Granada reclama la titularidad de cuatro viales "ocupados" por una urbanización desde los años 80

Se trata de parte de Plaza Rotary, Callejón del Ángel, SOS del Rey Católico y Plaza Enrique Iniesta

Fueron cedidos gratuitamente a la capital pero aún siguen a nombre de Osuna, promotor de la urbanización Parque de las Infantas

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Primera fase de la Urbanización Parque de las Infantas.
Primera fase de la Urbanización Parque de las Infantas. / MAPS

Granada/El Ayuntamiento de Granada ha detectado la "ocupación unilateral" de varios espacios de propiedad municipal, de dominio y uso público, que figuran todavía como propiedad de una urbanización desde los años 80 pese a que fueron cedidos gratuitamente. Se trata de parte de la Plaza Rotary (frente al Palacio de Congresos), Callejón del Ángel, Calle Sos del Rey Católico y Plaza Enrique Iniesta, que fueron objeto de cesión obligatoria y gratuita para la construcción de la urbanización Parque de las Infantas. Un espacio de viales que tiene una superficie de suelo de 2.824,97 metros cuadrados.

Un expediente de junio de este mismo año de Urbanismo incluye un informe técnico advirtiendo que se ha detectado que ciertos espacios de propiedad municipal, de dominio y uso público, concretamente partes de la plaza Rotary, callejón del Ángel, calle SOS del Rey Católico y Plaza Enrique Iniesta, constan en el Registro de la Propiedad número 3 de Granada formando parte de la superficie de la finca registral del edificio y por tanto están inscritos todavía a favor del promotor de estos edificios, Nicolás Osuna, cuando la realidad es que fueron obligatoriamente cedidos y físicamente urbanizados con motivo de la construcción de los edificios que conforman la primera fase de la Urbanización Parque de las Infantas.

Con su actual denominación, solamente están incluidos en el Inventario general de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Granada la calle SOS del Rey Católico y el callejón del Ángel.

Una situación anómala que afecta a un importante espacio destinado a viales, que debió pasar en su día al Inventario de Bienes Inmuebles del Ayuntamiento, de no haber sido porque, probablemente por su carácter de bien demanial, no llegó a formalizarse la cesión al municipio en escritura pública para acceder después al Registro de la Propiedad. Por eso, según advierte Urbanismo, "nos encontramos con que actualmente los inmuebles afectados en el título de propiedad de la finca de origen figuran aún a favor de Nicolás Osuna García y Mª Josefa Pedregosa Pallarés".

Tras conocerse la situación, mediante decreto de 19 de junio de 2024, el concejal de Urbanismo, Enrique Catalina, requirió a la titular registral del espacio público objeto de cesión para que en el plazo de 30 días procediese a formalizar mediante otorgamiento de escritura pública o suscribiendo acta administrativa, la cesión de la superficie. En la Junta de Gobierno Local de este viernes se ha añadido al expediente los planos y el acta de ocupación unilateral.

Historia de la construcción de la urbanización

Según el expediente, para la construcción de la urbanización se realizó estudio de detalle para determinar líneas y rasantes del solar dentro del Plan Parcial Sur. La entonces Inonsa, que presentó el estudio, quedaba como única propietaria de las dos manzanas y de los espacios que destinados a viales las rodeaban y que debían ser objeto de cesión obligatoria y gratuita como condición indispensable para posibilitar la construcción en las parcelas, que se desarrolla dentro de los límites de la finca registral aunque se indica que no consta (no se ha localizado) en el Archivo municipal la licencia de obras de estas promociones.

En estas manzanas se construyeron los edificios Beatriz, Cristina, Elena, Luisa Fernanda, María Victoria y Constanza que conforman la primera fase de la urbanización Parque de las Infantas. Edificios construidos en los años 80 tras el derribo de la antigua casa de los Colegiales y la suma de parcelas de la manzana.

El PGOU de 1985 introdujo una modificación en la alineación del lindero noroeste de la manzana 1 (calle Profesor Tierno Galván), probablemente por coherencia con la ordenación del Palacio de Congresos. Estas alineaciones son las que posteriormente se han considerado como consolidadas por el PGOU del año 2001. La realidad física existente se ajusta a estas alineaciones en lo que se refiere al encuentro de la calle SOS del rey Católico y la Plaza Rotary.

Según el informe, otra cuestión es la zona verde situada entre la parcela del antiguo Ventorrillo y la Urbanización, que según consta en documentos obrantes en el expediente es de propiedad municipal y como tal fue urbanizada, si bien fue cedido su uso a la comunidad de propietarios. Se trata de un espacio separado del vallado de la urbanización que el Ayuntamiento recibió para su incorporación a la vía pública. A la vista de la documentación analizada, de la medición topográfica practicada y de la superficie registral de la parcela, la funcionaria considera que procede reconocer de propiedad privada y perteneciente a la Comunidad de Propietarios la alineación establecida por el planeamiento en la calle Profesor Tierno Galván en su encuentro con la plaza Rotary, puesto que así está establecido por el planeamiento desde 1985 y la superficie resultante se ajusta con mayor precisión a la registral. La zona ajardinada colindante con la plaza Rotary con la finca por el contrario debe considerarse como parte integrante del resto de la finca matriz destinado a viales puesto que como tal se cedió físicamente por el promotor de la Urbanización Parque de las Infantas, habiendo sido así reconocido por la Comunidad de Propietarios.

Cambio legal

En definitiva, tales viales fueron cedidos físicamente al Ayuntamiento, y como tales están urbanizados, sin que se procediera a su inscripción registral, pues en estos años la legislación urbanística vigente no consideraba obligatoria la inscripción de estas cesiones en el Registro de la Propiedad. Pero la legislación patrimonial vigente establece la obligatoriedad de inscripción en el Registro de la propiedad de los bienes de dominio público de las Administraciones Públicas . En consecuencia, visto el informe de los servicios técnicos municipales, a la vista de que concurren las condiciones necesarias para proceder a una regularización de dicha situación patrimonial, y acreditándose la existencia de que fueron obligatoriamente cedidos y físicamente urbanizados con motivo de la construcción de los edificios que conforman la 1ª Fase de la Urbanización Parque de las Infantas, es por lo que se aprobó declarar la ocupación unilateral del resto de suelo de la finca por estar estos actualmente inscritos a nombre de Nicolás Osuna García y Mª Josefa Pedregosa Pallares; y aprobar el acta de ocupación de terrenos de cesión obligatoria a la misma que debían ser objeto de cesión obligatoria y gratuita como condición indispensable para posibilitar la construcción de los edificios sitos en las parcelas catastrales.

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