Una familia de Granada recurre la rebaja de condena al conductor del accidente que mató a su hijo en Zamora
Sucesos
En el siniestro fallecieron los otros dos ocupantes del vehículo, cuyas familias también han reclamado junto a la Fiscalía
El conductor había dado positivo en consumo de alcohol y drogas
Granada/La Fiscalía y las familias de los tres fallecidos, uno de ellos un joven de Granada, en un accidente con un conductor que consumió alcohol y drogas han recurrido al Tribunal Supremo (TS) la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que rebajó la condena de cárcel al condenado a una multa por la alerta social de no penar estas conductas.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ-CYL) rebajó el pasado marzo de cinco años de prisión a una multa de 9.000 euros la condena a un hombre juzgado por causar un accidente con tres fallecidos, uno de ellos menor, y que circulaba en el momento de los hechos bajo los efectos de alcohol y drogas.
Ante esta sentencia, que perdona al procesado las costas del juicio y le rebaja la pena, las acusaciones particulares que representan a las tres víctimas mortales y el Ministerio Público han anunciado un recurso por la alarma social que puede generar que se "perdone" el consumo de alcohol y drogas al volante.
Los hechos se remontan a la noche del 25 de septiembre de 2019 cuando el condenado conducía por la autovía de la Plata (A-66) en Montamarta (Zamora) y sufrió un accidente en el que fallecieron los otros dos ocupantes de su vehículo, un joven granadino de 21 y un adolescente búlgaro de 16 años, y un camionero de Salamanca de 48 años.
La familia del granadino, representada por el letrado ErnestoOsuna, ha formalizado ya un recurso de casación ante el Supremo y contra la sentencia del TSJ-CyL que rebajó a una multa la pena de cárcel que impuso la Audiencia de Zamora.
En ese recurso, piden al Supremo que analice si resulta altamente peligroso para la sociedad el mensaje que ofrece el TSJ, que reduce a una multa asequible y a diez meses sin carné el hecho de conducir tras consumir alcohol, hachís y cocaína y provocar un accidente con tres fallecidos.
La pena acordada por el TSJ-CyL es menor que la que se impone a un conductor que, en un control rutinario de alcoholemia, excede lo autorizado sin ningún tipo de accidente ni causar daño a nadie, según ha recordado esta acusación particular en su recurso.
Osuna ha detallado a Efe que el recurso ante el Supremo se sustenta en tres motivos, incluida una infracción de la tutela judicial efectiva por dejar desprotegidas a las familias de las víctimas, ya que el fallo del TSJ choca con los análisis clínicos y periciales.
Esas pruebas avalaron una "grave" intoxicación por drogas, cocaína y hachís del conductor, que conducía con exceso de velocidad cuando chocó con un camión averiado y estacionado, que estaba señalizado con luces en un tramo rector, y que se veía a una distancia de al menos 1.375 metros.
El recurso apunta una interpretación indebidamente de la ley sobre conducción temeraria y contra la seguridad del tráfico y considerad que no se ha aplicado de forma correcta el homicidio por imprudencia grave.
La Audiencia de Zamora condenó al procesado a cinco años de cárcel y otros siete años y medio privado del derecho a conducir como autor de un delito de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, otro de conducción temeraria en el que puso en peligro vidas, y tres delitos más de homicidio por imprudencia grave.
En el accidente, aunque el camionero señalizó su avería, fue atropellado por el condenado, que impactó sin frenada previa con el camión.
El TSJ-CyL apuntó en su sentencia la falta de datos concretos que demuestren "de forma fehaciente" la velocidad a la que circulaba el vehículo accidentado y consideró que no se puede admitir la "rotunda afirmación" de que la causa del accidente fue la "distracción en la conducción bajo los efectos de la droga".
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