Condenado a tres años de cárcel por ser miembro del tribunal de las oposiciones de una alumna

Fue el marido de la aspirante quien informó de lo ocurrido después de ver los e-mails entre su esposa y el acusado

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Una estudiante realiza un último repaso antes de unas oposiciones en una imagen de archivo. / Alejandro Martínez / EP

Granada/La Audiencia de Granada ha condenado a tres años de prisión a un hombre acusado de formar parte del tribunal de unas oposiciones a maestro a las que se presentó una alumna suya sin que él informara en ningún momento de esta incompatibilidad para evitar que le excluyeran del proceso.

 Fue precisamente el entonces marido de esta aspirante quien informó a la Consejería de Educación de esta circunstancia cuando conoció los correos electrónicos cruzados entre su esposa y el acusado al acceder al ordenador de uso familiar que había en el domicilio conyugal, según se desprende de la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

 La Sección Primera de la Audiencia le condena por un delito de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público después de que actuara como secretario en este proceso selectivo, en la especialidad de inglés. Las pruebas comenzaron el 24 de junio de 2017 y se desarrollaron hasta finales del mes de julio de ese año.

 El acusado ostentaba la condición de funcionario público y las declaraciones que llevó a cabo sobre su compatibilidad para formar parte del tribunal las realizó en ese ámbito, en tanto que únicamente su condición de funcionario le permitían acceder a ser miembro del tribunal.

 Concretamente, firmó una declaración en la que manifestaba no hallarse incurso en ninguna de las circunstancias por las que la ley del Régimen Jurídico del Sector Público impide ser parte de un tribunal, ni haber realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores.

 Asimismo, firmó una declaración en la que manifestaba no tener conocimiento de incurrir en ninguna de las causas de abstención previstas en la mencionada ley, figurando expresamente en el documento el tener amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los aspirantes.

 No obstante, desde aproximadamente el mes de marzo de 2017, el acusado venía prestando asistencia docente en la preparación de la oposición a una de las aspirantes; haciéndolo, además, en el tribunal del que el acusado era secretario, circunstancia que "era plenamente conocida" por él cuando realizó firmó las declaraciones anteriormente citadas.

 Esta circunstancia fue puesta de manifiesto a la Consejería de Educación y Deporte por el entonces marido de esta alumna, que conoció los correos electrónicos cruzados entre su esposa y el acusado al acceder al ordenador de uso familiar que había en el domicilio del matrimonio, para lo que no era necesario utilizar clave o contraseña alguna.

 El acusado y la opositora mantuvieron contacto telefónico durante varios de los días en que se estaba desarrollando el proceso selectivo; también antes y después de las pruebas, según se agrega en la sentencia, que también condena a este funcionario al pago de una multa de 10.800 euros y a inhabilitación especial para empleo o cargo público durante dos años. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)

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