El dinero público de Motril, como el de Rentería en tiempos de ETA
Tribunales
La fiscal compara la presunta malversación de la alcaldesa García Chamorro con un caso de 1999, cuando un Ayuntamiento vasco pagó un millón de pesetas de fianza para sacar de la cárcel a una concejal de EH relacionada con el Comando Donosti
Dos concejalas del PP se jugaron la vida en el pueblo de Guipuzcoa por rechazar el uso de dinero municipal para pagar asuntos judiciales particulares
El Ayuntamiento vasco de Rentería aprobó en 1999 el pago de un millón de pesetas de dinero municipal en concepto de fianza para sacar de la cárcel a la concejal de EH, Leire Pikabea, que en ese momento estaba imputada por supuesta colaboración con ETA. La Justicia declaró después que aquel pago no era legal porque se trataba de un gasto que favorecía intereses personales y ajenos a la entidad local. 23 años después, en Granada, una fiscal ha rescatado este precedente jurisprudencial para establecer un paralelismo con el caso reciente de la alcaldesa de Motril, Luisa García Chamorro (PP), que ha admitido que utilizó fondos del grupo municipal del Ayuntamiento que preside para pagar la indemnización que se le impuso como condena por injurias en un antiguo caso judicial.
En la historia de la política surgen grandes paradojas, sobre todo cuando se cruza la justicia, que se atiene exclusivamente a hechos concretos y tipos delictivos, sin otras consideraciones. Esta comparación que ahora establece la fiscal que ha investigado a la alcaldesa de Motril tiene importantes connotaciones. En noviembre de 1999 hubo solo dos concejalas del municipio de Rentería que se negaron a aprobar el libramiento de ese millón de pesetas para que el grupo municipal de EH pudiera abonar la fianza de Pikabea. Eran dos ediles del PP y a una de ellas le quemaron el coche solo unos días después. Ambas se opusieron porque consideraban que el dinero público no podía ser empleado para pagar los gastos de un asunto judicial particular, según las manifestaciones públicas que ellas mismas hicieron. Arriesgaron su vida por defender esa posición.
El caso actual de García Chamorro merece, a juicio de la representante del ministerio público, sacar a colación el antecedente de Rentería, por tratarse de la presunta utilización de dinero público para fines personales. La alcaldesa se ha defendido estos meses, desde que se conoció la denuncia, alegando que se trataba del dinero del grupo municipal del PP y que le habían condenado por injurias por hacer una serie de declaraciones de carácter político. La Fiscalía aprecia posible delito continuado de malversación de caudales públicos e insta a la denuncia en el Juzgado.
La fiscal recuerda, en base al informe emitido también por el interventor del Ayuntamiento de Motril, que los fondos que manejan los grupos municipales salen del dinero público de la ciudad y los concejales los tienen que destinar exclusivamente a fines relacionados con su actividad municipal. Esos gastos de los grupos deberían ser fiscalizados siempre por los servicios de intervención de los ayuntamientos, porque no es dinero de los partidos. Pero éstos eluden ese trámite en muchas ocasiones y desdibujan así el límite entre lo público y lo privado.
Aunque los grupos políticos que reciben esos fondos de una institución pública tienen "amplias facultades para decidir su destino, éstas no son en absoluto ilimitadas", dado que se trata de fondos "finalistas".
Señala la fiscal en su informe fechado el pasado 26 de enero que, según la doctrina del Tribunal Supremo, “los requisitos jurisprudenciales para que un Ayuntamiento pueda considerar los gastos del proceso penal de uno de sus miembros como indemnizables a título de ocasionados en el ejercicio del cargo y no se consideren en cambio gastos realizados en interés propio o a favor de intereses ajenos al general de la entidad local”.
Como requisitos para que una institución pueda asumir los gastos de la inculpación penal de uno de los corporativos están el que esos hechos tengan origen en el cumplimiento de las funciones como miembro de la corporación o en el desarrollo de acuerdos municipales. Pero aún en el caso de que hubiera relación directa, en esa actuación no puede haber “abuso, exceso, desviación de poder o convergencia con los intereses particulares propios o del grupo político al que pertenecen”, según la citada jurisprudencia.
En el caso de García Chamorro, está acreditado que la alcaldesa ordenó tres transferencias que sumaban 4.600 euros desde la cuenta del grupo municipal del PP a la suya particular con la finalidad de pagar la responsabilidad civil que un juzgado de Granada le impuso en 2017 por un delito de injurias graves. Según el relato fiscal, con esta operación (a la que habría contribuido otra concejal del mismo grupo con la prestación de sus claves del banco) se habría producido un “quebrando de los fondos públicos asignados al Grupo Municipal del PP para su funcionamiento”.
También recuerda la fiscal que las declaraciones injuriosas por las que fue condenada García Chamorro las hizo en calidad de vicepresidenta de la Diputación de Granada y consejera delegada de Visogsa, “cargos absolutamente ajenos al grupo municipal del Ayuntamiento de Motril”, que era el destinatario de ese dinero público que salió del presupuesto de la ciudad.
En octubre del año pasado, una vez que se hizo pública la denuncia de varios grupos municipales (Vox, PSOE y dos concejales de IU-Equo) sobre este asunto, la alcaldesa reintegró parte de ese dinero (4.000 euros) en la cuenta del grupo municipal del PP. La fiscal apunta a que esta devolución podría tener en el futuro “consecuencias penales favorables” para la investigada, lo que no evita que “el delito se consumara”, al menos de forma indiciaria.
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