Un granadino recuperará 10.000 euros por la nulidad de un contrato 'revolving' abusivo
Tribunales
Una cadena de supermercados tendrá que devolverle el dinero tras la sentencia de un juzgado de Granada que considera el contrato de la tarjeta como falto de trasnparencia
Granada/"Declaro la nulidad por falta de transparencia y abusividad de los intereses remuneratorios y de la comisión por reclamación de impagos fijadas en el contrato". Así concluía su fallo el magistrado del Juzgado de Primera Instancia de Granada. Con ello, condenaba a la cadena Carrefour a devolver a un vecino de la localidad cerca de 10.000 euros, incluyendo 5.490 euros de intereses, 1.435 de comisiones y una prima de seguro de 2.700 euros.
El calvario de este granadino, representado por la plataforma Recupera Revolving que defiende a miles de afectados, comenzó cuando el 30 de julio de 2012 contrató con la entidad Servicios Financieros Carrefour una tarjeta revolving bajo el nombre Tarjeta Pass.
Popularizadas en los último años por permitir a los consumidores disponer de manera rápida de un crédito a devolver a plazos, las tarjetas revolving pueden llegar a esconder una TAE e intereses remuneratorios muy elevados, sumiendo a los afectados en deudas inasequibles que se prolongan en el tiempo. El caso de la provincia de Granada es especialmente destacable, pues se calcula que existen miles de afectados por esta clase de tarjetas y créditos rápidos.
En ocasiones, como en la citada ocasión, la propia falta de transparencia en el momento de emisión de un contratos puede derivar en su declaración de nulidad. Como explicaron en la defensa, este fue uno de los puntos más destacables para que el afectado se decidiese a reclamar e ir a juicio: “el contrato no superaba el control de transparencia que imponen los arts. 5 y 7 de la Ley de condiciones generales de la contratación al exigir transparencia, claridad, concreción, sencillez y legibilidad, por lo que los intereses remuneratorios debían considerarse nulos”.
Durante los últimos años las financieras han concedido con excesiva facilidad créditos revolving y créditos rápidos en la comunidad andaluza, dejando a los afectados prácticamente desprotegidos ante el nivel de desinformación proporcionado y los elevados intereses pactados.
Sin embargo, el 4 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo emitió una sentencia declarando la usura de las tarjetas con intereses abusivos y, hace menos de un mes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea también se ha pronunciado en favor de dicha doctrina.
Como indican desde los expertos consultados de Recupera Revolving: “Esto refuerza la vía para que los afectados por esta clase de créditos y tarjetas, un número significativo en Andalucía y en la provincia de Granada, reclamen a la justicia y recuperen aquellas cantidades abusivas que han estado pagando de más, a veces durante años, en forma de intereses y comisiones”. Ante ello se espera que pueda haber numerosas reclamaciones en los próximos meses.
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