Un juez obliga a CajaGranada a eliminar la cláusula suelo y devolver 1.000 euros

La primera sentencia particular contra la entidad le compele a reembolsar el dinero pagado de más por un usuario La resolución ha sido dictada por un Juzgado de Málaga

El delegado de Ausbanc en Granada, Alfredo Martínez, dio a conocer ayer la resolución judicial.
El delegado de Ausbanc en Granada, Alfredo Martínez, dio a conocer ayer la resolución judicial.
Virginia Martínez Granada

06 de agosto 2013 - 01:00

La cláusula suelo parece ser el caballo de batalla de las entidades bancarias. Una batalla a priori perdida, o al menos de momento. Tras la sentencia ejemplarizante del Tribunal Supremo que declaraba la estipulación como nula por ser abusiva, el Juzgado de lo Mercantil de Málaga ha continuado con la doctrina. La resolución obliga a CajaGranada a eliminar la cláusula del préstamo contraído por un granadino, así como a devolver las cantidades de más pagadas gracias a la condición.

Ésta es la primera sentencia de estas características que afecta a la entidad integrada en el Banco Mare Nostrum, BMN. CajaGranada habrá de reembolsar unos 1.000 euros más los intereses correspondientes, por la aplicación de la cláusula suelo a un cliente granadino. El usuario firmó en 2008 dos préstamos con un tipo de interés mínimo de referencia al 3,5 y 4% respectivamente, de forma que por mucho que bajase el Euríbor no podría aplicarse un tipo inferior a los mismos.

Ante la estipulación incluida en el contrato, el cliente acudió a los tribunales bajo el asesoramiento jurídico de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios, Ausbanc. "Cualquiera que inicie un proceso de estas características tiene todas las papeletas para ganar", aseguró ayer Alfredo Martínez, delegado de Ausbanc en Granada. Martínez recordó que en la provincia unos 50.000 consumidores están afectados por la misma situación, pero apenas el 20% recurre, ya sea por desconocimiento o por evitar los trámites correspondientes.

Para fundamentar su decisión, el Juzgado de lo Mercantil de Málaga aportaba el siguiente argumento: "nos encontramos ante una condición negociada individualmente, pero incorporada de manera generalizada por la entidad bancaria que transgrede el principio de buena fe contractual, al ocasionar en perjuicio del cliente un desequilibrio de las obligaciones injustificado y favorable a una sola de las partes (CajaGranada)".

En este sentido, la cláusula deberá ser eliminada de sendos préstamos y devueltas las cantidades abonadas en concepto de la misma. Aunque lo más probable es que CajaGranada recurra la sentencia ante la Audiencia Provincial de Málaga, gracias a la ejecución provisional el usuario podrá ver cumplida ya su pretensión, sin perjuicio de que posteriormente se dirima el caso en segunda instancia.

El proceso que condena a CajaGranada a devolver el importe de 1.106 euros, no es de especial entidad porque el contrato data de 2008. Sin embargo, en la mayoría de las hipotecas firmadas en las que la cantidad prestada ronda los 150.000 euros, el dinero a reembolsar puede oscilar entre los 5.000 y los 7.000.

Un cláusula que puede salir muy cara. Quienes no denuncien que sufren la misma situación, pueden perder en torno a los 20.000 euros en cinco o cuatro años más. La cuestión radica en determinar si los tipos mínimos establecidos por el suelo de los contratos son abusivos o no, para decidir si compensa acudir a la vía judicial. Un proceso que suele durar en torno a los ocho meses, y que a juicio del delegado de Ausbanc, "acaba con sentencia favorable para el consumidor". La Asociación mantiene otros 120 expedientes abiertos en la provincia y prevén llegar hasta las 2.000 resoluciones en beneficio de los usuarios, lo que supone solo un 20% de los 50.000 préstamos firmados en Granada. "Algunos no saben que tienen la posibilidad de recurrir y otros prefieren no llegar hasta los tribunales", subrayó Alfredo Martínez.

La sentencia dictada el 9 de mayo por el Tribunal Supremo declaraba nulas las cláusulas suelo al considerarlas abusivas, pero no obligaba al reembolso de las cantidades ya pagadas porque fue un proceso de carácter colectivo en el que, debido a la magnitud de las cuantías, se "perjudicaba al interés financiero del sistema". Por tanto, para obtener la eliminación de la estipulación y el abono correspondiente, el usuario tendrá que iniciar un pleito individual.

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