La Universidad de Granada solicita anular la concesión de tres títulos de graduado a sendos estudiantes por errores en las notas
En uno de los casos el alumno no presentó su TFG pero se le dio un notable y en otros dos se comunicó que los trabajos finales estaban aprobados cuando en realidad la calificación era de suspenso
Dos sentencias judiciales dirimen el reparto de materias en un departamento de la UGR donde se investiga un presunto caso de nepotismo

El Consejo Consultivo de Andalucía, organismo con sede en Granada, ha dictaminado a favor de anular la concesión de un título de graduado por la Universidad de Granada a un estudiante matriculado en esta institución. En otros dos casos determina que debe iniciarse el procedimiento para declarar nulos sendos aprobados, lo que conllevará que también se retiren otros tantos títulos de graduados ya concedidos.
En uno de los casos se dictamina por parte del Consultivo favorablemente la propuesta de resolución en el procedimiento de revisión de oficio realizado por la UGR por el que se declara la nulidad del certificado de abono del título de graduado en Turismo.
El estudiante no presentó su trabajo de fin de grado (TFG), obligatorio para titular, en la convocatoria ordinaria del segundo semestre del curso 2023/2024. Sin embargo, la coordinadora del grado de Turismo firmó el 3 de julio de 2024 el acta de la convocatoria ordinaria donde el estudiante en cuestión obtuvo una nota de notable en el TFG.
La profesora, según recoge el dictamen del Consultivo, reconoció un "error de transcripción por mi parte", de tal manera que intercambió las notas de dos estudiantes. Así, pese a no presentar el trabajo final, el estudiante obtuvo un 8,5.
Un día después de publicarse el acta con el notable, el 4 de julio, el estudiante cerró su expediente y abonó los derechos de expedición del título. El 5 de julio se le expidió el certificado de abono y el 8 de ese mismo mes el estudiante defendió su trabajo de fin de grado en la convocatoria extraordinaria ante su tutora, que a través de un correo le comunicó que había sacado un 6,4.
El 16 de julio se formalizó la diligencia de acta de la convocatoria ordinaria -aquella en la que había habido un error con las notas- y el estudiante figuró como no presentado. Dos días después, se realiza el mismo acto administrativo de formalización de diligencia de acta, pero de la convocatoria extraordinaria, esta vez con la nota de 6,4. Según el informe remitido al Consejo Consultivo y que éste reproduce en su dictamen, en el acta de la convocatoria extraordinaria el estudiante no podía aparecer "al tener su expediente cerrado desde que lo confirmó el 5 de julio y abonó sus derechos".
"En definitiva, el interesado concluyó sus estudios el 8 de julio de 2024 mientras que el certificado de abono del título de graduado en Turismo se expidió el 5 de julio de ese mismo año", recoge el dictamen, que apunta que "no puede cuestionarse" que el acto que la UGR pretende anular permitió al estudiante conseguir su título universitario, pese a carecer "de los requisitos esenciales para su adquisición". Por ello "concurre la causa de nulidad", y el abono de las tasas para tener el título "ha de ser declarado nulo".
De aprobado a suspenso
En el segundo caso abordado por el Consejo Consultivo de Andalucía, se dictamina en otro sentido. Se solicitó la nulidad de la expedición del título de graduada en Enfermería ya que "la interesada no había concluido sus estudios en la fecha en que se expidió el resguardo" de dicho título. En este caso la estudiante presentó su trabajo final en 27 de mayo de 2024. El 30 de ese mes se le comunicó que había conseguido un notable, pese a que en realidad la calificación provisional era un suspenso.
"No encontramos, a juicio de este Consejo, ante un error material" por lo que "se ha producido indefensión a la interesada que nada pudo alegar en relación con el cambio de su calificación y tampoco pudo presentarse a la convocatoria extraordinaria, ya que desconocía que su calificación fuera la de suspenso", arguye el dictamen.
"No procede la declaración de nulidad del resguardo del título de graduada", porque en el expediente aparecía que había superado todas las materias, "por lo que no carecía en aquel momento de los requisitos esenciales" para ser graduada.
Por ello, el Consultivo determina que debe iniciarse el procedimiento de revisión de oficio o declaración de lesividad para declarar nulo el notable, lo que conllevará a su vez la nulidad de la concesión del título universitario. Mientras dure este proceso como medida cautelar "debe suspenderse" la expedición del título.
En el tercer caso, que afecta a otro estudiante de Enfermería, éste presentó su trabajo de fin de grado el 30 de mayo de 2024. El 17 de junio se le indicó "formalmente" que estaba aprobado. Sin embargo, hubo un error. En realidad la nota era suspenso.
La coordinadora no se percató del fallo "hasta después de entregar el acta con las calificaciones definitivas del TFG en la sede electrónica el 26 de junio".
Como al estudiante se le informó de que había aprobado, éste no pidió "como es lógico", señala el dictamen, la revisión de la calificación y pidió la expedición del título y el abono de las correspondientes tasas. Sin embargo, el 11 de julio, se cambió la nota en el acta. El estudiante pasó así de estar aprobado a suspenso.
Como en el anterior caso, se determina por parte del Consejo Consultivo que se ha "producido indefensión al interesado" que nada pudo hacer porque se le comunicó que estaba aprobado. "Desconocía que su calificación fuera la de suspenso". Por ello, "no procede la declaración de nulidad del certificado de reguardo del título" universitario y debe iniciarse procedimiento de revisión de oficio o declaración de lesividad para declarar la nulidad de la calificación de aprobado que se dio en su momento. Esto conducirá a declarar nulo los actos administrativos posteriores, esto es, la expedición del título.
También te puede interesar