El presidente de Vox en Granada fue condenado por estafa cuando dirigía una sucursal bancaria
La Audiencia Provincial condenó a Julio Vao a 2 años de cárcel por orquestar junto a dos empresarios un fraude de 4 millones de pesetas en la Caja de Ahorros.
El actual presidente del partido Vox en Granada, Julio Vao, fue condenado a dos años de cárcel en 2006 como autor de un delito continuado de estafa, cuando era director de una sucursal de la antigua entidad Caja de Ahorros de Granada. La Audiencia de Granada fue la encargada de juzgarlo, junto a otros dos empresarios que también resultaron privados de libertad.
El dirigente político, que se presenta en la web de Vox como "gerente de varias empresas médicas" y con "estudios superiores en Medicina y Cirugía (Universidad de Granada), con especialidad en Naturopatía", fue hasta 2001 empleado de la entidad de ahorros de Granada y, durante el tiempo en el que se produjeron los hechos juzgados (1998), era el director de la oficina de Churriana de la Vega.
En el caso por el que fue condenado, actuaba como acusación la Caja de Ahorros de Granada, además de la Fiscalía, que reclamaba para Vao una condena de 4 años de cárcel por dos delitos, estafa y falsedad en documento mercantil.
La Sección Segunda de la Audiencia de Granada donde se celebró el juicio determinó en su sentencia (a la que ha tenido acceso este periódico) que no había quedado suficientemente acreditado el delito de falsedad, porque no se pudo comprobar que las firmas no fueran auténticas, aunque el aparente negocio sí lo fuera. De ahí que fuese condenado sólo por el delito continuado de estafa a dos años de cárcel (sin antecedentes penales puede librarse de entrar en prisión), al mismo tiempo de inhabilitación para el sufragio pasivo, a un multa de 2.260 euros, y a una condena civil solidaria con el resto de condenados de 4 millones de las antiguas pesetas, que debían abonar a la entidad defraudada.
Según los hechos que la sentencia declara probados, Julio Vao, en su papel de director de la oficina bancaria, se habría aliado con otros dos empresarios, especialmente con uno, al que los testigos consideraban su "amigo íntimo", para urdir una trama de endoso de letras que produjo un agujero a la entidad de 4 millones de pesetas (24.000 euros actuales).
El objetivo de esas operaciones que se firmaron en la sucursal dirigida por Julio Vao era la obtención de la entidad de una serie de cantidades de dinero que luego se repartían entre los acusados, según la acusación de la Fiscalía. La sentencia concluye que "los tres acusados, con conocimiento y consentimiento mutuo, puestos de acuerdo y conocedores de poder obtener un ilícito enriquecimiento, pusieron en circulación tres letras de cambio", que a juicio de los magistrados "carecían del negocio causal".
Estas operaciones se repitieron en varias ocasiones y para poder llevarlas a cabo utilizaban a personas que necesitaban cobrar deudas de los acusados. Es el caso de uno de los testigos, que era pintor y en aquellos días estaba trabajando en la casa de Julio Vao mandado por el empresario. Explicó en el juicio que el gerente de la empresa le explicó que tendría que firmar unos "papeles en blanco" en la oficina bancaria de su "amigo" para poder cobrar sus servicios, porque era la forma de que el acusado pudiera cobrar una letra de un millón de pesetas que tenía.
Según se expone en la sentencia este testigo explicó que el empresario y el director de la oficina de la Caja eran "amigos", porque así se lo manifestaron y porque él lo observó cuando estaban juntos. Y tanto era así, que según esta declaración, aquel gerente de la empresa que firmaba las letras "se sentaba a escribir en los ordenadores de la Caja" y "hasta lo vio entrar a la caja fuerte" con el director.
Hay otro testigo que también participó en la firma de esos documentos porque también le dijeron que era el modo en que podría cobrar la venta de un coche al empresario, una operación que se hizo a través del propio Julio Vao como intermediario. Este declarante explicó que después de todo ni siquiera llegó a cobrar, aunque luego pudo recuperar el coche.
La defensa de Vao expuso como principal argumento que él no se había quedado con cantidad alguna, pero los magistrados rechazan esta hipótesis porque "de lo actuado no cabe duda de que la intervención del director fue esencial para el descuento de las cambiales, pero aunque no fuese él el que personalmente se apropiara de parte de las cantidades obtenidas, esto no es obstáculo para que pueda calificarse su actuación como coautora, máxime cuando en la estafa, no es necesario un lucro propio, sino que basta que sea para beneficiar a otra persona".
El empresario "amigo íntimo" de Vao ya había sido condenado antes de aquellos hechos por otras actuaciones que fueron calificadas como delitos de estafa y falsedad. Por estos antecedentes, en su caso, la Audiencia consideró una agravante e incrementó la condena a 4 años de prisión. En el caso del tercer acusado, empresario y cliente de la entidad que habría cobrado las primeras letras (para las otras utilizaron al pintor), la Sala lo condena a un año de cárcel por estafa (pero no continuada, como los dos anteriores).
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