El juez Piñar tendrá que pagar costas judiciales al abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez
Tribunales
El Tribunal Supremo impone la carga al magistrado Manuel Piñar, que denunció al letrado por haberlo acusado de ser "manifiestamente parcial"
Aránguez gana su batalla contra el Colegio de Abogados de Granada
El juez de lo Penal de Granada Manuel Piñar, responsable de la condena de cinco años de cárcel a Juana Rivas por no entregar a sus hijos al padre, tendrá que pagar al actual abogado de la madre de Maracena, Carlos Aránguez, las costas judiciales de una parte del procedimiento penal que se abrió a raíz de la denuncia del magistrado contra el letrado por haber dicho públicamente que su actuación había sido "manifiestamente parcial" en el proceso contra su representada.
El Tribunal Supremo ha impuesto al juez granadino el pago de las costas, aunque rechaza que tenga que pagar una multa 6.000 euros, como había pedido también el letrado de Juana Rivas. Esta resolución tiene relación con el recurso de queja presentado por Manuel Piñar ente el máximo órgano judicial contra la no admisión a trámite del recurso de casación contra la decisión de la Audiencia Provincial de Granada de archivar la denuncia que el magistrado presentó contra el abogado en los juzgados de Granada.
El titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, que fue quien celebró el mediático juicio contra Juana Rivas y le impuso una dura sentencia que después se ha visto reducida por otros órganos judiciales, presentó una querella contra el letrado que representa a Rivas por los presuntos delitos de calumnias con publicidad e injurias graves con publicidad. Estos llevan aparejados incluso penas de prisión. El asunto recayó en el Juzgado de Instrucción 5 de la capital, cuyo titular abrió diligencias y ordenó actuaciones como la investigación de un chat de 103 periodistas con los que el abogado tenía relación.
La Audiencia Provincial de Granada atajó este proceso al ordenar el archivo, una decisión que el magistrado Piñar ha recurrido hasta la última instancia, que es el Tribunal Supremo. Lo último ha sido un auto de la Sala de lo Penal de 6 de noviembre en el que los magistrados deciden imponerle las costas judiciales al juez por su último recurso de queja ante la decisión de no admitir a trámite el asunto.
El abogado Carlos Aránguez también había solicitado que se le impusiera al juez una multa de 6.000 euros, pero la Sala lo ha desestimado al considerar que "no existe la exigente falsedad en el contenido del recurso", que es la condición que establece la ley para llegar a multar al recurrente.
Ambos juristas mantienen un particular pulso judicial con distintos frentes abiertos y denuncias cruzadas. El letrado acaba de ganar otra batalla en la que intervino el Colegio de Abogados de Granada, que le impuso una suspensión de 45 días de ejercicio de la profesión a Aránguez, al estimar una denuncia del juez granadino por los mismos motivos que luego alegó en el procedimiento judicial archivado.
El pasado 14 de noviembre, el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados de Andalucía resolvió sobre este asunto y dejó sin efecto la sanción del abogado, al considerar este órgano que en este caso prevalece la libertad de expresión y de defensa del letrado Aránguez, cuando criticó la forma en que el juez había llevado el procedimiento contra Juana Rivas.
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