El Consultivo obligará al SAS a indemnizar a una mujer de Granada por quedarse embarazada pese a tener un DIU

La paciente tuvo que dar a luz después de que se le practicara un aborto fallido en el Virgen de las Nieves

La mujer padece una enfermedad cardiaca que empeora en casos de embarazo

El Clínico San Cecilio de Granada y un grupo de pacientes dermatológicos trabajan para mejorar la asistencia en dermatitis atópica y psoriasis

Sede del Consejo Consultivo de Andalucía
Sede del Consejo Consultivo de Andalucía / G. H.
Efe

10 de agosto 2024 - 15:52

Granada/El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) tendrá que indemnizar a una paciente que se quedó embarazada pese a contar con un DIU como anticonceptivo y a la que practicaron un aborto fallido, por lo que tuvo un bebé que empeoró la patología cardiaca que sufría.

Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe en el que parcialmente atiende las peticiones de la paciente, que solicitó una indemnización de 220.000 euros que se ha reducido a la concesión de 26.000.

El dictamen del Consultivo, al que ha tenido acceso Efe, explica que la paciente fue en 2018 diagnosticada de una grave patología cardíaca -síndrome de Loeys-Dietz- por la que tuvo que ser operada y por la que lleva un marcapasos, una dolencia que empeora con los embarazos.

Decidió en febrero de 2019 implantarse un DIU como método anticonceptivo, pese a lo que en agosto de 2020 supo que estaba embarazada, consultó el dato con un ginecólogo y un cardiólogo y decidió poner fin a la gestación.

Se sometió entonces a un legrado y a una ligadura de trompas bilateral practicadas en el Hospital Virgen de las Nieves de Granada, un aborto y una medida para evitar nuevos embarazos.

Sin embargo, tuvo que volver al servicio de Urgencias del mismo hospital en noviembre de ese año porque tenía molestias, momento en el que le comunicaron que estaba embarazada de entre 18 y 19 semanas.

El embarazo no deseado se produjo por fracaso de la implantación del método anticonceptivo (DIU) y un fallido aborto, por lo que tuvo un bebé sietemesino que empeoró su estado de salud y que también sufre las misma enfermedad cardíaca que la paciente.

Ella ha reclamado también por su bebé, aunque el Consultivo ha rechazado la indemnización por los derechos del bebé sin entrar en el fondo por la jurisprudencia del 'wrongful life'.

Aunque el hospital apuntó que la tasa de éxito de un aborto es del 98 %, el Consultivo ha reconocido que le llama la atención que ese dato no se especifique en la documentación que se ofrece a los pacientes ni se haga referencia entre los riesgos que después del legrado el feto puede seguir vivo.

Además, en el expediente de la operación aparece un consentimiento informado de la enfermedad, pero no está firmado por la interesada.

Con estos datos, el Consejo Consultivo ha considerado que se ha ocasionado un daño moral por la falta de consentimiento informado que se suma a un déficit asistencial, por lo que el SAS deberá indemnizar a la paciente con 26.000 euros.

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