Ley de la Segunda Oportunidad en Granada: una autónoma cancela sus deudas con la Agencia Tributaria
La mujer se ha liberado de 12.136 euros
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Granada/La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha destacado en una nota de prensa el perdón de la deuda de una mujer granadina este lunes. La deudora, quien ejercía como autónoma, acumuló diversas deudas con la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT) debido a "fallos de su gestoría", lo que generó un alto volumen de obligaciones fiscales que resultan inasumibles dada la limitación de ingresos que percibía por su actividad. Ante este panorama, se vio obligada a cesar su actividad profesional, lo que no solo agravó su situación económica, sino que la habría sumido en un estado de incertidumbre.
Antes de ello, intentó conseguir un aplazamiento de sus obligaciones de pago con la AEAT. Considerando que estas obligaciones ya empezaban a embargar, se vio obligada a dejar de pagar también sus créditos personales vigentes. "Empezaba a no ver la solución para pagar todo lo que tenía pendiente, sumado a sus gastos esenciales familiares", ha indicado la asociación.
En 2022 contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especialistas en ayudar a personas insolventes. Estos profesionales estudiaron su caso y aconsejaron a la deudora acogerse a la llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”.
Jose Domínguez, letrado de la Asociación, ha afirmado que ¨los tribunales cada vez son más conscientes de que los créditos públicos se deben incluir en el mecanismo de segunda oportunidad, si no, este instrumento no cumpliría los objetivos que nos marca la Unión Europea con él”.
Pasos para conseguir el perdón
El primer trámite ha sido comunicar al Juzgado de lo Mercantil N.º2 de Granada la situación del interesado mediante un “preconcurso de acreedores”, iniciando así un período de negociación.
Así, la asociación ha aseverado que esto era una "utopía" teniendo "obligaciones de derecho público, debido a la negativa inicial de estas Administraciones a dar facilidades de pago". Como bien detalla Domínguez: “Lo primero que piden Hacienda y Seguridad Social antes de permitir el fraccionamiento de la deuda, es un pago íntegro del 25% de lo que se debe. Inasumible para todo aquel que esté en esta situación”.
Por ello, el objetivo fue solicitar concurso de acreedores en el Juzgado de lo Mercantil para la condonación de las deudas. Acreditando fehacientemente que era una "deudora de buena fe y que intentó pagar hasta donde pudo". Cumpliendo este requisito, el perdón definitivo de sus deudas quedaba casi asegurado.
Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando a esta deudora libre de pagar 12.136 euros. "Lo único que sí queda vivo tras el proceso es una pequeña parte a pagar a las administraciones públicas", ha concluído el comunicado, sin antes recordar que, "con esta sentencia los acreedores del concursado no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a esta autónoma. Puede empezar a invertir y financiarse sin miedo a embargos, solo preocupándose de cumplir con los pagos pactados con la Agencia Tributaria".
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