Anulan por falta de motivación un fallo del TSJA que ordenó compensar un accidente laboral

Este fallo responde al recurso interpuesto por una unión de empresas a la que un trabajador reclamó una indemnización tras quedar incapacitado por un accidente laboral

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Una grúa actúa en un accidente en Granada en una imagen de archivo. / Miguel Ángel Molina / Efe

El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por falta de motivación en el fallo y ha ordenado revisar de nuevo el recurso del empleado de una empresa de grúas que pidió una indemnización tras quedar incapacitado durante un accidente laboral.

La sentencia de la Sala de lo Social del Supremo, a la que ha tenido acceso EFE, ha anulado la dictada por el TSJA y ha acordado devolver las actuaciones al inicio para que el alto tribunal vuelva a analizar el caso.

Este fallo responde al recurso interpuesto por una unión de empresas a la que un trabajador reclamó una indemnización tras quedar incapacitado por un accidente laboral.

Los hechos pasaron hace casi una década, en diciembre de 2014, cuando un empleado de una empresa de grúas fue activado para asistir a un vehículo accidentado en Granada.

Tras llevar ese vehículo a un taller, el trabajador fue a llevar a los ocupantes del coche siniestrado a su casa, momento en el que explotó una rueda de repuesto situada detrás del asiento del conductor, lo que provocó un accidente, de causa desconocida según las periciales.

El trabajador fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta por sufrir desde el accidente lesiones en los miembros superiores y en la pierna izquierda, daños en la columna, limitación en la movilidad de los hombros y otros problemas de salud.

La empresa de grúas, en concurso de acreedores y comprada por una nueva firma, tenía concertada una póliza de responsabilidad civil que indemnizó al trabajador con 14.700 euros, además de los 31.500 que recibió de un seguro de vida.

El trabajador denunció los hechos ante el Juzgado de lo Social 1 de Granada, que absolvió de cualquier responsabilidad a la empresa de grúas, a la que la compró y a las aseguradoras implicadas.

El hombre presentó entonces un recurso ante el TSJA, que decretó que sí existe responsabilidad empresarial en los daños sufridos durante el accidente laboral y acordó devolver la causa al Juzgado de lo Social 1 para que fijase la cuantía de una indemnización.

Esta decisión también fue recurrida, en esta ocasión por dos de las empresas implicadas en el proceso, que alegaron la falta de motivación del fallo dictado por el TSJA.

El Supremo, en consonancia con la posición de la Fiscalía, ha revisado la causa y ha admitido la falta de motivación denunciada por las empresas.

En esta última sentencia, el TS ha recordado que la motivación de las sentencias se enmarca en el derecho a la tutela efectiva, está recogido en la Constitución y es una exigencia que permite el control de las decisiones judiciales.

Con este argumento, ha decretado la nulidad de las actuaciones y las ha devuelto al TSJA para que dicte una nueva resolución, lo que vuelve a posponer la opción de ser indemnizado del trabajador.

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