La Audiencia de Granada confirma que la denuncia de malos tratos del hijo menor de Juana Rivas debe investigarse en Italia
El auto resuelve el recurso presentado por la madre y su primogénito, quienes habían insistido en que fuera el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 el encargado de investigar
La defensa de Juana Rivas vuelve a recurrir la sentencia que concede la custodia del hijo menor a Arcuri

La Audiencia Provincial de Granada ha confirmado el auto del Juzgado de Instrucción número 9 de Granada que acordó el pasado mes de febrero la remisión del expediente judicial del hijo menor de Juana Rivas a la Corte de la ciudad italiana de Cagliari para que se sigan investigando los presuntos malos tratos que el menor habría recibido de su padre, Francesco Arcuri, que ostenta la custodia por decisión judicial, según ha dado a conocer el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El auto, emitido el pasado 21 de marzo por la Sección Segunda de la Audiencia y al que ha tenido acceso este periódico, resuelve de forma definitiva el recurso presentado por la madre y el hermano del menor, quienes habían insistido en que fuera el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Granada el encargado de investigar los presuntos malos tratos sufridos en la localidad italiana de Cagliari, como reconoció el Juzgado de Instrucción de la capital.
El hecho de que optaran por este tribunal, recoge el auto, se debería a que tanto Rivas como su hijo Daniel consideran que los hechos denunciados constituirían un delito continuado en el que las víctimas no solo eran el menor, sino también la propia madre, en un caso por "transferencia de violencia vicaria de los daños físicos y psíquicos inflingidos al menor por parte de su padre" y, por tanto, competencia de un juzgado especializado en violencia de género en el lugar de residencia de la víctima.
La Audiencia rechaza esta pretensión al recordar que los hechos expuestos en la denuncia interpuesta ante el Juzgado de Guardia que acordó la permanencia del menor en Granada se referían únicamente a malos tratos hacia el menor. "En ninguna parte de la misma se alude a la circunstancia de que la intención del denunciado fuese la de causar, de manera directa o indirecta, mediante esos malos tratos y amenazas lesión alguna" a la madre granadina, subrayan los magistrados.
El auto explica que los supuesto hechos tuvieron lugar en territorio italiano y que Rivas "habría tenido conocimiento de los mismos una vez que el menor vino a España" durante las pasadas vacaciones de Navidad y "en ningún momento" el menor explicó a la magistrada de guardia que su padre le ordenara contar los malos tratos a su madre para "causarle el daño psicológico a que hace referencia".
Finalmente, el auto recuerda que el Ministerio Fiscal "cuya actuación tiene por objeto salvaguardar los intereses del menor" ya había informado que la competencia "para depurar los hechos denunciados" corresponde a la Corte de Cagliari y añade que el Juzgado de Violencia de Granada acordó el sobreseimiento de la denuncia interpuesta por la madre y el hermano del menor. También, recogen los magistrados el decreto de la Sección Civil de la Corte de Apelación de Cagliari dictado el 30 de enero de este año en el que se ordenaba "con el fin de "que Juana Rivas disponga de inmediato que el menor [...] regrese a Caloforte a la residencia de su padre".
Tras conocerse la noticia, la defensa de Rivas mantiene la cautela, y prefieren esperar al próximo día 17, cuando "determinen que Arcuri va a juicio", según explica Carlos Aránguez. Por su parte, la defensa española de Arcuri, prefiere no hacer declaraciones al respecto, y se remiten a la sentencia del 18 de febrero, dictada por la justicia italiana, en la que se asignaba la custodia exclusivamente al padre.
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