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La actividad de los artistas urbanos, que hacen de las calles sus teatros, salas de conciertos o de exposiciones, se recupera en Granada tras la pandemia y vuelven a autorizarse en niveles similares a antes del Covid. Según los datos del Ayuntamiento de Granada, para este primer semestre del año (se conceden los permisos por semestres) se han autorizado hasta 167 artistas urbanos, una cifra ya cercana a la media prepandemia, que estaba en unas 200 autorizaciones por semestre en la capital.
Según el listado del servicio de Ocupación de Vía Pública, son 167 los artistas urbanos que tendrán permiso para desarrollar sus actividades creativas en alguno de los 31 puntos fijados en en el Centro de la capital y en los barrios del Albaicín o el Realejo desde el 1 de enero al 30 de junio.
En el primer semestre suele haber más solicitudes ya que coincide con el buen tiempo de la temporada de primavera y el inicio del verano. Con todo, todavía no se alcanzan las cifras de 2018, con 286 permisos, y 2017, con 243.
Durante el primer semestre de 2020, en los tiempos más duros de la pandemia, se suspendieron los permisos a los artistas urbanos y se recuperaron en el segundo semestre. Entonces, sólo se concedieron 59, por lo que la actividad se va recuperando.
El Ayuntamiento de Granada es el encargado de conceder las autorizaciones a estos artistas urbanos para la ocupación de la víapública que requiere su actividad, que está regulada para garantizar también la compatibilidad de su actividad con el descanso vecinal o la actividad comercial, por ejemplo. Los controles los hacen desde el área de Ocupación de Vía Pública, que recibe las solicitudes y las tramita.
Con el objetivo de regular esta actividad, existe un acuerdo municipal de la Junta de Gobierno Local de 2016 sobre artistas urbanos, que regula también el tipo de exhibición que se puede realizar, como por ejemplo la música. También las prohibidas, como las actividades que contengan fuego por su peligrosidad, así como el uso de objetos punzantes o contundentes que supongan riesgo para las personas.
En el caso de los músicos, por ejemplo, no se pueden formar grupos con más de 4 personas y se les da un tiempo y horario para su actividad que compatibilice el descanso vecinal y la actividad comercial cercana con su fin recaudatorio que es el que lleva a que pidan esta autorización para actuar en la calle. Así, la ordenanza indica que las ocupaciones de vía pública como músicos podrán ser autorizadas siempre y cuando el solicitante se comprometa a que por su localización , horarios, intensidad, persistencia o contenido no genere molestias a los ciudadanos.
Este acuerdo regula ocupaciones no recogidas en las ordenanzas municipales como los mimos, músicos (grupos o solistas), marionetas o teatros, globoflexia, pompas de jabón, malabares o danza. Además, se advierte de que la autorización puede ser anulada o modificada en cualquier momento por causa justificada sin que el titular tenga derecho a indemnización o compensación alguna. Las autorizaciones son intransferibles y personales y se tienen que llevar encima para mostrar a la autoridad municipal.
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