Una sentencia condena a la Delegación de Educación en Granada a pagar las cuotas de la Seguridad Social de 125 auxiliares de conversación

Educación

La juez del Juzgado de lo Social número 4 de Granada da la razón a la Tesorería General de la Seguridad Social en una sentencia que puede ser recurrida

Se determina que hay una relación laboral, lo que supone que los auxiliares puedan reclamar diferencias salariales, vacaciones o que su cese se considere despido colectivo

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Recibimiento a un grupo de auxiliares de conversación en el Espacio V Centenario, en una imagen de archivo.
Recibimiento a un grupo de auxiliares de conversación en el Espacio V Centenario, en una imagen de archivo. / R. G.
A. A.

27 de junio 2024 - 07:32

La juez del Jugado de lo Social número 4 de Granada ha dado la razón a la Tesorería General de la Seguridad Social en la demanda interpuesta contra la Delegación territorial de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. En la sentencia la magistrada declara que la relación entre la Delegación y 125 auxiliares de conversación que estuvieron en centros educativos de la provincia durante tres cursos escolares "es de carácter laboral".

Esta sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), implica que la Delegación de la Consejería de Desarrollo Educativo deberá abonar las cuotas de la Seguridad Social de los auxiliares de conversación que desempeñaron "una actividad laboral" durante los cursos 2018/2019, 2019/2020 y 2020/2021. La Inspección Provincial de Trabajo extendió acta de liquidación de cuotas por un importe total de la deuda de 438.816 euros.

Además del abono de esa cantidad, la sentencia abre la puerta a que los auxiliares de conversación de Granada y de otras provincias puedan reclamar las diferencias salariales, su derecho a vacaciones, a que el cese se pueda considerar un despido colectivo y a la adquisición de la condición de indefinido-no fijo. El caso ha sido llevado por el despacho Folgoso Abogados.

La Tesorería General de la Seguridad Social inició el procedimiento judicial para aclarar la existencia de una posible relación laboral entre los auxiliares de conversación y la Junta. Estos auxiliares, todos ellos nativos de otros países, eran beneficiaros de un pago de 700 euros (ahora 800) por asistir durante doce horas semanales (este curso 14) a centros educativos y participar en las clases en su lengua materna -alemán, francés, inglés y portugués- con el objetivo de que el alumnado de Infantil, Primaria, Secundaria, FP y Escuelas Oficiales de Idiomas mejorara sus competencias en un segundo idioma.

Se trata de un programa dependiente del Ministerio de Educación y de las comunidades autónomas que en Andalucía la Consejería costea con una ayuda de manutención y alojamiento de 700 euros mensuales durante el periodo que va del 1 de octubre al 31 de mayo, además de suscribir una póliza de seguro para aquellos auxiliares que no tuvieran tarjeta sanitaria europea.

Una de las auxiliares, representada por el abogado Antonio Folgoso Olmo, denunció ante la Inspección de Trabajo en 2021 su situación y la Inspección instó a su alta de oficio. La interesada solicitó ante el juzgado el pago de las diferencias retributivas entre lo que percibía y el salario del personal laboral de la Junta que desempeña la misma tarea. La Consejería fue condenada entonces por el magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Granada al pago de 2.110 euros más los intereses por mora. Aquella sentencia señalaba que los auxiliares "normalmente no actúan como meros ayudantes" sino que "dirigen las clases". Además, considera como "fundamental" para probar la relación laboral que "no reciben ningún tipo de formación".

La Inspección de Trabajo recabó información de todos los auxiliares de conversación en la provincia del curso 2020/2021 para determinar la existencia de una "posible relación laboral". Se les citó y entrevistó de forma personalizada y "se llegó a la conclusión de que la vinculación de aquellos auxiliares con la Administración era constitutiva de una auténtica relación laboral". Por ello la Tesorería General de la Seguridad Social se interesó por el alta de oficio en el Régimen General de los participantes en el programa de auxiliares de tres cursos escolares, desde octubre de 2018 a mayo de 2021.

La sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Granada recoge que la Delegación de Educación alegó que el pago de 700 euros (ahora 800) era una ·subvención" para "facilitar la formación en el conocimiento de la lengua y en la cultura españolas, así como en el sistema educativo en Andalucía" y que estos auxiliares no realizaban "funciones propias de profesores".

La juez, que parte de que las actas de la Inspección de Trabajo están "dotadas de presunción de certeza", concluye que la actividad de estos auxiliares sí es "laboral", se desarrolla "bajo la supervisión y bajo las órdenes de la dirección del centro educativo". Se controlaba la asistencia, puntualidad y permisos, y los auxiliares hacían actividades para que los alumnos aprendieran la lengua extranjera "obligándoles a comunicarse en su lengua nativa" e "incluso impartiendo las clases solos". Por ello, apostilla que "no estamos ante una subvención o beca para que el auxiliar de conversación adquiera el conocimiento de la lengua y cultura española, sino que el objetivo principal de su actividad es conseguir que el alumnado de los centros educativos adquieran un mayor conocimiento de la lengua extranjera".

Sobre la impartición de docencia en sustitución del profesorado se señala además que los auxiliares dieron clase en esos casos "sin ostentar los requisitos oportunos, al amparo de una normativa contraria a una Ley Orgánica". Además, desde el centro educativo se fijaban los días y horas de prestación de servicios o la forma de pedir permisos.

El pasado curso 2023/2024 se contó con un total de 1.843 auxiliares de conversación nativos en la red de centros públicos bilingües de Andalucía, Escuelas Oficiales de Idiomas, centros que participan en el Programa José Saramago y centros que imparten el Diploma del Bachillerato Internacional.  Estas personas procedían de Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Filipinas, Noruega, Suiza, Marruecos, India, Singapur, Tonga, Vanuatu, Fiyi, Islas Salomón, China, Brasil, Túnez y Países Bajos, además de países de la Unión Europea.

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