Ordenan el ingreso en prisión del coronel que favoreció el narcotráfico en Granada

En caso contrario, se decretarán las correspondientes órdenes de busca y captura

El Tribunal Supremo revoca la absolución del coronel de la Guardia Civil juzgado por tráfico de drogas en Granada

Fachada de la Real Chancillería, sede de la Audiencia de Granada.
Fachada de la Real Chancillería, sede de la Audiencia de Granada. / G. H.

Granada/La Audiencia de Granada ha decretado el ingreso en prisión del coronel de la Guardia Civil de Granada por colaborar con el tráfico de drogas, según el auto consultado por este periódico, en el da al condenado un plazo de diez días para que entre de forma voluntaria en la cárcel para cumplir una pena de siete años y tres meses por cohecho y un delito contra la salud pública. En caso contrario, se decretarán las correspondientes órdenes de busca y captura. 

Además, el juzgado le impone una multa superior a los seis millones de euros y le impone la inhabilitación para empleo o cargo público durante siete años.

En un primer momento, el coronel fue absuelto por la Audiencia de Granada "al haber prescrito el delito contra la salud pública que se le atribuía y no haber quedado debidamente probado el de cohecho". Sin embargo, mes y medio después de esta decisión, el Tribunal Supremo revocó la sentencia por falta de motivación, tras los recursos de la Fiscalía y de la acusación popular, ejercida por la Asociación Unificada de Guardias Civiles, y ordenó que se retrotrayeran las actuaciones al momento de la deliberación y redacción de la sentencia.

Después de esto, la Audiencia provincial sí condenó al excomandante, teniendo en cuenta la "extraordinaria gravedad" de los hechos declarados probados, en los que concurre por tanto la agravante que evita su prescripción, además de su condición de funcionario público.

Según han confirmado fuentes judiciales, la condena se produce por colaborar en la introducción de droga en el mercado ilícito con otras personas que la desembarcaban en las playas de la costa granadina como entregas controladas. Además, como contraprestación por su colaboración en la realización de los mencionados alijos, descritos en los apartados tercero y quinto de la relación de hechos probados de la sentencia, él recibió de uno de los partícipes en los operativos una cantidad de dinero que consta en los hechos probados por esta colaboración.

Ante esta nueva sentencia, el excomandante jefe de la Policía Judicial de la provincia de Granada (cuando fue juzgado ya había sido ascendido a coronel) presentó un recurso que fue finalmente desestimado por el Tribunal Supremo, quien ratificó la pena impuesta por la Audiencia de Granada, que ahora exige su entrada en prisión.

Según afirmó el alto tribunal al rechazar el recurso, el condenado desempeñaba funciones de dirección y coordinación, entre otros, del Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) y de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial (UOPJ), con mando en todas las operaciones antidroga realizadas en el ámbito de la Comandancia de la Guardia Civil de Granada.

Apunta el Supremo que resulta indudable que, atendidos los hechos probados, y el pacto llegado por el recurrente con los dos implicados en el operativo, el primer desembarco de alijo de hachís sobre el que se pactaron 2.000 kilos y las declaraciones de los agentes que estaban presentes del número de fardos que había de entre 100/120, y la tercera fase con casi 4.000 kilos de hachís aprehendidos que, en teoría, iba a ser la inferior de las tres fases, conforman la aplicación evidente de la agravación de extrema gravedad del artículo 370.3 del Código Penal por perfecta subsunción de los hechos probados y la relación con el favorecimiento del tráfico de la agravación de la extrema gravedad.

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