El juez procesa a Paco Cuenca por la "adjudicación arbitraria" de contratos

El exalcalde y otros 18 investigados, a un paso del banquillo por posibles delitos de prevaricación, fraude en la contratación o falsedad

Paco Cuenca
Paco Cuenca

El juez de Sevilla que instruye la causa judicial por la contratación de servicios de inspección en cursos de formación de la Junta de Andalucía acaba de procesar a 19 personas, entre los que se encuentra el exalcalde socialista de Granada, Paco Cuenca, por hechos relacionados con su anterior cargo de delegado provincial de Innovación. Los implicados se sitúan así a un paso del banquillo por cinco posibles delitos, entre ellos prevaricación, fraude en la contratación administrativa o falsedad.

El magistrado del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla José Ignacio Vilaplana ha acordado continuar por los trámites del procedimiento abreviado la causa seguida contra 19 investigados, entre ellos varios ex altos cargos de la Junta de Andalucía (entre los que está Cuenca). La lista completa de delitos señalados por el juez y que servirá de referencia a las posibles acusaciones, es usurpación de funciones públicas, prevaricación, negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos, fraude en la contratación administrativa y falsedad documental en relación con la contratación de servicios para realizar labores de control e inspección de los cursos de formación ocupacional en Economía Social organizados por la Junta durante 2010, 2011 y 2012.

En un auto dictado el 2 de octubre, el instructor relata que, de las diligencias practicadas, se deduce que desde distintos organismos centrales y provinciales dependientes de la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Economía e Innovación de la Junta “habrían procedido a la contratación de servicios para realizar labores de seguimiento, control e inspección de los Cursos de Formación Ocupacional (FPO) en Economía Social organizados por dicha entidad durante los ejercicios 2010, 2011 y 2012”. Se trata de una función que es propia de funcionarios y, por tanto, no debía ser encomendada a empresas externas.

En relación al exalcalde de Granada, el magistrado explica que, tras la investigación llevada a cabo, cuando era delegado provincial de la Consejería de Economía e Innovación de la Junta, “habría efectuado la ilícita contratación de los servicios de seguimiento, control y verificación de la ejecución de los Cursos de Formación Profesional para la Economía Social en la provincia de Granada durante los ejercicios 2010 y 2011” a dos empresas privadas y con un procedimiento irregular, en el que se habrían fraccionado contratos o adjudicado a empresas de forma "arbitraria".

Según la documentación que consta en el sumario, los informes de la Guardia Civil y las declaraciones de testigos, Cuenca sería el responsable de una adjudicación directa de los servicios a través de dos instrumentos calificados como "Memoria Justificativa", articulados como un contrato menor de servicios, y en los que no se distingue a qué cursos deben destinarse los servicios contratados, sin que conste como tal el contrato administrativo, concertándose ambos de manera fraccionada y consecutiva”, en concreto por el importe de 12.412 euros el contrato menor correspondiente a 2010 y por el importe de 12.000 euros el contrato menor correspondiente a 2011. Consta informe del interventor alertando de esta irregularidad en la Junta de Andalucía.

El auto pormenoriza cuestiones que han aparecido en esta investigación y que ya adelantó Granada Hoy, relacionadas con una lista de posibles irregularidades en la adjudicación y seguimiento del trabajo desarrollado por las dos empresas contratadas en Granada. Los investigadores descubrieron que la Junta pagó sus servicios cuando aún no había concluido su ejecución.

Además, las empresas contratadas no cumplirían los requisitos exigidos legalmente. En uno de los casos, por ejemplo, se trataba de una sociedad recién creada y sin experiencia, con personal que no cumplía las exigencias y que tendría relación laboral con quienes tomaban las decisiones de la contratación.

Respecto al argumento de algunos de los investigados como Paco Cuenca, que insiste en su papel de mero cumplidor de las órdenes procedentes de la Consejería, el juez expone en su auto que "cuando las Delegaciones Provinciales cumpliesen órdenes o instrucciones de la Dirección General, ello no les eximía de la debida observancia de la legislación en materia de contratación pública, en particular, del deber de evitar el tracto sucesivo de contratos menores".

El juez recuerda que ninguna orden posiblemente recibida de cargos superiores exime a los investigados del cumplimiento de la ley

En general, respecto a la contratación de estos servicios llevada a cabo por el conjunto de los procesados, el juez expone que mediante estos procedimientos se atribuyó "la detentación de funciones públicas" a dos empresas contratistas "de forma injusta y arbitraria", algo “que se habría materializado en el empleo de documentación administrativa consistente en modelos de actas e informes oficiales, posteriormente presentados ante la Administración por las entidades contratistas en el ejercicio de las funciones encomendadas y potestades atribuidas”.

En el auto, el juez expone que “los correspondientes responsables –investigados en la presente causa- de la Junta de Andalucía, vía contratación de servicios a prestar por particulares, se habrían valido de distintos contratistas, personas físicas y jurídicas, para llevar a cabo aquellas tareas pese a que la ejecución de las mismas formaría parte de las potestades que se encuentran reservadas por el ordenamiento jurídico a los funcionarios públicos”.

De este modo, y según manifiesta el juez, se procedió “así de forma injusta y arbitraria a atribuir a aquellos contratistas particulares la detentación de funciones públicas, es decir, funciones que la Ley atribuye –con carácter exclusivo y excluyente- a integrantes de la Función Pública”, agregando que “la atribución ilegítima de funciones públicas habría venido acompañada de la entrega de documentación administrativa consistente en modelos de actas e informes, posteriormente utilizados por cada contratista en el ejercicio de las funciones encomendadas y potestades atribuidas”.

Según indica el instructor, estos documentos “cuentan con membrete o encabezamiento oficial de la Junta de Andalucía y del Fondo Social Europeo y aparecen firmados por los propios contratistas bajo la rúbrica oficial Por la Administración (El Inspector), quedando así materializado por los contratistas el ejercicio de las potestades inspectoras atribuidas sin tener la condición de funcionarios y, por tanto, no ser inspectores oficiales de la Administración autonómica, figurando indebidamente como tales en el correspondiente expediente administrativo al que dicha documentación tenía por destino incorporarse”.

El juez precisa que “las potestades en tal sentido usurpadas consistirían en tareas de seguimiento, control y verificación de la ejecución de Cursos de Formación Profesional para la Economía Social y Jornadas Técnicas de difusión en las ocho provincias andaluzas programados por la Dirección General de Economía Social para los referidos ejercicios 2010, 2011 y 2012”, lo que “se materializaría en la presentación por parte del “Inspector” –contratista particular- de informes sobre el estado de la ejecución de las actuaciones programadas, reflejando todas aquellas incidencias detectadas en las visitas a los cursos y jornadas de difusión”.

Todo ello, además, “culminaría con la elaboración, por parte del contratista, de Conclusiones e Informes de Evaluación sobre los cursos y actuaciones formativas inspeccionadas”, pone de manifiesto el juez, que señala que “así consta expresamente” en el contrato menor de servicios de seguimiento y verificación de la ejecución de jornadas y cursos de formación profesional para le economía social en la provincia de Sevilla durante 2011, en el contrato menor de servicios de seguimiento y verificación de los cursos de formación profesional para la economía social en las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva, Granada y Sevilla durante 2012, o en los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos concertados para el seguimiento de los cursos en la provincia de Jaén durante 2012, 2011 y 2012.

El magistrado asevera, asimismo, que en virtud de la contratación realizada “se atribuye a los inspectores contratados facultades para realizar requerimientos de subsanación de deficiencias, bajo apercibimiento de que en caso de no ser atendidos, es decir, en caso de corregirse las anomalías detectadas en un plazo determinado (normalmente de 10 días), podría procederse a la suspensión cautelar, minoración económica o anulación del correspondiente curso o actuación programada”, haciéndose así constar expresamente en los informes de visita de inspección a los cursos, firmados (Por la Administración (El Inspector)) y extendidos por duplicado”.

El juez subraya que “los particulares contratados no podrían ejercitar tales potestades administrativas, pues sólo las mismas podrían ser ejercitadas por funcionarios públicos”, quienes son los únicos que “pueden, en el marco de actuación de una Administración pública, realizar actuaciones o desempeñar funciones de evaluación, de control, de vigilancia e inspección, autorizatorias o de propuesta de resolución, al tratarse de funciones netamente administrativas y suponer su ejercicio una participación, directa o indirecta, en el ejercicio del poder público”.

El juez ha dado traslado de la causa a la Fiscalía y a las acusaciones personadas –acusación popular ejercida por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF)- para que, en el plazo de 10 días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.

La Fiscalía ya firmó un informe en el que apoyaba parcialmente la petición de archivo solicitada por Paco Cuenca desde 2017. Pero sólo pedía el sobreseimiento de uno de los delitos; sobre el resto, que podrían ser los más graves, instaba a que sean investigados en una causa aparte y en Granada.

Un testigo clave se retracta y dice que no hubo imposición

La principal línea de defensa del exalcalde de la ciudad Paco Cuenca ha sido, desde el inicio de este caso, que él se había limitado a seguir las directrices de otros cargos de la Consejería cuando adjudicó esos contratos como máximo responsable en Granada de la Delegación de Economía. En un principio avalaría esta teoría la declaración inicial de un testigo clave, jefe de servicio de la Delegación. Pero según consta en el último auto judicial, en una comparecencia judicial posterior, este cargo "se retracta y manifiesta que no hubo imposición, sino sugerencia procedente de la Dirección General". Aportó entonces un correo electrónico en el que se apunta a una de las empresas adjudicatarias como una de las "posibles" entidades para llevar a cabo esos servicios.

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