El nuevo decreto de escolarización mantiene la opción de suprimir la ESO en las escuelas rurales de Granada

decreto de escolarización

Es una de las claves del documento, que también recoge que la nota media se valore a la hora de acceder a Bachillerato

Imagen de archivo de la publicación de las listas baremadas.
Imagen de archivo de la publicación de las listas baremadas. / R. G.

El pasado 17 de febrero, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 21/2020, el rebautizado como decreto de escolarización, y se abrió la puerta a una nueva polémica educativa, campo siempre fértil para evidenciar diferencias ideológicas. La clave de bóveda de la cuestión está en el artículo 9. En concreto en el punto 4. El artículo regula las áreas de influencia y el punto –ampliamente criticado– reseña que en los municipios en los que haya centros públicos y privados concertados “las áreas de influencia para cada enseñanza se configurarán de forma que las personas solicitantes tengan la máxima puntuación por el criterio de proximidad al centro del domicilio familiar o del lugar de trabajo en, al menos, un centro de cada tipo”.

Los convocantes de la jornada de huelga y las manifestaciones del pasado 4 de marzo ven en este enunciado un apoyo explícito a la red concertada. La concertada alega que estos cambios son mínimos y que apenas afectarán a una mínima proporción de los centros (un 4% a nivel regional, según Escuelas CatólicasEscuelas Católicas) y la Administración, por último, defiende que es una “demanda de la sociedad”. La delegada territorial del ramo, Ana Berrocal, insistió en que esta posibilidad de elegir entre las dos opciones –público y concertado– ya se contempló en los dos decretos anteriores (de 2007 y 2011) y que “no hay nada más”. El hecho es que la aplicación de la normativa ha llevado a modificar las áreas de escolarización de Motril y Baza, para dar cumplimiento a que todas las zonas permitan elegir. En Granada capital no ha sido necesario ningún cambio, porque las cinco zonas ya cuentan con centros de los dos tipos.

Derogada la prueba Escala

El decreto de escolarización suma normativa.Tras su publicación en BOJA se lanzó la orden de 20 de febrero que desarrolla el procedimiento de admisión. Esta norma incluye la derogación de la prueba Escala, que cada año se realiza en segundo de Primaria antes de fin de curso y sirve para evaluar la compresión lectora y el nivel en Matemáticas de los escolares de este curso, unos 10.000 en Granada. Esta prueba fue muy criticada por los sindicatos –entre los que estuvieron Ustea o CCOO, por no tener en cuenta los procesos educativos– y defendida por el anterior Gobierno andaluz. Queda esperar si se regulará la celebración de la prueba con una nueva orden. A día de hoy ésta está derogada.

Más allá de esta cuestión, el decreto plantea otros elementos de interés para las familias. En las instrucciones se reseña que “en los colegios autorizados para impartir los dos primeros cursos de Educación Secundaria Obligatoria, cuando exista una baja tasa de escolarización en los mismos y para garantizar la adecuada atención educativa del alumnado, se les podrá escolarizar en otro centro”. En Granada existen 52 colegios rurales con primer ciclo de ESO, que promovieron intensas movilizaciones ante la posibilidad de que se suprimieran esos dos cursos, una medida que se lanzó como propuesta a consensuar con la comunidad educativa y que desencadenó una manifestación en Granada. El día después cesó por “motivos personales” el anterior delegado territorial de Educación y Deporte, Antonio Jesús CastilloAntonio Jesús Castillo. Ahora la instrucción fija la posibilidad de eliminarlos bajo el criterio de “baja tasa de escolarización”, sin determinar, hasta el momento, qué número de alumnos es el mínimo para mantener estas enseñanzas.

El párrafo ya aparecía redactado con este enunciado en la anterior normativa, pero cobra especial interés tras el intento de reorganizar estos centros y la respuesta que obtuvo la propuesta desde la comunidad educativa.

Novedades

Otro punto de interés es que el establece que el alumno que “esté matriculado en el primer ciclo de la educación infantil en un centro autorizado para ello” tendrá un punto en el baremo. Este curso hay matriculados en este primer ciclo 9.789 niños de 0 a 3 años, una etapa que no es universal, aunque cada año aumenta el número de plazas. Los que este año estén el el último curso de este primer ciclo podrán tener el punto que prevé la normativa. Los que no –bien por elección de la familia porque no es una etapa obligatoria, por recursos o por no existir un centro de infantil próximo a su domicilio– no tendrán este punto. Preguntada por este extremo, la delegada, Ana Berrocal, dijo que era una etapa “crucial para el desarrollo del niño” que permite, además, la detección de “posibles dificultades” y atenderlas “de manera temprana”. “Se ha atendido a criterios que parecen razonables”, señaló.

La norma establece además que el rendimiento académico también se valorará en el acceso a Bachillerato. Se tendrá en cuenta la calificación media del último curso realizado que dan acceso a esta etapa educativo, una cuestión que puede a la hora de ordenar solicitudes “en caso de empate”. Así, la nota puede decantar quién entra y quien no en determinados centros, si éstos tienen una demanda elevada. Sobre este punto la delegada no quiso pronunciarse.

En cuanto a las unidades –aumento o supresión– se alega que “antes de proceder al aumento de unidades” en los centros públicos “deberán realizarse los agrupamientos” que recoge la norma: en una unidad se podrá atender a alumnos de distintos cursos (con un máximo de 15 alumnos) e incluso de distintos ciclos (máximo 12).

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