El antiguo Oxipharma deberá pagar 400.000 euros a sus jugadores

Un juzgado de lo Social condena también al hijo del presidente del desaparecido club y a la empresa patrocinadora Da por extinguida la relación laboral

Imagen de archivo de los jugadores con el entrenador durante un partido disputado en 2011 contra el Hospitalet.
Imagen de archivo de los jugadores con el entrenador durante un partido disputado en 2011 contra el Hospitalet.

Nueve jugadores del desaparecido Club Deportivo Oxipharma Fútbol Sala, y el que fuera su entrenador, Bruno García, acaban de lograr una auténtica victoria, pero no en una pista, sino en los tribunales. El Juzgado de lo Social 7 ha reconocido su derecho a percibir un total de 402.000 euros en indemnizaciones debido a la extinción de sus contratos por incumplimiento empresarial, ya que no fueron llamados a jugar en la temporada 2012/2013 a raíz de las desavenencias que surgieron entre el club y el Ayuntamiento sobre el uso del Palacio de Deportes de la capital.

La sentencia estima las demandas de los jugadores afectados y de su entrenador, y condena en concreto al club, a la empresa patrocinadora (Oxipharma S.L.) y al hijo del presidente del club, José Antonio Murado, a que abonen dicha cantidad "solidariamente".

La resolución se produce después de que el pasado 11 de febrero se celebrase un juicio en el complejo judicial de La Caleta para valorar las pretensiones de los deportistas, que han estado representados en el proceso por los letrados José Carlos Cano y Manuel Ramírez.

El juzgado considera probado que los demandantes prestaron sus servicios como jugadores profesionales de fútbol sala para los codemandados durante la temporada 2011/2012, y que sus sueldos oscilaban entre los 1.200 euros y los 4.000 euros.

Los contratos que les hizo el club, que en aquellas fechas se denominaba Club Deportivo Construcciones Rodríguez, se firmaron en distintos días del mes de julio de 2011 y eran contratos "como deportistas profesionales, bajo el nombre contratos para jugador de fútbol sala".

A algunos de los jugadores se les contrató solo para la temporadas 2011/2012 y 2012/2013, mientras que con otros se suscribió contrato también para la temporada 2013/2014. En esas fechas, Oxipharma S.L., empresa dedicada a la fabricación, distribución, venta y suministro de gases medicinales e industriales, firmó asimismo con el club un contrato de patrocinio.

Durante la temporada 2011/2012, los deportistas demandantes jugaron en Segunda División, con el nombre comercial de Oxipharma F.S., si bien consiguieron el ascenso a Primera y el club pasó a denominarse CD Oxipharma F.S.

Sin embargo, "pese a que las expectativas públicas, y también las privadas de los jugadores, eran que el CD Oxipharma jugase en Primera División para la temporada 2012/2013, el club no efectuó inscripción alguna en la mencionada liga", recuerda la sentencia. El motivo: las desavenencias surgidas entre la empresa Oxipharma y el Consistorio sobre la asunción de los gastos derivados del uso del Palacio de Deportes, donde se habían previsto los entrenamientos y los partidos del equipo.

El juzgado cree que ciertamente se incumplieron los contratos y declara extinguida la relación profesional de los jugadores y el entrenador con consecuencias equivalentes a un despido. Además, incluye entre los condenados a la empresa patrocinadora al entender que "no estamos ante un mero contrato de patrocinio".

También condena a José Antonio Murado (hijo del presidente del club), pues concluye que su familia, y en concreto él, era "el verdadero empleador" de los jugadores, pues fue "quien contrató en nombre del club los contratos profesionales de los futbolistas".

Contra el fallo cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), aunque para poder recurrir, según subrayaron las fuentes judiciales consultadas por este diario, los condenados habrían de consignar en la cuenta del juzgado "la cantidad objeto de condena", pudiendo abonarse en metálico o mediante aval bancario.

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