El primer caso de eutanasia de Andalucía se lleva a cabo en Granada

Sanidad

Una residente en la provincia es la primera persona que ejerce este derecho en la comunidad autónoma

El pasado 13 de enero recibió la llamada "muerte digna" en su domicilio

Personal sanitario coge las manos de un enfermo en la camilla de un hospital.
Personal sanitario coge las manos de un enfermo en la camilla de un hospital. / D. S.
Noelia Gómez Mira

19 de enero 2022 - 14:48

Granada/Una mujer residente en Granada ha sido la primera en solicitar y conseguir ejercer el derecho a la eutanasia en Andalucía. La paciente, que recibió la llamada "muerte digna" el pasado jueves 13 de enero, padecía de una grave y extendida patología sin cura, lo cual hizo que, una vez que el pasado verano se aprobara la implantación de este derecho en la comunidad autónoma, iniciara los trámites para ello, tal y como ha podido confirmar Granada Hoy.

Catherine -nombre ficticio de esta mujer- tenía 63 años y desde hacía un lustro padecía párkinson, una enfermedad degenerativa que cada vez iba a más. Desde hacía tiempo, Catherine precisaba de la ayuda permanente de una persona las 24 horas del día. Pese a que mentalmente ella mantenía plenas facultades, le cada vez le era más duro hablar y no podía valerse por sí misma desde hacía tiempo.

Este mujer, de origen francés pero residente en la localidad de Dúrcal, tenía claro que quería ejercer este derecho. Sin embargo, aún no era ley. Tras dos décadas de arduo debate (social y legislativo) que parecía no tener fin, la ley que regula la prestación de ayuda para morir entró en vigor el pasado mes de junio de 2021, tras su aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados el 25 de marzo.

La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) contempla el derecho a la eutanasia para aquella persona que sufra un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o padezca una enfermedad grave e incurable, en ambos casos causantes de un sufrimiento físico o psíquico constante e insoportable. España es el sexto país en el mundo que la regula.

La prestación de ayuda para morir comienza con una primera petición del enfermo por escrito al facultativo responsable, que, normalmente, es un médico de familia. El médico debe hablar con el paciente sobre las alternativas terapéuticas y explicarle la posibilidad de cuidados paliativos. La Ley exige una segunda solicitud con al menos 15 días de diferencia respecto a la primera. Si la persona mantiene su decisión, el profesional debe consultar con un segundo facultativo o médico consultor -suele ser un especialista- que también debe entrevistarse con el paciente.

En caso de que ambos profesionales coincidan en que la solicitud de eutanasia se ajusta a la Ley, estos deben remitir un informe a la Comisión de Garantías y Evaluación, un órgano clave creado para valorar la solicitud y los informes. Esta Comisión evalúa el caso y si su resolución es favorable, se lo comunica al médico responsable para que se proceda la eutanasia en el momento que lo decida la persona que lo solicitó.

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