La Audiencia de Granada anula el auto que procesó a la excúpula de Urbanismo en la pieza San Jerónimo

La decisión responde al recurso presentado por una de las defensas contra el auto de procedimiento abreviado en este proceso

Recta final del caso Nazarí: La jueza procesa a la cúpula de Urbanismo de Granada por "organización criminal" y otros diez delitos

Sede del TSJA y la Audiencia Provincial de Granada / R. G
Redacción Granada

01 de noviembre 2024 - 11:46

Granada/La Audiencia de Granada ha anulado el auto mediante el cual la jueza del caso Nazarí había procesado a la exconcejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Granada, Isabel Nieto (PP), junto a tres exdirectivos de esta área, en la pieza separada conocida como 'expediente San Jerónimo'. En esta investigación se han examinado presuntas irregularidades en la concesión de la licencia de primera ocupación para el residencial 'Ciudad de la luz'.

La decisión de la Audiencia responde al recurso presentado por una de las defensas contra el auto de procedimiento abreviado en este proceso. Además, se prevé que esta resolución implique la anulación de la última decisión adoptada recientemente por el juzgado de instrucción: la apertura de juicio oral contra los cuatro implicados en esta causa por un presunto delito de prevaricación urbanística.

Se trata de Isabel Nieto; el que fuera director de Obras Municipales, Manuel Lorente; el exdirector general de Licencias, E.M.H., y un arquitecto jefe del servicio de Obras por delitos de prevaricación urbanística.

La Sección Primera de la Audiencia ha dado la razón a la defensa de los tres primeros acusados, que ejerce el letrado Ernesto Osuna, "revocando y dejando sin efecto alguno" el auto de procedimiento abreviado para que las acusaciones se atengan a una resolución previa de este mismo tribunal en la que se fijó que los únicos hechos constitutivos de delito serían los referidos a la concesión de primera ocupación para las 300 viviendas, locales, aparcamientos y trasteros de este residencial.

Con ello, la causa se limitaría a un posible delito de prevaricación administrativa genérica, el cual carece de responsabilidad civil y por tanto tampoco corresponde la fianza de 1,8 millones que la jueza fijó para los acusados en el auto de apertura de juicio oral del pasado octubre, cuya próxima anulación esperan las partes.

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