Un Plan para gobernarlos a todos
Patrimonio en vivo
Imaginen el Gran Canal de Venecia lleno de cruceros turísticos y que un vecino no pueda llegar a su casa de Santa Croce en su lancha. Algo así pasa en el Albaicín o en el centro de Granada
Hay peligro de daño irreversible sin una renovación urgente de los tres planes especiales
Hay quien cae en el error –los políticos suelen hacerlo y los medios de comunicación lo refuerzan– de pensar que el hecho de que un bien se declare BIC, es una especie de premio o galardón que aumenta su prestigio y, por tanto, su valor comercial en el mercado turístico; un error interesado desde luego, porque un título jurídico de BIC no es un diploma de reconocimiento que se le otorga a un bien para incluirlo en su publicidad, sino algo bastante más serio, destinado a protegerlo ante los peligros que pudiera correr.
Culpa tienen también quienes declararon BIC cosas como el Fandango de Huelva o el Mollete de Antequera; una soberana memez que nada tiene que ver con el sentido original por el que se crearon los BIC como figuras jurídicas de protección. La pregunta es simple; ¿Corren peligro los molletes de Antequera o el Fandango de Huelva?
También induce a error la famosa lista de la UNESCO de Bienes Patrimonio de la Humanidad, que, paradójicamente, no tiene ninguna repercusión jurídica en la protección de esos Bienes, pero que queda bien en los folletos turísticos.
Por poner un ejemplo cercano, lo que protege, mejor o peor, al Albaicín, no es ser Patrimonio de la Humanidad, sino ser un Bien de Interés Cultural inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico.
Con ello, y tal como obliga la Ley de Patrimonio, se puso en marcha uno de los instrumentos más importantes para la protección de un Conjunto Histórico, la adaptación del planeamiento urbanístico y, por eso, el Albaicín tiene un Plan Especial de Protección que se aprobó en el año 1991.
Aunque el caso del Albaicín sea algo más complejo porque, allá por el año 2003, lo que eran tres BIC; el Albaicín, el Centro Histórico y la Alhambra se unificaron en uno solo al que se añadió, además, el Sacromonte.
Sin embargo, ya he señalado anteriormente que en el año 2003 se unificaron los tres BIC existentes creando un único BIC, el del Conjunto Histórico de Granada formado por cuatro sectores, Albaicín, Sacromonte, Alhambra y Generalife y el propio Centro Histórico y como todos, menos el Sacromonte, tenían ya su propio Plan de Protección, el Decreto de creación del nuevo BIC, con sentido común, reconoció la pervivencia de esos Planes.
Es decir, un solo BIC, el Centro Histórico de Granada, con tres Planes Especiales de Protección; Alhambra y Generalife, del año 1989, Albaicín, del año 1991 y Área Centro, del año 2002.
La parte buena es saber que nuestro patrimonio está protegido desde el punto de vista urbanístico, la parte mala es constatar que los riesgos que se cernían sobre el Patrimonio en los años ochenta o noventa, no se parecen ni de lejos a los actuales.
En términos bélicos sería como enfrentarse a armas de última generación del siglo XXI con sistemas defensivos de unas fechas del siglo pasado en las que, por ejemplo, salieron al mercado los primeros teléfonos móviles.
Pondré tres ejemplos de nuevos riesgos dentro del Conjunto Histórico: la movilidad, la contaminación visual y los cambios de uso.
El primero repercute negativamente desde dos posibilidades contradictorias, el exceso o el defecto; la saturación de vehículos privados, por un lado, o la dificultad de acceso para la población residente a su barrio que acabaría por convertir su vida cotidiana en un infierno.
Imaginen el Gran Canal de Venecia lleno de cruceros turísticos y que un vecino no pueda llegar a su casa de Santa Croce en su pequeña lancha o en su vaporetto. Algo parecido pasa en el Albaicín o en el centro de Granada; exceso de tráfico, pero poca accesibilidad.
La Ley de Patrimonio, que ya se olía de qué iba el asunto, incorporó en su articulado que un Plan de Protección deberá incluir “Las determinaciones en materia de accesibilidad necesarias para la conservación de los valores protegidos”.
El problema está en que, al ser la Ley del año 2007 y los Planes anteriores a esa fecha, ese aspecto no se contempla en ninguno de ellos por lo que las actuaciones en materia de movilidad que se hacen en el Conjunto Histórico de Granada no solo no están refrendadas por la Ley de Patrimonio, sino que, además, en ningún momento ha habido voluntad de hacerlo por parte de las autoridades que han ido improvisando medidas que nunca han resuelto el doble problema planteado.
Al segundo peligro, el de la contaminación visual, la Ley le dedica un extenso artículo y también establece la obligación de recoger en el planeamiento medidas de control, pero, igualmente, los Planes son anteriores a la Ley por lo que no recogen estas medidas ni cumplen la Ley en este aspecto, aunque aquí es más grave y sí que está clara la dejación de funciones y la elusión de responsabilidades de las Administraciones implicadas. Una disposición de la Ley, la transitoria tercera, establece la obligación de los ayuntamientos, en un plazo de tres años, desde el año 2007, de elaborar un Plan de Descontaminación Visual.
En Granada, ni existe dicho plan ni se le espera y asistir al espectáculo de terrazas, sombrillas, publicidad, veladores, toldos, marquesinas,… degradando el Centro Histórico hasta la náusea, no es ciertamente un modelo de respeto al patrimonio de la ciudad por parte de las autoridades.
El tercer peligro, el más pernicioso quizás, tiene que ver con el cambio de uso de los inmuebles. Especialmente en un momento, todos lo sabemos, en que el alquiler vacacional por días, es una de las claves del modelo que caracteriza al turismo de masas granadino. El impacto de esa modificación del uso sobre el tejido social del centro histórico es brutal y no solo afecta a la supervivencia del vecindario, también de forma mortal a la trama comercial vinculada a ese tejido social. Si no hay pisos, no hay vecinos, si no hay vecinos, no hay mercados ni comercio y los centros históricos, simplemente, mueren.
También la Ley contempla este peligro y obliga a incluir en los Planes Urbanísticos de Protección “Las determinaciones para el mantenimiento de los usos tradicionales y las actividades económicas compatibles, proponiendo, en su caso, medidas de intervención para la revitalización del bien protegido.”
Y también promotores y agentes económicos han intentado por todos los medios, legales o ilegales, eludir esas obligaciones con la complicidad, en demasiadas ocasiones, de las autoridades. Si no se pueden poner pisos turísticos legales, se ponen ilegales y todos miramos para otro lado.
Solo atendiendo a estos tres aspectos que he enumerado, se hace evidente que, en la actualidad, la situación del Centro Histórico, desde el punto de vista de su protección patrimonial, atraviesa un momento delicado y la amenaza sobre ese patrimonio, desde luego, no es ficción como la del mollete de Antequera. Aquí si hay peligro de que el daño acabe por ser irreversible si no se acomete una renovación inmediata y urgente de los tres planes existentes.
Al parecer, el nuevo gobierno municipal ha diseñado una estrategia distinta, la de un nuevo Plan General en lugar de renovar los tres Planes Especiales y es cierto que la Ley contempla en su artículo 30.3 la posibilidad de que ese Plan General introduzca las medidas especiales de Protección, pero, también es cierto que, comprobada la eficacia municipal en los intentos anteriores, la empresa genera cierta desconfianza, cuando, además, no sólo habrá de asumir los contenidos de protección de los otros tres planes sino enfrentarse a situaciones patrimoniales nuevas como la Villa romana de los Mondragones, La azucarera de San Isidro, el Sacromonte y el valle del Darro, la villa romana de la calle Primavera, o el Campus de Cartuja, por poner algunos ejemplos.
Si no lo hace ni lo pretende, no habremos avanzado demasiado y nuestro Patrimonio Histórico estará irreversiblemente abocado a su pérdida.
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