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El juicio del Serrallo, visto para sentencia: los alegatos de las defensas y la "trama acusatoria"

Éstas son las claves del proceso, según la versión de los acusados, que tratan de desmontar las acusaciones de la Fiscalía y de la empresa de Tomás Olivo

Juicio del Serrallo: alegatos de las defensas

Visto para sentencia después de seis años desde el inicio de las averiguaciones en el Juzgado de Instrucción 2 de Granada. El caso Serrallo, que fue el origen del fin de una era de poder para José Torres Hurtado (PP) en el Ayuntamiento de Granada, ya se ha juzgado y ahora le toca a tres de los magistrados de la Audiencia Provincial emitir un veredicto y redactar una sentencia que tendrá una honda repercusión, incluso más allá de este asunto. Las defensas apuntan que el proceso continuará con los posibles juicios en cascada de la macrocausa Nazarí, que abunda más en la supuesta corrupción municipal que se les imputa a los exdirigentes. Este caso, más avanzado, puede ser un precedente importante o una prueba de fuego, tanto en sentido condenatorio como absolutorio.

Tras la exposición de las conclusiones finales de las acusacionesconclusiones finales (sobre todo de la Fiscalía y del letrado de la empresa del Centro Nevada, porque el resto no se ha significado mucho), la semana pasada le tocó el turno a las defensas de los nueve acusados. Los otros ocho, exconcejales del Ayuntamiento de Granada, que comenzaron el juicio en el banquillo y lo han acabado sin cargos, ya expusieron días atrás sus quejas por el tiempo que han estado sometidos a este proceso y sus repercusiones.

Las defensas han desmenuzado las supuestas pruebas de cargo en sus alegatos y han hecho reverberar una idea central: la existencia de una especie de estrategia, complot o trama entre las acusaciones para llevarlos a juicio por motivos alejados de la verdadera justicia. Estas son algunas claves en las que se han fundamentado los argumentos de las defensas:

La trama acusatoria hasta el caso Nazarí

Para las defensas, en el Ayuntamiento de Granada y en la ciudad, lejos de haber una trama de corrupción, se ha dado una "trama acusatoria" en la que se han puesto en común intereses personales, económicos y políticos: la "venganza" de un excompañero de los acusados, Jacobo de la Rosa (principal testigo de cargo), y de abogados coincidentes, las disputas entre empresarios que justificaría la presencia de Tomás Olivo como acusador en esta causa o la participación del grupo político Vox.

Según pudo escuchar el tribunal en el alegato del letrado Ernesto Osuna (que representa a los principales antiguos cargos técnicos de Urbanismo), el objetivo de esa conspiración iría mucho más allá de este caso. "Alguien ha montado una trama acusatoria (...). Partimos de la buena fe y el celo profesional máximo de la Fiscalía y el Juzgado Instructor y que entendemos que la confusión y el error vienen de otras partes que diseñan una estrategia que nos trae a donde nos encontramos y que finalizará con la última sentencia que en el futuro se dicte en el caso Nazarí".

El denunciante "testaferro"

Para los acusados, el denunciante de este caso, un inspector municipal jubilado, es un mero "testaferro" de otras personas y otros intereses. Osuna sostiene que Juan Santiago "actúa como alguien teledirigido por intereses ajenos a su teórica acusación popular". Su letrado ha estado ausente en casi todas las sesiones del juicio, lo que a juicio de la defensa no es respetuoso con el tribunal y el resto de partes. Su sustitución por el abogado de Vox acrecentaría "esos indicios" de estar dirigido por otros intereses.

"Vulgarización" del Urbanismo

"Ni era discoteca, ni era zona verde, ni se prohíbe realizar un restaurante-sala de fiestas en un parque, cumpliendo los requisitos de planeamiento, como se cumplen en este caso". El abogado de Manuel Lorente, el antiguo alto cargo de Urbanismo que junto a la exconcejal Isabel Nieto son los acusados para los que se piden más penas de prisión, reiteró en sus alegatos finales una idea que se ha convertido en lema para las defensas: la "vulgarización" del derecho urbanístico que las acusaciones habrían pretendido en este caso para "llamar la atención mediática" y llegar a la población, que a su entender no sabe de estos asuntos tan complejos.

En su defensa, sostienen que la acción urbanística que se ha juzgado no es una discoteca construida en una zona verde. En lugar de tales cosas, reiteran que se trata de un restaurante-centro de espectáculos-reunión levantado en los terrenos de un parque (que desde el punto de vista de la legalidad urbanística es muy diferente).

Esos aspectos son claves, porque sobre ellos giran otros debates jurídicos y urbanísticos discutidos en el juicio: si las obras realizadas se ajustan al máximo del 2% permitido o si encajan en el uso terciario comercial de apoyo al parque que permite la normativa y la ley.

El juicio no es en el planeta Marte

Las defensas han recalcado siempre en el proceso la similitud de esa actuación urbanística con la de otros parques de Granada e incluso de otras ciudades españolas, donde hay bares, restaurantes o negocios de apoyo a los usos de los parques. Por eso le letrado Ernesto Osuna llamó a contextualizar lo que se está tratando: "Este juicio no se desarrolla en un laboratorio, ni en el planeta Marte, sino en Granada, en España", así llama a comparar el parque del Serrallo con "absolutamente todos los parques de Granada y Andalucía". Como ejemplos menciona, el restaurante de Las Titas, el del Violón, o los bares del Parque García Lorca o Almunia.

¿Demolición? Riesgo millonario como el del Nevada

Con todos esos ejemplos de bares y restaurantes en parques de la ciudad, la defensa de los principales técnicos municipales (también era la de Isabel Nieto hasta que comenzó a defenderse por sí misma en este juicio) considera que carece de sentido la petición de demolición formulada por la Fiscalía y a la que se adhiere el Ayuntamiento de Granada, que es acusación particular.

Si a esta institución, que sería propietaria final de la construcción, le parece que el uso de la sala de fiestas no es adecuado, le basta con cambiarlo. Pero la defensa advierte reiteradamente de que una demolición podría acarrear una serie de riesgos de indemnizaciones económicas al empresario como las que ya han tenido que soportar las arcas públicas en esta ciudad con casos como la compensación millonaria a Tomás Olivo por el Centro Comercial Nevada o, más atrás en el tiempo, lo ocurrido con el Rey Chico del Paseo de los Tristes. En ningún caso se llegó a demoler y sí trajo graves perjuicios económicos.

"No se debe ni un céntimo"

Uno de los pilares de la acusación en este juicio son los supuestos perjuicios económicos derivados de los cambios en el pliego de la concesión y de la ejecución o pago de las cargas que tenía que afrontar el constructor, Roberto García Arrabal. Las defensas sostienen que en una concesión como ésta es necesario que haya un equilibrio económico que permita al empresario afrontar una serie de costes que se ahorra la ciudad a cambio de la posible explotación de un negocio. En este caso, sostienen que el promotor pagó los terrenos, la urbanización, las obras y el mantenimiento del parque. Y que a pesar de poder abrir allí un restaurante con sala de fiestas, ésta resultó ruinosa.

Como conclusión, la defensa de Lorente (al que la Fiscalía ha añadido el delito de malversación como a Nieto), dijo al tribunal: "Tenemos una malversación sin perjuicio, ni saldo ni perjuicio, un fraude sin concierto, contubernio ni enriquecimiento, y una prevaricación genérica sin resolución administrativa ni injusta, ni concretada, ni a sabiendas". En el Ayuntamiento de Granada, además hay un expediente con un informe firmado en la etapa de gobierno socialista que ratifica que "no se debe ni un céntimo", de ahí que las defensas no entiendan la reclamación de una responsabilidad civil en este juicio.

El hijo de Lorente: contratado por la ofimática, la experiencia y el inglés

El hijo del ex director municipal de Obras Manuel Lorente trabajó en las empresas del promotor acusado García Arrabal, hecho que las acusaciones consideran que es una prueba más de las influencias ejercidas. Pero las defensas consideran que a lo largo del juicio los testigos han aclarado que su contratación se debió a méritos propios.

El joven declaró en el juicio que las empresas en las que trabajó tenían "nula relación" con el trabajo de su padre ni con la influencia de su padre. "No hay ninguna prueba de que hubiera algún tipo de favoritismo ni ventaja en su contratación ni en las condiciones de trabajo", defendió el letrado de Lorente, quien también recordó que otro testigo dijo en el juicio que fue contratado por sus conocimientos de ofimática, su experiencia en Repsol y su nivel de inglés.

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