El nuevo plan de expansión urbanística en El Serrallo obliga a aclarar el límite entre Granada y Huétor Vega
La cartografía oficial de la Junta está equivocada y hay que hacer un deslinde, algo que ocurre en todo el término municipal de Granada
El Ayuntamiento de Granada da el primer paso para la construcción de mil nuevas viviendas en el Serrallo
Granada/El Ayuntamiento de Granada ha iniciado los trámites urbanísticos para delimitar la nueva Actuación de Transformación Urbanística (ATU) de la ciudad en El Serrallo y poder así ejecutar una nueva urbanización donde ganar casi 1.000 viviendas dentro de los planes de la capital para construir más y sumar población. El Ayuntamiento informó la semana pasada de los detalles urbanísticos de esta intervención, aprobada ya en Junta de Gobierno Local. Pero revisando el expediente, este cambio urbanístico incluye una curiosidad: la delimitación del propio término municipal y su límite con Huétor Vega.
La delimitación de la nueva ATU, en el sector SUNS-2 del PGOU de Granada (conocido como Casería de Santo Domingo), iniciada en octubre de 2023, incluía un informe de diciembre de ese mismo año en el que los servicios técnicos observan que en el ámbito de la ATU de nueva actuación que se quiere delimitar "el límite del término municipal grafiado en ella no coincide con el establecido en la cartografía oficial de la Junta de Andalucía" y sí con la cartografía vigente del PGOU. Esa disparidad obligó a realizar consultas a la Dirección General de Administración Local sobre la necesidad de "clarificar los límites perimetrales de los términos municipales de Huétor Vega y Granada y su reflejo en la cartografía oficial de la Junta de Andalucía". Es decir, que comprobado el área de delimitación, la cartografía del PGOU y la de la Junta tenían diferencias sobre el límite de Granada con Huétor Vega.
Según ha aclarado Agustín Belda, director general de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada, se han dado cuenta que es algo que ocurre en todo el término municipal. La cartografía oficial es la de la Junta de Andalucía, que está hecha hace tiempo con los medios de hace tiempo "y que oscila entre 1 y 5 metros de lo real". "Nosotros todo el término municipal lo tenemos claro desde hace 500 años, está delimitado con mojones y con hitos, pero la cartografía de la Junta tiene desfases", asegura. Con todo, es la oficial, por lo que hay que hacer un trámite de deslinde y apeo para que se corrija el documento autonómico. Algo que pasa con todos los límites de la ciudad, según se dieron cuenta con la redacciónn del nuevo PGOM. "El Ayuntamiento de Huétor y el de Granada lo tenemos claro que los buenos son los que vienen reflejados en el PGOU y en la ATU, nosotros tenemos la línea clara y tendremos que ir modificando la cartografía de la Junta" poco a poco.
Se explica en el expediente que esta línea límite entre los dos términos municipales fue definida mediante acta de deslinde el 5 de septiembre de 1893 y acta adicional de octubre de 1999, "por lo que se puede considerar que la línea es definitiva y que procede su replanteo". Se consultó de hecho expresamente sobre la posibilidad de tramitar simultáneamente el procedimiento de replanteo y el de delimitación de la nueva área de transformación urbanística.
Se contestó al Ayuntamiento el 2 de julio de 2024 indicando que "a efectos de materializar una proyección urbanística, debe considerarse que la línea Granada-Huétor Vega es definitiva, de modo que, aunque aún no se encuentra replanteada, el respeto a las refrencias cartográficas de la línea siempre será una garantía para evitar la invasión de un término municipal ajeno", señalando que ninguna norma impide la tramitación simultánea de los dos procedimientos.
Por eso se han realizado los trabajos técnicos necesarios para iniciar el expediente de deslinde y la tramitación simultánea con la ATU, por lo que se ha solicitado ya a la Secretaría General de Administración Local de la Junta de Andalucía el inicio del procedimiento de deslinde de la línea entre los términos de Granada y Huétor Vega, línea que es definitiva.
Los terrenos de la nueva ATU están incluido en el área de reserva del PGOU del 2000, que con la adaptación a la LOUA pasan a ser cclasificados como suelo urbanizable no sectorizado y que con la innovación-modificación del PGOU de 2012 se denomina suelo urbanizable no sectorizado SUNS-2. Esa innovación establecía un uso incompatible industrial y la integración con la ordenación estructural existente. Según se ha anunciado por el Ayuntamiento y el área de Urbanismo, se prevé la construcción de 966 viviendas, además de zonas verdes, dotaciones y equipamiento. De las casi mil viviendas, se reservará un 30% para VPO. El 10% de cesión de aprovechamiento al Ayuntamiento se destinará también a vivienda protegida. Además, contará con 50.000 metros cuadrados de zonas verdes y casi 14.000 para equipamientos.
Ahora se inicia por tanto la tramitación del procedimiento para aprobar la propuesta de delimitción de la ATU y el prodecimiento de replanteo de los límites de los términos municipales.
Una actuación compleja
El suelo delimitado como SUNS-2 por el planeamiento vigente y que se pretende transformar en suelo urbano, al amparo de la Ley LISTA, mediante una Actuación de Transformación Urbanística, ha tenido una larga andadura a través del planeamiento sucesivo y de las distintas propuestas de los propietarios y de iniciativas externas a ellos. En el que puede considerarse como la primera figura de planeamiento, el Plan de Alineaciones de 1951, y en el posterior planeamiento de ámbito comarcal de 1973, no se establecían determinaciones sobre este ámbito. Con el siguiente PGOU de Granada, de 1985, que sí tenía un carácter más expansivo orientando el crecimiento hacia el Noreste de la ciudad a fin de salvaguardar la Vega, y en el que se incluía este ámbito, los propietarios mayoritarios del suelo confían a sus asesores jurídicos y técnicos el asunto para sacar a la finca de una situación tan ajena a su vocación urbana. Tras la aprobación del Plan vigente del 2001, en el que este ámbito ya se clasifica como Área de Reserva (ART-4), se suceden las gestiones ante el Ayuntamiento, mientras concurren simultáneamente un expediente de expropiación forzosa, en el año 2005, y la tramitación de un Plan Parcial por parte de la propiedad. Posteriormente, con el documento de Adaptación parcial a la LOUA del 2009, se identifican las áreas de reserva con la categoría de Suelo Urbanizable No Sectorizado, si bien no es hasta la aprobación de la Innovación-Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de 2012 cuando este ámbito pasa a clasificarse como “Suelo Urbanizable No Sectorizado SUNS-2", permitiendo su desarrollo mediante un sistema de ejecución privado.
Así, en la memoria del proyecto se reconoce que "la aprobación de la LISTA y su Reglamento General, además de la circunstancia de que la mayoría de los propietarios se han constituido en Comisión Gestora del ámbito para impulsar la iniciativa de su desarrollo, hacen de este momento el escenario propicio para plantear una Propuesta de Delimitación del sector para Actuación de Transformación Urbanística y generar un modelo de ciudad sostenible acorde con la naturaleza, posición y morfología de estos terrenos".
De hecho, se matiza que el objeto "no es la puesta en carga de un suelo periférico de la ciudad, sino que constituye la oportunidad de ordenar el punto de encuentro de la conurbación de Granada con Huétor Vega y mejorar la calidad, tanto del espacio en sí, como de las dotaciones y de las comunicaciones a nivel territorial por la propia posición limítrofe del suelo", alineándose con la visión territorial por la que aboga y apuesta el POTA.
Este desarrollo supondrá una nueva carga en los flujos de tráfico que soporta la actual infraestructura viaria de esta zona, a la que va a dar continuidad: el área residencial junto al Camino de Caicena y la zona residencial junto a la carretera GR 3202 (Camino Bajo de Huétor Vega). Se potenciarán recorridos peatonales y ciclistas.
El ámbito tiene una superficie de 14,89 Hectáreas. Solo los costes de urbanización se han estimado en unos 19 millones de euros para los propietarios promotores (titulares de más del 50% del suelo) constituidos ahora en comisión gestora pero que después darán el paso a Junta de Compensación.
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