La exdirectora de la Alhambra, Mar Villafranca, condenada por el Tribunal de Cuentas a pagar 404.000 euros
Tribunales
El proceso que se ha seguido en Madrid es paralelo a la vía penal y, por tanto, al juicio que se celebra estos días por el caso Audioguías
La exdirectora de la Alhambra de Granada, María del Mar Villafranca, ha sido condenada por el Tribunal de Cuencas al pago de 404.000 euros más los intereses por los perjuicios económicos sufridos en el organismo público dependiente de la Junta de Andalucía en la gestión de dos contratos con empresas concesionarias. El proceso por esta vía se ha seguido en paralelo al caso penal, por el que la antigua responsable del monumento está siendo juzgada estos días en la Audiencia de Granada.
Tras el largo proceso instructor y la celebración de un juicio el año pasado (que fue aplazado en varias ocasiones), el Tribunal de Cuentas con sede en Madrid ha dictado una sentencia con fecha de 13 de enero en la que condena a Villafranca a reintegrar por alcance 129. 018 y 275.247 euros por "negligencia" en la gestión de dos contratos con empresas que prestaban servicios en la Alhambra, la de audioguías (mismo asunto que se enjuicia ahora por la vía penal) y las tiendas del monumento, otro asunto que estuvo inicialmente en la vía penal pero quedó archivado por sobrepasar los plazos de instrucción.
La función de enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas consiste en juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en el ámbito de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de fondos públicos.
Una denuncia de la Junta de Andalucía ante el Tribunal de Cuentas fue lo que propició el inicio de un procedimiento contra la que fue directora de la Alhambra desde 2004 hasta 2015, aunque también se incluyó al sucesor en el cargo, Reynaldo Fernández, si bien éste ha quedado absuelto en la sentencia. Los contratos eran anteriores a su periodo, pero se mantuvieron durante un tiempo por los plazos legales de la adjudicación. Fue el caso llamado Colina Roja, por el que fueron detenidas varias decenas de personas.
La consejera del Tribunal que ha juzgado este procedimiento de reintegro por alcance considera que la antigua dirigente no actuó con la debida diligencia en la gestión de esos contratos señalados, lo que conllevó un menoscabo importante en las arcas del Patronato de la Alhambra y el Generalife. La sentencia no es todavía firme y puede ser recurrida.
En esta vía ha tenido especial importancia el informe de la Intervención General de la Junta de Andalucía que fue encargado por la consejera de Cultura en 2017 y que también ha sido muy importante en el proceso penal.
En la sentencia ha quedado acreditado que las empresas concesionarias, Stendhal Museum Solutions (que está también en el juicio penal de Audioguías como acusada) y la empresa de Barcelona Laietana de Llibreteria SL (encargada de la tienda de la Alhambra), se habrían beneficiado de una serie de gestiones negligentes por parte de la Alhambra, como el impago del canon o deducciones en esa cuota.
El importante "menoscabo" económico para el Patronato en la explotación de las tiendas de la Alhambra arranca con la adjudicación en 2009 a la empresa, que presentó una oferta a primera vista tan favorable que la mesa de contratación la puso en duda por "desproporcionada". Eran 75.000 euros de canon fijo y un canon variable de entre el 12,5% y el 14%.
La cuestión clave aquí eran los gastos que el adjudicatario podría deducir y restar a ese canon, de modo que el Patronato haría frente a costes de establecimiento, obras, diseño de artículos o alquiler del local.
Menoscabo desvelado en la auditoría
Según el informe de la auditoría que ha tenido en cuenta el Tribunal, la empresa pasó al Patronato costes y se aplicaron compensaciones por encima de las permitidas. Las más cuantiosas son las relacionadas con los costes del local. Incluso se incluyó el IVA que debía pagar la empresa, así como otros gastos irregularmente deducidos, como una sanción de 15.750 euros de la Gerencia de Urbanismo por una infracción urbanística de la sociedad privada.
En 2012, además, se pactó introducir al contrato un anexo que permitía a la empresa desempeñar un servicio de información al público en las tiendas y deducirse los costes que esto conllevara. A raíz de esto, la sociedad repercutía pagos de nóminas al Patronato hasta 139.731 euros en total. El auditor destacó que ese servicio de información ya estaba encomendado a otra empresa y, por tanto, la Alhambra ya pagaba por esto.
En el caso penal que se enjuicia estos días en la Audiencia Provincial, solo por el contrato de las audioguías, hay una valoración económica realizada por peritos de Hacienda que cifra en más de 1,5 millones de euros el menoscabo económico para el organismo público. Las acusaciones, incluida la Fiscalía, reclaman a los acusados compensaciones y multas que están muy por encima de las cantidades en las que ha consistido la condena del Tribunal de Cuentas.
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