Granada publica las bases que regirán el nombramiento del nuevo jefe de Policía Local
El proceso de selección, por libre designación, se abre a toda Andalucía
Granada busca ya un sustituto "fuera de sospecha" para dirigir la Policía Local tras la renuncia de Avilés

Granada/En febrero, en pleno escándalo del caso que investiga presuntos amaños en oposiciones de la Policía Local, se produjo la dimisión del entonces jefe de la Policía Local, José Antonio Avilés, señalado en esa investigación. Entonces la alcaldesa anunció que se abriría un nuevo proceso para elegir al superintendente jefe del Cuerpo, abriendo incluso la opción a que sean personas de otros cuerpos de Policía de Andalucía los que ocupen este cargo para abrir un nuevo tiempo en la Policía Local "fuera de sospechas".
Ahora el BOP acaba de publicar las bases que regirán este nombramiento, por lo que se abre el procedimiento. Mientras, de una forma inusual en el Ayuntamiento, se están rotando los tres intendentes que tiene el Cuerpo en una jefatura alterna.
Según esas bases del procedimiento, que es de libre designación al tratarse de un alto cargo y por tanto solía ser afín a cada equipo de Gobierno. De hecho, según la ley de policías locales de Andalucía, que regirá la convocatoria, "la persona titular de la alcaldía, en el ejercicio de la jefatura de la Policía Local, nombrará a quien desempeñará la jefatura inmediata del Cuerpo de la Policía Local. El procedimiento para la provisión del puesto será el de libre designación, con respeto a los principios de mérito, capacidad, objetividad, igualdad y publicidad".
El nombramiento se habrá de efectuar entre personal funcionario de carrera perteneciente a la máxima categoría del Cuerpo de la Policía Local del municipio o, si así lo acuerda el Ayuntamiento (como ha sido ahora el caso de Granada), de otros cuerpos de la Policía Local de municipios de Andalucía, siempre que pertenezca a categoría igual o superior a la plaza de máxima categoría de la plantilla del Cuerpo de la Policía Local del municipio y cumpla los requisitos de la convocatoria.
La plaza de máxima categoría de la plantilla del cuerpo de la policía local de Granada es la de intendente principal, perteneciente a la escala técnica de este cuerpo, reservada para funcionarios subgrupo A1. No obstante, la misma se encuentra vacante. Por tal razón se ha consultado con el jefe del servicio de coordinación de la policía local de la Consejería de Presidencia respecto de qué categoría de la escala técnica de este cuerpo debe ser el requisito exigible, considerando que en la actual plantilla municipal están ocupadas cuatro de las cinco plazas de intendente dotadas y vacante la citada de intendente principal, ambas de la escala técnica. Éste manifiesta que ante tal circunstancia es posible hacer una interpretación extensiva del citado artículo exigiendo como requisito ser intendente, no siendo necesario ser intendente principal. En similar sentido se ha pronunciado la secretaría general municipal en otro informe exponiendo que: “la convocatoria de libre designación debe estar abierta a funcionarios con la categoría de Intendente del Ayuntamiento de Granada, por ser el personal de máxima categoría del Cuerpo. Asimismo, también podrá acordarse la apertura de la convocatoria a funcionarios de otras Policías Locales andaluzas siempre que ostenten la categoría de Intendente Principal, por ser esta la plaza de máxima categoría de la plantilla municipal”.
Tendrá una remuneración con complemento específico de 38.738,82 euros en doce mensualidades y un complemento de destino 30.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El nombramiento requerirá el previo informe expresamente motivado del Delegado o Concejal Delegado del Área correspondiente a la que pertenezca el puesto de trabajo convocado, a favor de alguno de los candidatos de entre aquellos aspiren al puesto de trabajo que se trate, en quien concurran las condiciones generales señaladas en el artículo cuarto, y reúna los requisitos exigidos en la convocatoria correspondiente para cada puesto de trabajo. El nombramiento se efectuará por la Alcaldía, debiendo realizarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más. La Resolución de nombramiento se motivará sobre el informe efectuado por el delegado del área correspondiente que justifique la designación de un candidato sobre el resto. Esta deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.
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