Condenado a cárcel un conductor que mató a dos personas y alegó que estaba borracho como atenuante
Tribunales
En el suceso, ocurrido en la localidad de Baza en 2017, murieron las dos personas golpeadas por el vehículo que conducía el condenado, al que le TSJA le ha ratificado la pena de prisión
El jurado popular declara culpable al conductor ebrio que mató a dos jóvenes en Granada
Granada/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena a tres años y tres meses de cárcel para un conductor ebrio que provocó un accidente con dos fallecidos en Baza (Granada), condenado que pidió una rebaja de la pena al considerar que esa embriaguez debía ser un atenuante.
La sentencia del alto tribunal andaluz ha desestimado los recursos presentados por la defensa de un conductor condenado por causar un accidente con dos fallecidos y una tercera persona herida cuando circulaba ebrio por la A-92 en el Norte de la provincia.
Entre otros recursos, el condenado había solicitado varias atenuantes, incluida una rebaja de la pena por embriaguez a la que el TSJA ha contestado en la sentencia que es "palmaria" la imposibilidad de aplicarla en un delito contra la seguridad del tráfico. El fallo del TSJA confirma la sentencia dictada por la Audiencia de Granada después de que el jurado popular encargado de la causa emitiese, en diciembre de 2022, un veredicto de culpabilidad.
Los hechos se remontan al 11 de septiembre de 2017, fecha en la que el condenado compartió un día de feria con su tío, una jornada que ambos comenzaron sobre las 14:00 horas y en las que consumieron cerveza, con y sin alcohol, según testificó en el juicio el acusado.
Tras salir del ferial, ambos estuvieron en una estación de servicio ubicada en la A-92, donde el conductor se tomó "una jarrita de cerveza" con alcohol antes de subirse a su vehículo, con el que tuvo un accidente en el que murieron dos jóvenes y una tercera resultó herida, los tres de entre 20 y 22 años.
Durante el juicio, el condenado dijo que estaba "perfectamente" para subir al coche, negó que condujera con exceso de velocidad y argumentó que se marchó del lugar del accidente sin prestar auxilio a las víctimas porque ya había mucha gente auxiliando.
La sentencia ahora confirmada condenó al conductor a tres años y tres meses de prisión por un delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol en concurso con otros dos delitos de homicidio imprudente y un delito más de lesiones imprudentes.
El condenado se marchó del lugar de los hechos después del accidente y dejó allí a su tío, que inicialmente fue detenido como conductor del coche. La sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, lo condena además a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por cuatro años y nueve meses, lo que se traduce en la pérdida definitiva del carné de conducir.
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