ese tema y ha sentenciado que, en su opinión, las denuncias no tenían fundamento. "Salvo el episodio de malos tratos ocurrido en 2009 (por el que Arcuri fue condenado antes de tener a su segundo hijo juntos), no se ha acreditado ningún otro posterior", expone la sentencia.

La sentencia está fechada el 18 de julio, el mismo día en que se celebró el juicio

La juez Piñar considera probado que la acusada llegó a Granada el 18 de mayo de 2016 con el argumento de visitar a la familia, pero que su intención era la de quedarse en España con sus hijos. Fue poniendo excusas para no volver, hasta que en agosto de ese año le comunicó al padre de los niños que no iba a regresar al domicilio de Carloforte, pocos días después de haber presentado en Granada una denuncia por supuestos malos tratos

contra él, en relación a hechos que habrían sucedido durante el tiempo de convivencia en Italia.

"El juez desliza que Rivas recibió una ayuda "de las que se conceden a mujeres maltratadas"

La condena impuesta por los delitos de sustracción de menores tiene una doble aplicación. Por un lado, la decisión de Rivas de quedarse con los niños en España desde que llegó en 2016, sin el consentimiento del padre, sería motivo suficiente para aplicarle ese artículo del Código Penal. Pero además, a lo largo de 2017 la acusada hizo caso omiso de varias resoluciones judiciales que le ordenaban la entrega de sus hijos al padre, en respuesta al procedimiento de devolución iniciado por Arcuri en Italia, en aplicación del convenio de La Haya. Juana llegó a estar en paradero desconocido con sus hijos durante todo el mes de agosto pasado, un periodo en el que fue buscada por la Guardia Civil en media docena de paraderos diferentes. Finalmente entregó a sus hijos el 28 de agosto del año pasado y desde entonces viven en Italia con su padre, donde hay abierto un proceso judicial por la custodia de los menores. Con esta sentencia, Juana Rivas ya ha perdido hasta la patria potestad durante los próximos seis años, salvo que eventuales recursos a instancias superiores anunciados ayer mismo sirvan para cambiar la situación.

Rivas también tendrá que pagar las costas del juicio e indemnizar con 30.000 euros al padre de los niños, según la condena impuesta por el juzgado granadino. El juez ha sido especialmente duro con la acusada en lo tocante al "escarnio" y a los "ataques" que con sus denuncias habría hecho a la "dignidad y honor" de Francesco Arcuri. "Predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia e, incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una conducta firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral (…) es una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos como el honor", reprende el magistrado a Juana Rivas.

El magistrado impone a la acusada la máxima pena solicitada por las acusaciones (la Fiscalía y el letrado de Arcuri) de 5 años de prisión, aunque desliza que podría haber sido mayor. Destaca que para este tipo de delitos se suele admitir una graduación de la pena en función de la intensidad del ataque al bien jurídico protegido. "Y en este caso la intensidad es en grado supremo, pues los menores y padre quedaron privados de verse durante más de un año". Además, añade como circunstancia añadida las "graves afrentas al honor" de Arcuri, que a su juicio pueden ser perjudiciales también para los niños en el futuro, cuando sean conscientes de las denuncias con las que Juana Rivas habría "vilipendiado" a su padre.

Los reproches a Juana Rivas llegan a tal punto, que el magistrado deja caer en su sentencia un posible motivo económico de la acusada para haber denunciado al padre de sus hijos por violencia en la familia. Cuando el juez Piñar recuerda que la denuncia de la acusada por malos tratos fue remitida a Italia, añade: "sin que conste que se haya tramitado la misma, ni haya surtido otro efecto, aunque Juana Rivas obtuvo una ayuda en España de las que conceden a mujeres maltratadas".

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