El futuro del hijo de Juana Rivas, en manos de la Audiencia de Granada
La magistrada del Juzgado de Instrucción nº 9 rechaza pronunciarse al haber tomado parte en una sentencia " "entre las mismas partes y por hechos muy semejantes" en 2019
Asegura que a raíz de esto debe tomar la decisión "antes de ser recusada"
La permanencia del hijo de Juana Rivas en España ha vuelto esta semana a la Audiencia Provincial de Granada después de que la Rosa María Ginel, jueza del Juzgado de Instrucción nº 9 de Granada se haya abstenido y paralizado la causa, al tiempo que ha elevado la decisión a dicho órgano, según consta en el auto, con fecha del 14 de enero, al que ha tenido acceso este periódico. La letrada debía tomar una decisión después de que el Juzgado de Instrucción nº 4 repartiese la causa a raíz del rechazo del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2, que recogió el testigo tras una inhibición de otro juzgado, en una madeja judicial que se prolonga desde hace varias semanas.
La magistrada basa su decisión en que, durante su destino en la Sección Primera de la Audiencia de Granada en 2019 fue ponente en una apelación contra una sentencia "entre las mismas partes y por hechos muy semejantes", por lo que estima que concurren motivos para su abstención y, por tanto, debe de abstenerse "antes de ser recusada".
Según explica Carlos Aránguez, encargado de la defensa de Rivas, el itinerario judicial del caso comenzó cuando el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Granada se inhibió al Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº2 de Granada. La petición se presentó por parte de la defensa el 26 de diciembre, poco después de la llegada de Daniel a España, y se resolvió el 7 de enero de 2025, al ser el primer día hábil tras la Navidad, pero un día antes de la fecha límite para su regreso a Italia, con su padre.
Este juzgado, "no actuó por que la magistrada titular estaba disfrutando de vacaciones", asegura Aránguez, quien explica que su sustituta le comunicó que no había recibido aún la inhibición y "por consiguiente no iba a decidir nada".
Ante esta situación y dada la urgencia, puesto que el menor tenía que regresar a Italia al día siguiente, la defensa presentó un escrito de solicitud de protección del menor ante el Juzgado de Instruccion nº 4 de Granada (que ese día estaba en funciones de guardia), quien acordó escuchar al menor por primera vez en España, y tras su declaración e informe favorable de la Fiscal, dictó medida cautelar (actualmente vigente según insisten desde el despacho de abogados) por la que se suspendía la entrega del menor.
Al mismo tiempo, el juzgado de Instrucción se inhibe al de Violencia sobre la Mujer nº 2, quien rechaza la causa y la devuelve, lo que motiva que este reparta la causa al juzgado competente, el de Instrucción nº 9, que es el que ahora ha abstenido hasta que la Audiencia decida.
"Juana Rivas no está cometiendo ningún delito de sustracción de menores"
Al mismo tiempo, Aránguez ha aprovechado para aclarar que desde su bufete no se ha recibido ninguna denuncia o querella sobre un posible delito de sustracción internacional de menores por parte de Juana Rivas y que, en caso de recibirla, se procedería a la querella por delito de acusación y denuncia falsa.
"Es obvio que existe una medida cautelar de protección del menor que suspende la entrega de un niño español a su padre", explica Aránguez, quien puntualiza que Arcuri está "procesado en Italia por maltratarlo y condenado en España por violencia de género". También indica que "es indiscutible" que el menor y su madre están en España, por lo que deben atender las órdenes de los jueces de este país "con independencia de lo que se decida en Italia".
"Juana Rivas no está cometiendo ningún delito de sustracción de menores, y cumplirá siempre las resoluciones firmes de los jueces españoles", concluye la defensa.
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