La Universidad de Granada inicia el cierre de diez días, pendiente de la confirmación judicial
Circular de la UGR a las facultades en la que da instrucciones para cerrar a partir de mañana a las 8 horas
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ya ha especificado las medidas que se adoptan desde el jueves 15 de octubre en la Universidad de Granada tras el cierre que anunció el martes la Junta. Anteriormente la UGR remitió a los decanos la información de que, finalmente, la actividad docente se suspenderá 10 días y no 15 como anunció el consejero de Presidencia, Elías Bendodo y como finalmente ha confirmado el BOJA.
Según la circular, la actividad presencial se suspende para pasar a las clases presenciales desde mañana jueves 15 de octubre a las 8 horas, y se retomarán el día 26 de octubre a la misma hora, por lo que el 'confinamiento' de la Universidad de Granada queda finalmente en 10 días, aunque en cuanto a los días lectivos al final sólo serán 7 con las puertas de las facultades cerradas.
"La actividad docente e investigadora, al igual que la administrativa y de gestión de la UGR, seguirá con toda normalidad en todos los centros de la Universidad", continúa el comunicado interno de la institución académica.
Estas son las medidas que ha publicado la Junta en el BOE.
Suspensión de clases presenciales
Los centros docentes universitarios de Granada no podrán impartir clases presenciales, sustituyéndose estas, en su caso, por clases on line. Podrán ser presenciales las prácticas experimentales de laboratorio, las prácticas en el sistema sanitario público andaluz, las actividades «practicum», las prácticas de campo, así como aquellas prácticas insustituibles y no prorrogables.
No se permitirá la apertura de los distintos servicios que preste la Universidad de Granada, a excepción de la apertura de comedores universitarios para dar servicio de comidas para llevar a los becarios. También se permitirán las competiciones deportivas universitarias sin público.Las residencias universitarias y colegios mayores de Granada cerrarán diariamente a las 22:00 horas.
Régimen sancionador
El incumplimiento de las medidas de prevención quedará sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y al régimen sancionador establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía ante el COVID-19.
Ratificación judicial
De conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2007, de 2 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, dese traslado al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en orden a solicitar la ratificación judicial prevista en el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Efectos
Esta orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, siendo de aplicación sus medidas por un período de 10 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación, pudiendo ser prorrogadas dichas medidas si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica.
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